3. Otras disposiciones. . (2024/190-62)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, sobre admisión de solicitudes de homologación de entidades para la impartición de cursos de aptitud y conocimiento para el ejercicio de la caza en Andalucía y renovación a entidades actualmente homologadas
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 190 - Lunes, 30 de septiembre de 2024

página 51238/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Política
Forestal y Biodiversidad, sobre admisión de solicitudes de homologación
de entidades para la impartición de cursos de aptitud y conocimiento para
el ejercicio de la caza en Andalucía y renovación a entidades actualmente
homologadas
De acuerdo con la Orden de la Consejería de Medio Ambiente de 31 de marzo de
1998, por la que se aprueba el programa de materias y se regula la organización de
los exámenes y cursos del cazador y del pescador (BOJA núm. 51, de 7 de mayo), se
podrá homologar, para la impartición de cursos de aptitud y conocimiento para el ejercicio
de la caza y la pesca continental en Andalucía, a entidades que cumplan determinados
requisitos.
Asimismo, el artículo 3.2 de dicha orden establece la posibilidad de ampliar el número
de entidades homologadas, que será acordada por la Dirección General de Gestión del
Medio Natural previa apertura, en su caso, del correspondiente plazo de admisión.
Conforme a la disposición adicional vigesimosexta del Decreto-ley 3/2024, de 6
febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa
para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de
Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía, relativa a la supresión
del examen y de los cursos del pescador: «A partir de la fecha de entrada en vigor
del presente Decreto-ley quedan sin efecto las referencias al examen y los cursos del
pescador contenidas en el Decreto 272/1995, de 31 de octubre, por el que se regula el
examen del cazador y del pescador, el Registro Andaluz de Caza y de Pesca Continental
y la expedición de licencias, y en la Orden de 31 de marzo de 1998, por el que se
aprueba el programa de materias y se regula la organización de los exámenes y cursos
del cazador y del pescador».
El último plazo de admisión de solicitudes para la homologación de entidades
para la impartición de cursos de aptitud y conocimiento para el ejercicio de la caza y
la pesca continental en Andalucía y renovación a entidades actualmente homologadas,
se efectuó mediante Resolución de la Dirección General de Gestión del Medio Natural,
de fecha 13 de marzo de 2014. Transcurrido este largo periodo de las homologaciones
iniciales, y debido a las actualizaciones normativas incorporadas hasta la fecha, se
hace oportuno abrir un nuevo plazo de admisión de solicitudes para la homologación de
nuevas entidades, y renovación de la homologación de aquellas entidades que estando
actualmente homologadas soliciten continuar estándolo.
Vista la demanda social existente en la actualidad en torno al ejercicio de las
actividades cinegéticas y el interés docente y formativo manifestado por algunas
entidades, de conformidad con el Decreto 170/2024, de 26 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente,

Primero. Abrir un plazo de admisión de solicitudes de homologación para la impartición
de curso de aptitud y conocimiento para el ejercicio de la caza en Andalucía, por parte de
entidades que cumpliendo los requisitos estén interesadas. Conforme al artículo 3 de la
Orden de la Consejería de Medio Ambiente de 31 de marzo de 1998, las entidades para
la impartición de los cursos de acreditación de la aptitud y conocimientos para el ejercicio
de la caza deberán contemplar los siguientes criterios:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00308187

HE RESUELTO