Autoridades y personal. . (2024/191-23)
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, M.P. por la que se convoca el proceso selectivo de ingreso en el Servicio Operativo de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para los puestos incluidos en la Oferta de Empleo Público Adicional a la ordinaria del ejercicio 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 191 - Martes, 1 de octubre de 2024

página 51101/22

C) Experiencia.
Se valorará la experiencia en base a los días cotizados y documentalmente
acreditados, atendiendo al desempeño de distintas funciones como miembro integrante
de un Servicio Operativo de Extinción de Incendios Forestales, y atendiendo al baremo
del puesto al que se opta.
Principios generales para la valoración del mérito de experiencia:
- Para aquellos contratos que se encuentren en vigor y en la vida laboral no figuren los
días cotizados por encontrarse la persona en alta, la fecha de referencia para el cómputo
del mérito de experiencia será hasta la fecha de publicación de la convocatoria en BOJA
inclusive.
- No tendrán asignación de puntos las relaciones prestadas en régimen de
colaboración social (voluntariados).
- En relación a la valoración de los contratos de relevo y/o a tiempo parcial, sólo se
tendrán en consideración los periodos de prestación de trabajo efectivo en el puesto.
- La funciones desarrolladas en retenes de extinción de incendios de instalaciones
diversas, recintos cerrados o entornos urbanos, no puntúan.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00308050

- La formación cuyos contenidos y horas de duración sean los mismos, computarán
solo una vez; con independencia que hayan sido realizados en diferentes años o en el
mismo.
- Cuando los certificados de formación vinieran expresados en créditos ECTS, un
crédito equivale a 25 horas de formación. Con anterioridad al Plan de Bolonia 2007, la
equivalencia del crédito tradicional será de 10 horas.
- Los cursos o asignaturas cuya finalidad sea la obtención de un título académico (título
o máster), no serán valorados de forma independiente a dicha titulación, entendiendo
esta como un mérito unitario cuya asignación de puntos corresponde en el bloque de
mérito de titulación oficial.
B.1. Formación propia de bombero forestal. SEA 5952.
Se valorará la formación encaminada a la obtención de la cualificación profesional de
nivel 2 propia del Bombero/a Forestal Código SEA595_2 «Operaciones de vigilancia y
extinción de incendios forestales y apoyo a contingencias en el medio natural y rural» de
la familia profesional Seguridad y Medio Ambiente, regulados en el BOE número 223, de
17 de septiembre de 2013, cuyas unidades de competencia son:
- UC1964_2: Ejecutar labores de vigilancia y detección de incendios forestales,
mantenimiento de infraestructuras de prevención y extinción, e informar a la población.
- UC1965_2: Ejecutar operaciones de extinción de incendios forestales.
- UC1966_2: Realizar labores de apoyo en contingencias en el medio natural y rural.
- UC0272_2: Asistir como primer interviniente en caso de accidente o situación de
emergencia.
Se sumará 0,04 puntos por hora de formación, hasta alcanzar el límite de 450 horas.
El máximo de puntos en este bloque de mérito es de 18 puntos.
Los certificados de profesionalidad acreditados por experiencia laboral y no mediante
cursos de formación, no tienen asignación de puntos en el bloque de Formación.
B.1. Formación propia para Teleoperador/a.
Para los puestos de Teleoperador/a se sumará 0,04 puntos por hora de formación
en tareas auxiliares administrativas, atención telefónica, manejo de central de
comunicaciones u otros a consideración del comité de selección regional, hasta alcanzar
el límite de 450 horas.
B.2. Permiso de conducir tipo C.
Se valora con 2 puntos el permiso de conducir tipo C en aquellos puestos en los que
no es un requisito de admisión, con la excepción del puesto de Teleoperador/a. Debe
presentarse en vigor.