Autoridades y personal. . (2024/191-23)
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, M.P. por la que se convoca el proceso selectivo de ingreso en el Servicio Operativo de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para los puestos incluidos en la Oferta de Empleo Público Adicional a la ordinaria del ejercicio 2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 191 - Martes, 1 de octubre de 2024
página 51101/21
B) Formación.
Principios generales para la valoración del mérito de Formación:
- Se considerarán los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por
instituciones públicas, así como organizaciones sindicales en el marco de los acuerdos
por la formación continua, por empresas de formación homologadas o por empresas
cuya actividad económica esté directamente vinculada con el sector de actividad en que
se encuadra la extinción de incendios forestales.
- Los cursos de formación deberán estar acreditados documentalmente y a juicio del
Comité de selección relacionados con los conocimientos necesarios para el desempeño
del puesto de trabajo específico.
- En el documento justificativo debe aparecer el número de horas de formación
reflejado con claridad.
- De no estar indicado el número de horas y en su lugar, la indicación de las fechas de
realización de la formación, se establecerá la equivalencia de 4 horas/día.
- Cuando no proceda la valoración íntegra de un curso de formación, para realizar
la valoración parcial de uno de sus módulos, el aspirante debe aportar el detalle y
desglose del itinerario formativo con las materias impartidas y la asignación de las horas
correspondientes a las mismas. Para realizar dicha valoración parcial, el contenido
susceptible de asignación de puntos debe tener una duración mínima de 30 horas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308050
forestales, por su afinidad con las funciones a desempeñar en el puesto de Bombero
Forestal, correspondiendo la asignación de puntos a las siguientes titulaciones:
- Ciclo formativo de grado medio de trabajador forestal o ciclo formativo de grado
medio del Sector Forestal dentro de la Familia Agraria:
• Técnico en Aprovechamiento y Conservación del Medio Natural (LOE).
• Técnico Medio en Trabajos Forestales y Conservación del Medio Natural (LOGSE).
• Capataz agrícola (especialidad forestal) (LODE).
- Ciclo formativo de grado medio incluido en la Familia Seguridad y Medio Ambiente:
• Técnico en Emergencias y Protección Civil.
- Ciclo formativo de grado superior de gestión forestal o ciclo formativo de grado
superior de la Familia Agraria:
• Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural.
- Ciclo formativo de grado superior incluido en la familia Seguridad y Medio Ambiente:
• Técnico Superior en Coordinación de Emergencias y Protección Civil.
• Técnico Superior en Gestión y Organización de Recursos Naturales y Paisajísticos
(LOGSE).
• Capataz Forestal (LODE).
- Formación universitaria: Ingeniero de Montes o Ingeniero Técnico Forestal o Grado
de Ingeniería Forestal.
En el caso de concurrir varias titulaciones, la valoración no es acumulativa; el máximo
de puntos en este bloque de mérito es de 25 puntos.
Los certificados de profesionalidad no podrán ser considerados como título académico
a efectos de valoración en este apartado.
La titulación se considerará acreditada mediante la presentación de una fotocopia del
título o en su defecto el certificado académico oficial junto con el documento que acredita
haber solicitado la expedición del título a la Consejería competente (modelo 046).
Para los puestos de Teleoperador/a se valorará con 25 puntos, las titulaciones
oficiales impartidas por institutos de enseñanza secundaria de ciclos formativos de grado
medio, ciclos formativos de grado superior o universidades, relacionadas con tareas
de gestión administrativa, comunicaciones y aquellas otras que el Comité de Selección
someta a consideración por estar relacionas con el puesto.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 191 - Martes, 1 de octubre de 2024
página 51101/21
B) Formación.
Principios generales para la valoración del mérito de Formación:
- Se considerarán los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por
instituciones públicas, así como organizaciones sindicales en el marco de los acuerdos
por la formación continua, por empresas de formación homologadas o por empresas
cuya actividad económica esté directamente vinculada con el sector de actividad en que
se encuadra la extinción de incendios forestales.
- Los cursos de formación deberán estar acreditados documentalmente y a juicio del
Comité de selección relacionados con los conocimientos necesarios para el desempeño
del puesto de trabajo específico.
- En el documento justificativo debe aparecer el número de horas de formación
reflejado con claridad.
- De no estar indicado el número de horas y en su lugar, la indicación de las fechas de
realización de la formación, se establecerá la equivalencia de 4 horas/día.
- Cuando no proceda la valoración íntegra de un curso de formación, para realizar
la valoración parcial de uno de sus módulos, el aspirante debe aportar el detalle y
desglose del itinerario formativo con las materias impartidas y la asignación de las horas
correspondientes a las mismas. Para realizar dicha valoración parcial, el contenido
susceptible de asignación de puntos debe tener una duración mínima de 30 horas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308050
forestales, por su afinidad con las funciones a desempeñar en el puesto de Bombero
Forestal, correspondiendo la asignación de puntos a las siguientes titulaciones:
- Ciclo formativo de grado medio de trabajador forestal o ciclo formativo de grado
medio del Sector Forestal dentro de la Familia Agraria:
• Técnico en Aprovechamiento y Conservación del Medio Natural (LOE).
• Técnico Medio en Trabajos Forestales y Conservación del Medio Natural (LOGSE).
• Capataz agrícola (especialidad forestal) (LODE).
- Ciclo formativo de grado medio incluido en la Familia Seguridad y Medio Ambiente:
• Técnico en Emergencias y Protección Civil.
- Ciclo formativo de grado superior de gestión forestal o ciclo formativo de grado
superior de la Familia Agraria:
• Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural.
- Ciclo formativo de grado superior incluido en la familia Seguridad y Medio Ambiente:
• Técnico Superior en Coordinación de Emergencias y Protección Civil.
• Técnico Superior en Gestión y Organización de Recursos Naturales y Paisajísticos
(LOGSE).
• Capataz Forestal (LODE).
- Formación universitaria: Ingeniero de Montes o Ingeniero Técnico Forestal o Grado
de Ingeniería Forestal.
En el caso de concurrir varias titulaciones, la valoración no es acumulativa; el máximo
de puntos en este bloque de mérito es de 25 puntos.
Los certificados de profesionalidad no podrán ser considerados como título académico
a efectos de valoración en este apartado.
La titulación se considerará acreditada mediante la presentación de una fotocopia del
título o en su defecto el certificado académico oficial junto con el documento que acredita
haber solicitado la expedición del título a la Consejería competente (modelo 046).
Para los puestos de Teleoperador/a se valorará con 25 puntos, las titulaciones
oficiales impartidas por institutos de enseñanza secundaria de ciclos formativos de grado
medio, ciclos formativos de grado superior o universidades, relacionadas con tareas
de gestión administrativa, comunicaciones y aquellas otras que el Comité de Selección
someta a consideración por estar relacionas con el puesto.