Disposiciones generales. . (2024/191-1)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, por la que se convocan los VII Premios para el reconocimiento a centros con buenas prácticas docentes en bibliotecas escolares y en el fomento de la lectura, realizadas en el curso 2023-2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 191 - Martes, 1 de octubre de 2024

página 51293/2

En su virtud, esta Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado,
haciendo uso de las competencias asignadas en el artículo 11 de Decreto 164/2024, de 26
de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional, y en aplicación del artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22
de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía
RESU ELV E
Primero. Objetivo y finalidad.
Efectuar la convocatoria de los VII Premios para el reconocimiento a centros con
buenas prácticas docentes en bibliotecas escolares y en el fomento de la lectura,
realizadas en el curso 2023-2024.
Segundo. Destinatarios.
Los premios estarán dirigidos a los centros docentes públicos de titularidad de la
Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional que impartan enseñanzas de
Educación Infantil de 2.º ciclo, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria,
que hayan desarrollado actuaciones de dinamización e innovación de su biblioteca y de
fomento de la lectura.
No podrán participar en esta convocatoria los centros docentes que han obtenido
premio en cualquiera de las modalidades en las tres últimas ediciones.
Tercero. Modalidades.
1. Se establecen las siguientes modalidades de premios:
a) Premio «Bibliotecas escolares» al reconocimiento a centros con buenas prácticas
docentes en la organización y funcionamiento de las bibliotecas escolares.
b) Premio «Fomento de la lectura» al reconocimiento a centros con buenas prácticas
docentes para el fomento de la lectura y la mejora de la competencia en comunicación
lingüística.
2. Los premios se otorgarán en dos categorías: centros de Educación Infantil y
Primaria, y centros de Educación Secundaria Obligatoria.
3. Los centros educativos podrán optar únicamente por una de las dos modalidades
anteriores.

Quinto. Evaluación de las candidaturas.
1. Para realizar una primera valoración de candidaturas, en cada Delegación Territorial
de Desarrollo Educativo, Formación Profesional, Universidad, Investigación e Innovación
se constituirá una Comisión Provincial formada por:
- La persona que ostenta la jefatura del Servicio de Ordenación Educativa, que
ejercerá la presidencia.
- La persona responsable de lectura y bibliotecas escolares.
- Un asesor o asesora de formación de cada uno de los CEP de la provincia en cuyo
ámbito de actuación existan centros que hayan presentado candidatura a los Premios.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Cuarto. Solicitudes y plazo de presentación.
1. El plazo de presentación de las candidaturas será de veinte días a partir del día
siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
2. Los centros interesados en participar en la presente convocatoria deberán
cumplimentar el formulario de inscripción que corresponda según el Premio al que se
opte y que será accesible por vía telemática, a través del sistema de gestión Séneca.
3. Conjuntamente con el formulario de inscripción, se presentará un archivo
informático en PDF o en ZIP relativo a la memoria de las actuaciones realizadas según el
modelo que se adjunta como Anexo I, para el Premio «Bibliotecas Escolares», o según el
modelo que se adjunta como Anexo II, para el Premio «Fomento de la lectura».