Autoridades y personal. . (2024/190-14)
Resolución de 20 de septiembre de 2024, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se realiza convocatoria para el acceso extraordinario a las bolsas de trabajo de determinadas especialidades de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional, así como a determinadas bolsas con perfil bilingüe.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO
SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica
BOJA
ANEXO II Oficial
y III
Boletín
de la Junta de Andalucía
Número 190 - Lunes, 30 de septiembre de 2024
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL
ORGANISMO: DIRECCIÓN GENERAL DEL PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
BAREMO
VALORACIÓN
2.1. Expediente académico del título alegado
como requisito de acuerdo con el Anexo de
titulaciones de la Orden de 10 de junio de 2020.
Se valorará exclusivamente la nota media del
expediente académico del título exigido con
carácter general para ingreso en el cuerpo
correspondiente, es decir, en los cuerpos del
subgrupo A1: Licenciatura, Ingeniería, Grado o
equivalente y en los cuerpos del subgrupo A2:
Diplomatura, Ingeniería Técnica, Arquitectura
Técnica o títulos declarados legalmente
equivalentes.
DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS
Certificación oficial académica personal, en
la que consten las puntuaciones obtenidas
en todas las asignaturas y cursos exigidos
para la obtención del título alegado, con
indicación expresa de la nota media global
numérica conforme a las escalas
consideradas. En el caso de que la
titulación haya sido obtenida en el
extranjero y no se utilice la misma escala;
equivalencia de la misma por parte del
Ministerio de Educación.
Se valora del modo que a continuación se
indica.
Escala de 0 a 10
Escala de 0 a 4
Desde 6,00 hasta 7,49
Desde 1,00 hasta 1,99
Desde 7,50 hasta 8,99
Desde 2,00 hasta 2,99
Desde 9,00 hasta 10,00 Desde 3,00 hasta 4,00
2.2. Título de Doctor o Doctora.
Hoja 16 de 39
página 51124/14
0,5000
0,7500
1,0000
Título, oficial expedido por la Universidad
o, en su defecto, certificación de la solicitud
2,0000
del título oficial previo pago de los
derechos de expedición.
En el caso de haberse obtenido en el
extranjero,
se
debe
presentar
la
correspondiente
credencial
de
homologación.
2.3. Otras titulaciones universitarias de carácter oficial en el caso de que no hubieran sido alegadas ni
conducentes a la titulación presentada como requisito. Tampoco se valorarán las titulaciones ya baremadas
en otro apartado o conducentes a otros méritos. En todos los casos se deberá aportar la certificación
académica oficial donde consten las asignaturas que se han cursado y superado.
En el caso de haberse obtenido en el extranjero, se debe presentar la correspondiente credencial de
homologación.
2.3.1. Titulaciones de Grado
1,5000
00308073
Por cada título universitario oficial de grado o
equivalente.
Título o, en su defecto, certificación
acreditativa donde conste haber finalizado
los estudios conducentes a dicha titulación
junto con el pago de los derechos de
expedición.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica
BOJA
ANEXO II Oficial
y III
Boletín
de la Junta de Andalucía
Número 190 - Lunes, 30 de septiembre de 2024
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL
ORGANISMO: DIRECCIÓN GENERAL DEL PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
BAREMO
VALORACIÓN
2.1. Expediente académico del título alegado
como requisito de acuerdo con el Anexo de
titulaciones de la Orden de 10 de junio de 2020.
Se valorará exclusivamente la nota media del
expediente académico del título exigido con
carácter general para ingreso en el cuerpo
correspondiente, es decir, en los cuerpos del
subgrupo A1: Licenciatura, Ingeniería, Grado o
equivalente y en los cuerpos del subgrupo A2:
Diplomatura, Ingeniería Técnica, Arquitectura
Técnica o títulos declarados legalmente
equivalentes.
DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS
Certificación oficial académica personal, en
la que consten las puntuaciones obtenidas
en todas las asignaturas y cursos exigidos
para la obtención del título alegado, con
indicación expresa de la nota media global
numérica conforme a las escalas
consideradas. En el caso de que la
titulación haya sido obtenida en el
extranjero y no se utilice la misma escala;
equivalencia de la misma por parte del
Ministerio de Educación.
Se valora del modo que a continuación se
indica.
Escala de 0 a 10
Escala de 0 a 4
Desde 6,00 hasta 7,49
Desde 1,00 hasta 1,99
Desde 7,50 hasta 8,99
Desde 2,00 hasta 2,99
Desde 9,00 hasta 10,00 Desde 3,00 hasta 4,00
2.2. Título de Doctor o Doctora.
Hoja 16 de 39
página 51124/14
0,5000
0,7500
1,0000
Título, oficial expedido por la Universidad
o, en su defecto, certificación de la solicitud
2,0000
del título oficial previo pago de los
derechos de expedición.
En el caso de haberse obtenido en el
extranjero,
se
debe
presentar
la
correspondiente
credencial
de
homologación.
2.3. Otras titulaciones universitarias de carácter oficial en el caso de que no hubieran sido alegadas ni
conducentes a la titulación presentada como requisito. Tampoco se valorarán las titulaciones ya baremadas
en otro apartado o conducentes a otros méritos. En todos los casos se deberá aportar la certificación
académica oficial donde consten las asignaturas que se han cursado y superado.
En el caso de haberse obtenido en el extranjero, se debe presentar la correspondiente credencial de
homologación.
2.3.1. Titulaciones de Grado
1,5000
00308073
Por cada título universitario oficial de grado o
equivalente.
Título o, en su defecto, certificación
acreditativa donde conste haber finalizado
los estudios conducentes a dicha titulación
junto con el pago de los derechos de
expedición.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja