3. Otras disposiciones. . (2024/191-43)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se declara la prescripción de reconocimiento y liquidación de compromisos de gasto derivados del expediente de subvención tramitados al amparo de la Orden de 10 de julio de 2002, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la prevención y lucha contra los incendios forestales previstas en el Decreto 280/2001, de 26 de diciembre (BOJA núm. 91, de 3.8.2002) (convocatoria 2003).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 191 - Martes, 1 de octubre de 2024
página 51281/2
Tercero. Por tanto, debemos considerar que los compromisos relacionados en el
Anexo I que acompaña a la presente resolución, se encuentran incardinados en el citado
artículo 30, estando por consiguiente prescritos a fecha actual dado que, de los archivos
obrantes en la Consejería, no se conoce documentación adicional ni reclamaciones de
ningún tipo presentadas por los terceros acreedores, que pudieran haber interrumpido
la prescripción, debiendo por consiguiente, declarar la prescripción del reconocimiento
y liquidación de las obligaciones derivadas de los compromisos de gasto detallados en
el Anexo I, y el archivo de los expedientes de subvención tramitados al amparo la Orden
de 10 de julio de 2002 (convocatoria 2003), por el transcurso del plazo establecido en el
artículo 30 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía.
Cuarto. La prescripción extintiva de las obligaciones se produce por el mero
transcurso del tiempo, debiendo la administración declarar esta situación de oficio, previa
tramitación del oportuno expediente y dando trámite de audiencia a los acreedores para
que puedan aportar las alegaciones que consideren oportunas.
Quinto. Las obligaciones que se encuentren prescritas, serán baja en la contabilidad
oficial de la Junta de Andalucía.
Sexto. El 2 de mayo de 2024 se acordó en inicio del procedimiento para la declaración
de la prescripción del derecho al reconocimiento y liquidación de las obligaciones
derivadas de los compromisos de gasto detallados en el Anexo I, otorgándole a los
interesados un plazo de alegaciones de diez días hábiles.
Séptimo. En virtud de lo dispuesto en los artículos 44, 45.1 y 46 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
no habiendo siendo posible efectuar la notificación por los demás medios previstos en la
citada ley, el 15 de mayo de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
acuerdo de 2 de mayo, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad de
notificación en el presente procedimiento administrativo (BOJA núm. 93), otorgándole
a los interesados un plazo de diez días hábiles para efectuar alegaciones desde el día
siguiente a la citada publicación.
Octavo. Los interesados no ha presentado ni alegaciones ni documentación alguna
en el plazo de diez días hábiles concedido al efecto.
A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes
Primero. En virtud del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio (BOJA
extraordinario núm. 25, de 26 de julio de 2022), sobre reestructuración de Consejerías,
modificado por el Decreto 13/2022, de 8 de agosto (BOJA extraordinario núm. 27, de 8 de
agosto de 2022), modificado por el Decreto del Presidente 4/2023, de 11 de abril (BOJA
extraordinario núm. 9, de 11 de abril de 2023), y modificado por el Decreto del Presidente
6/2024, de 29 de julio (BOJA extraordinario núm. 10, de 30 de julio de 2024), dispone en su
artículo 1 la organización de la Junta de Andalucía en diversas Consejerías, incluyéndose
dentro de las mismas la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, mientras que
en su artículo 12, modificado por el artículo único apartado ocho del Decreto 13/2022,
de 8 de agosto, por el artículo único apartado cuatro del Decreto 4/2023, de 11 de abril,
y por el artículo 9 del Decreto 6/2024, de 29 de julio, queda recogido que corresponden
a la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente las competencias que actualmente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308230
FUNDAMENTOS DE DERECHO
BOJA
Número 191 - Martes, 1 de octubre de 2024
página 51281/2
Tercero. Por tanto, debemos considerar que los compromisos relacionados en el
Anexo I que acompaña a la presente resolución, se encuentran incardinados en el citado
artículo 30, estando por consiguiente prescritos a fecha actual dado que, de los archivos
obrantes en la Consejería, no se conoce documentación adicional ni reclamaciones de
ningún tipo presentadas por los terceros acreedores, que pudieran haber interrumpido
la prescripción, debiendo por consiguiente, declarar la prescripción del reconocimiento
y liquidación de las obligaciones derivadas de los compromisos de gasto detallados en
el Anexo I, y el archivo de los expedientes de subvención tramitados al amparo la Orden
de 10 de julio de 2002 (convocatoria 2003), por el transcurso del plazo establecido en el
artículo 30 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía.
Cuarto. La prescripción extintiva de las obligaciones se produce por el mero
transcurso del tiempo, debiendo la administración declarar esta situación de oficio, previa
tramitación del oportuno expediente y dando trámite de audiencia a los acreedores para
que puedan aportar las alegaciones que consideren oportunas.
Quinto. Las obligaciones que se encuentren prescritas, serán baja en la contabilidad
oficial de la Junta de Andalucía.
Sexto. El 2 de mayo de 2024 se acordó en inicio del procedimiento para la declaración
de la prescripción del derecho al reconocimiento y liquidación de las obligaciones
derivadas de los compromisos de gasto detallados en el Anexo I, otorgándole a los
interesados un plazo de alegaciones de diez días hábiles.
Séptimo. En virtud de lo dispuesto en los artículos 44, 45.1 y 46 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
no habiendo siendo posible efectuar la notificación por los demás medios previstos en la
citada ley, el 15 de mayo de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
acuerdo de 2 de mayo, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad de
notificación en el presente procedimiento administrativo (BOJA núm. 93), otorgándole
a los interesados un plazo de diez días hábiles para efectuar alegaciones desde el día
siguiente a la citada publicación.
Octavo. Los interesados no ha presentado ni alegaciones ni documentación alguna
en el plazo de diez días hábiles concedido al efecto.
A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes
Primero. En virtud del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio (BOJA
extraordinario núm. 25, de 26 de julio de 2022), sobre reestructuración de Consejerías,
modificado por el Decreto 13/2022, de 8 de agosto (BOJA extraordinario núm. 27, de 8 de
agosto de 2022), modificado por el Decreto del Presidente 4/2023, de 11 de abril (BOJA
extraordinario núm. 9, de 11 de abril de 2023), y modificado por el Decreto del Presidente
6/2024, de 29 de julio (BOJA extraordinario núm. 10, de 30 de julio de 2024), dispone en su
artículo 1 la organización de la Junta de Andalucía en diversas Consejerías, incluyéndose
dentro de las mismas la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, mientras que
en su artículo 12, modificado por el artículo único apartado ocho del Decreto 13/2022,
de 8 de agosto, por el artículo único apartado cuatro del Decreto 4/2023, de 11 de abril,
y por el artículo 9 del Decreto 6/2024, de 29 de julio, queda recogido que corresponden
a la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente las competencias que actualmente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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