Autoridades y personal. . (2024/192-42)
Resolución de 13 de septiembre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de promoción interna del Cuerpo Docente de Catedráticas y Catedráticos de Universidad.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 192 - Miércoles, 2 de octubre de 2024
página 51372/3
4. Admisión de personas aspirantes.
4.1. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, y en un plazo máximo de
quince días hábiles, el Rector dictará resolución declarando aprobada la lista provisional
de las personas admitidas y excluidas al concurso de acceso. Dicha resolución, junto con
la lista completa de personas admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión, se
publicará en la página web del Área de Personal de la Universidad de Cádiz.
4.2. Contra dicha resolución, se podrá presentar reclamación ante el Rector, en el
plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la citada
Resolución para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión, incluyendo no haber
firmado y presentado a través del procedimiento habilitado al efecto y dentro del plazo de
presentación establecido, así como para alegar la omisión de la relación de personas
admitidas y excluidas. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión
o aleguen la omisión, justificando el derecho a su inclusión en la relación de personas
admitidas, serán definitivamente excluidas de la realización del proceso selectivo.
4.3. Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el rector dictará
Resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, que se
publicará en la forma anteriormente establecida.
4.4. Contra esta resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, alternativamente, recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes, sin
que en este último caso pueda interponerse recurso contencioso-administrativo hasta su
resolución expresa o presunta de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y
124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308321
documentos requeridos y méritos a valorar en la fase de concurso, la solicitud deberá ser
firmada electrónicamente.
Posteriormente, se deberá pulsar el botón de «Presentar», obteniéndose entonces
un recibo en el que figurará el código de registro, fecha y hora de presentación. La
obtención de dicho recibo será documento justificativo de la presentación de la solicitud
por el interesado, por lo que éste no podrá entender que ha concluido los trámites de
presentación de la solicitud si no ha finalizado los mismos con la obtención del citado
recibo.
Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, éste será de uso
obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario en el
tiempo y en la forma descrita o la falta de firma del formulario supondrá la inadmisión de
la persona aspirante.
3.3. A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
3.3.1. Copia del documento nacional de identidad para quien posea la nacionalidad
española. En caso de no poseer la nacionalidad española y tener derecho a participar, se
deberá presentar fotocopia del documento que acredite la nacionalidad y, en su caso, los
documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar
a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán
presentar declaración jurada o promesa de que no está separado/a de derecho de su cónyuge
y, en su caso, del hecho de que el/la aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.3.2. Copia de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos
específicos señalados en la base segunda de esta convocatoria.
3.4. La acreditación de las condiciones generales exigidas por la legislación vigente
para el acceso a la Función Pública se realizará por quienes hayan obtenido plaza, antes
de su nombramiento.
3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a instancia de la persona interesada.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 192 - Miércoles, 2 de octubre de 2024
página 51372/3
4. Admisión de personas aspirantes.
4.1. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, y en un plazo máximo de
quince días hábiles, el Rector dictará resolución declarando aprobada la lista provisional
de las personas admitidas y excluidas al concurso de acceso. Dicha resolución, junto con
la lista completa de personas admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión, se
publicará en la página web del Área de Personal de la Universidad de Cádiz.
4.2. Contra dicha resolución, se podrá presentar reclamación ante el Rector, en el
plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la citada
Resolución para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión, incluyendo no haber
firmado y presentado a través del procedimiento habilitado al efecto y dentro del plazo de
presentación establecido, así como para alegar la omisión de la relación de personas
admitidas y excluidas. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión
o aleguen la omisión, justificando el derecho a su inclusión en la relación de personas
admitidas, serán definitivamente excluidas de la realización del proceso selectivo.
4.3. Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el rector dictará
Resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, que se
publicará en la forma anteriormente establecida.
4.4. Contra esta resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, alternativamente, recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes, sin
que en este último caso pueda interponerse recurso contencioso-administrativo hasta su
resolución expresa o presunta de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y
124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308321
documentos requeridos y méritos a valorar en la fase de concurso, la solicitud deberá ser
firmada electrónicamente.
Posteriormente, se deberá pulsar el botón de «Presentar», obteniéndose entonces
un recibo en el que figurará el código de registro, fecha y hora de presentación. La
obtención de dicho recibo será documento justificativo de la presentación de la solicitud
por el interesado, por lo que éste no podrá entender que ha concluido los trámites de
presentación de la solicitud si no ha finalizado los mismos con la obtención del citado
recibo.
Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, éste será de uso
obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario en el
tiempo y en la forma descrita o la falta de firma del formulario supondrá la inadmisión de
la persona aspirante.
3.3. A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
3.3.1. Copia del documento nacional de identidad para quien posea la nacionalidad
española. En caso de no poseer la nacionalidad española y tener derecho a participar, se
deberá presentar fotocopia del documento que acredite la nacionalidad y, en su caso, los
documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar
a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán
presentar declaración jurada o promesa de que no está separado/a de derecho de su cónyuge
y, en su caso, del hecho de que el/la aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.3.2. Copia de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos
específicos señalados en la base segunda de esta convocatoria.
3.4. La acreditación de las condiciones generales exigidas por la legislación vigente
para el acceso a la Función Pública se realizará por quienes hayan obtenido plaza, antes
de su nombramiento.
3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a instancia de la persona interesada.