Disposiciones generales. . (2024/191-1)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, por la que se convocan los VII Premios para el reconocimiento a centros con buenas prácticas docentes en bibliotecas escolares y en el fomento de la lectura, realizadas en el curso 2023-2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 191 - Martes, 1 de octubre de 2024
página 51293/3
- La persona que ostente la Jefatura de Sección de Planes y Programas Educativos,
que ejercerá la secretaría.
2. A esta Comisión se podrán incorporar cuantas personas expertas en el ámbito
educativo o cultural se considere.
3. La Comisión Provincial realizará una valoración técnica de cada una de las
memorias conforme a los criterios establecidos en los resuelvo undécimo y duodécimo y
seleccionará una candidatura de un centro por cada modalidad y categoría, no pudiendo
un mismo centro ser seleccionado para ambas modalidades de los Premios.
4. De cada una de las candidaturas seleccionadas se elaborará un informe en el que
se expongan los motivos que justifican dicha selección relacionándolos con los criterios
de valoración establecidos.
5. La persona titular de la Delegación Territorial enviará a la Dirección General de
Innovación y Formación del Profesorado la relación de candidaturas seleccionadas junto
con los informes elaborados para cada una de ellas.
Sexto. Jurado Regional.
Para la selección de candidaturas premiadas se constituirá un Jurado Regional
formado por:
- La persona que ostenta la Jefatura de Servicio de Planes y Programas Educativos,
o persona en quien delegue, que ejercerá la presidencia.
- Las personas responsables de lectura y bibliotecas escolares de cada una de las
Delegaciones Territoriales.
- La persona responsable de biblioteca escolares en los Servicios Centrales, que
ejercerá la secretaría.
A este jurado se podrían incorporar personas expertas en el ámbito educativo o cultural.
El jurado valorará las memorias y analizará los informes de las candidaturas
seleccionadas por las comisiones provinciales.
Octavo. Cuantía y financiación de los premios.
Se concederán los siguientes premios por cada modalidad y categoría:
a) Un primer premio consistente en dotación económica de 5.000 euros y trofeo.
b) Un segundo premio consistente en dotación económica de 3.000 euros y trofeo.
c) Un tercer premio consistente en dotación económica de 1.000 euros y trofeo.
La financiación de los premios se realizará con cargo a los fondos consignados en la
partida presupuestaria 1100038406 G/54C/22930/0001.
La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de
Andalucía transferirá, como gastos de funcionamiento, a las cuentas de los centros
docentes premiados, las cantidades que correspondan según el premio concedido.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308242
Séptimo. Fallo del Jurado y resolución del procedimiento.
Como consecuencia de las valoraciones efectuadas, el jurado emitirá un fallo por
cada modalidad de los Premios en cada una de sus dos categorías, pudiendo declararlos
desiertos en cualquiera de sus modalidades si considera que ninguna de las memorias
presentadas reúne los méritos suficientes.
El fallo del jurado será inapelable y se elevará como propuesta de concesión
del Premio correspondiente a la Dirección General de Innovación y Formación del
Profesorado para su resolución.
La persona titular de esta Dirección General, a la vista de las propuestas del jurado,
dictará la correspondiente resolución, elevando a definitivo y haciendo público el
contenido del fallo del jurado para cada modalidad del Premio.
La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y, a efectos
meramente informativos, en la página web de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional y en el Portal de Lectura y Bibliotecas Escolares.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 191 - Martes, 1 de octubre de 2024
página 51293/3
- La persona que ostente la Jefatura de Sección de Planes y Programas Educativos,
que ejercerá la secretaría.
2. A esta Comisión se podrán incorporar cuantas personas expertas en el ámbito
educativo o cultural se considere.
3. La Comisión Provincial realizará una valoración técnica de cada una de las
memorias conforme a los criterios establecidos en los resuelvo undécimo y duodécimo y
seleccionará una candidatura de un centro por cada modalidad y categoría, no pudiendo
un mismo centro ser seleccionado para ambas modalidades de los Premios.
4. De cada una de las candidaturas seleccionadas se elaborará un informe en el que
se expongan los motivos que justifican dicha selección relacionándolos con los criterios
de valoración establecidos.
5. La persona titular de la Delegación Territorial enviará a la Dirección General de
Innovación y Formación del Profesorado la relación de candidaturas seleccionadas junto
con los informes elaborados para cada una de ellas.
Sexto. Jurado Regional.
Para la selección de candidaturas premiadas se constituirá un Jurado Regional
formado por:
- La persona que ostenta la Jefatura de Servicio de Planes y Programas Educativos,
o persona en quien delegue, que ejercerá la presidencia.
- Las personas responsables de lectura y bibliotecas escolares de cada una de las
Delegaciones Territoriales.
- La persona responsable de biblioteca escolares en los Servicios Centrales, que
ejercerá la secretaría.
A este jurado se podrían incorporar personas expertas en el ámbito educativo o cultural.
El jurado valorará las memorias y analizará los informes de las candidaturas
seleccionadas por las comisiones provinciales.
Octavo. Cuantía y financiación de los premios.
Se concederán los siguientes premios por cada modalidad y categoría:
a) Un primer premio consistente en dotación económica de 5.000 euros y trofeo.
b) Un segundo premio consistente en dotación económica de 3.000 euros y trofeo.
c) Un tercer premio consistente en dotación económica de 1.000 euros y trofeo.
La financiación de los premios se realizará con cargo a los fondos consignados en la
partida presupuestaria 1100038406 G/54C/22930/0001.
La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de
Andalucía transferirá, como gastos de funcionamiento, a las cuentas de los centros
docentes premiados, las cantidades que correspondan según el premio concedido.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308242
Séptimo. Fallo del Jurado y resolución del procedimiento.
Como consecuencia de las valoraciones efectuadas, el jurado emitirá un fallo por
cada modalidad de los Premios en cada una de sus dos categorías, pudiendo declararlos
desiertos en cualquiera de sus modalidades si considera que ninguna de las memorias
presentadas reúne los méritos suficientes.
El fallo del jurado será inapelable y se elevará como propuesta de concesión
del Premio correspondiente a la Dirección General de Innovación y Formación del
Profesorado para su resolución.
La persona titular de esta Dirección General, a la vista de las propuestas del jurado,
dictará la correspondiente resolución, elevando a definitivo y haciendo público el
contenido del fallo del jurado para cada modalidad del Premio.
La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y, a efectos
meramente informativos, en la página web de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional y en el Portal de Lectura y Bibliotecas Escolares.