Disposiciones generales. . (2024/190-1)
Orden de 23 de septiembre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro y universidades públicas andaluzas, para el desarrollo de proyectos en materia de conciliación y corresponsabilidad en el marco del Plan Corresponsables, en el ámbito de las competencias de la Consejería, y se efectúa su convocatoria en el año 2024.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 190 - Lunes, 30 de septiembre de 2024
página 51192/53
- Forma:
- Cuantía de las garantías:
- Órgano en cuyo favor se constituyen:
- Procedimiento de cancelación:
Con anticipo de un importe superior al 50% y hasta el límite del 100 % del importe de la subvención, por
tratarse de:
Subvención de importe igual o inferior a 6.000 euros.
Subvención acogida al supuesto excepcional:
Con anticipo máximo del 50 % del importe de la subvención.
Con anticipo máximo del:
del importe de la subvención.
Secuencia del pago anticipado:
Cuando se trate de anticipo del 100%:
Nº PAGO
IMPORTE
O
PLAZO
MOMENTO
O
PORCENTAJE DE
JUSTIFICACIÓN
FECHA DE PAGO
PAG0
PAGO
1º
100%
de
anualidad
la
DE IMPORTE O PORCENTAJE
DEL JUSTIFICADO DE PAGOS
ANTERIORES
Tras la firma de la
Según art. 25.b) del
Resolución
de
Cuadro Resumen
concesión
Cuando se trate de anticipo del 50%:
Nº PAGO
IMPORTE O
PORCENTAJE DE
PAGO
MOMENTO O
FECHA DE PAGO
PLAZO DE
JUSTIFICACIÓN DEL
PAGO
1º
50%
En cualquier
Tras la firma de momento con
la Resolución de anterioridad a la
concesión
finalización del plazo
de ejecución.
2º o
sucesivos
pagos
50%
Tras la
justificación del
primer 50%
IMPORTE O PORCENTAJE
JUSTIFICADO DE PAGOS
ANTERIORES
00308141
3 meses desde la
Importe del primer pago
finalización del plazo
o superior
de ejecución.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
Número 190 - Lunes, 30 de septiembre de 2024
página 51192/53
- Forma:
- Cuantía de las garantías:
- Órgano en cuyo favor se constituyen:
- Procedimiento de cancelación:
Con anticipo de un importe superior al 50% y hasta el límite del 100 % del importe de la subvención, por
tratarse de:
Subvención de importe igual o inferior a 6.000 euros.
Subvención acogida al supuesto excepcional:
Con anticipo máximo del 50 % del importe de la subvención.
Con anticipo máximo del:
del importe de la subvención.
Secuencia del pago anticipado:
Cuando se trate de anticipo del 100%:
Nº PAGO
IMPORTE
O
PLAZO
MOMENTO
O
PORCENTAJE DE
JUSTIFICACIÓN
FECHA DE PAGO
PAG0
PAGO
1º
100%
de
anualidad
la
DE IMPORTE O PORCENTAJE
DEL JUSTIFICADO DE PAGOS
ANTERIORES
Tras la firma de la
Según art. 25.b) del
Resolución
de
Cuadro Resumen
concesión
Cuando se trate de anticipo del 50%:
Nº PAGO
IMPORTE O
PORCENTAJE DE
PAGO
MOMENTO O
FECHA DE PAGO
PLAZO DE
JUSTIFICACIÓN DEL
PAGO
1º
50%
En cualquier
Tras la firma de momento con
la Resolución de anterioridad a la
concesión
finalización del plazo
de ejecución.
2º o
sucesivos
pagos
50%
Tras la
justificación del
primer 50%
IMPORTE O PORCENTAJE
JUSTIFICADO DE PAGOS
ANTERIORES
00308141
3 meses desde la
Importe del primer pago
finalización del plazo
o superior
de ejecución.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja