3. Otras disposiciones. . (2024/190-55)
Orden de 24 de septiembre de 2024, por la que se dispone la publicación de la Orden de 1 de diciembre de 2023, por la que se resuelve la aprobación definitiva de la «Modificación Puntual núm. 72 del PGOU de Almería en el ámbito de la parcela situada en Camino de La Goleta».
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 190 - Lunes, 30 de septiembre de 2024

página 51184/4

Sexto. En base a dicho informe, con fecha de 20 de noviembre de 2023, la Dirección
General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana propuso la aprobación
definitiva de la modificación, a reserva de la simple subsanación de las deficiencias
técnicas señaladas en el informe del Servicio de Planeamiento Urbanístico.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero. De conformidad con la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2021,
de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, es de
aplicación al presente expediente la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación
Urbanística de Andalucía (LOUA), al haberse aprobado inicialmente por el Excmo. Pleno
del Ayuntamiento de Almería en sesión ordinaria de 29 de septiembre de 2021.
Segundo. La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda es el
órgano competente para la aprobación definitiva de los Planes Generales de Ordenación
Urbanística, así como sus innovaciones cuando afecten a la ordenación estructural de los
municipios identificados como ciudades principales y ciudades medias de nivel 1 en el
sistema de ciudades del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, de conformidad
con los artículos 31.2.B.a) y 32.4 de la LOUA; en relación con el artículo 4.3.a) del
Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias
de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio
y Urbanismo, así como el artículo 10.1 del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de
julio, sobre reestructuración de Consejerías, y el artículo 1 del Decreto 160/2022, de 9
de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda.
Tercero. El expediente se tramita como Modificación del Plan General de Ordenación
Urbanística de Córdoba, de conformidad con los artículos 36 y 38 de la citada Ley 7/2002,
de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
En virtud de todo ello, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el
artículo 4.3.a) del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de
las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación
del Territorio y Urbanismo, y a propuesta de la Dirección General de Ordenación del
Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana,
SE DISPONE

Segundo. El Ayuntamiento deberá elaborar un nuevo documento en el que consten
exclusivamente las correcciones de las deficiencias indicadas en el apartado anterior;
el Pleno del Ayuntamiento deberá tomar conocimiento de este documento para su
presentación ante la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda
Urbana, que resolverá sobre la corrección de las deficiencias señaladas, con carácter
previo a su registro y publicación de la normativa del instrumento de planeamiento,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00308133

Primero. Aprobar definitivamente la Modificación del PGOU de Almería denominada
«Modificación Puntual núm. 72 del PGOU de Almería en el ámbito de la parcela situada
en Camino de La Goleta», según el documento aprobado por el Pleno del Ayuntamiento
de Almería en sesión de 5 de septiembre de 2022, de acuerdo con el artículo 33.2.b) de
la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, debiendo no
obstante realizarse las subsanaciones técnicas en el documento señaladas en el informe
del Servicio de Planeamiento Urbanístico de 17 de noviembre de 2023.