Autoridades y personal. . (2024/189-15)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se convocan las pruebas de acceso, en procedimiento extraordinario de admisión, a las Enseñanzas Artísticas Superiores constituidas en distrito único en la Comunidad Autónoma de Andalucía para el curso 2024/2025, se determinan aspectos de organización de las mismas y se establece el calendario de actuaciones del procedimiento extraordinario de acceso y admisión en los centros públicos.
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CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR,
DIÁLOGO SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Secretaría General Técnica
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Número 189 - Viernes, 27 de septiembre de 2024
ANEXO II y III
página
51093/6
Hoja 6 de 18
ORGANISMO:
DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN Y EVALUACIÓN EDUCATIVA
específica ordinaria anual para el curso 2024/2025 realizada en cualquier comunidad autónoma del territorio
nacional, no abonarán la cantidad correspondiente a la inscripción en las pruebas indicada en el apartado 2.
V. Prueba específica de acceso a que se refieren los artículos 54, 55, 56 y 57 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación.
1. Las personas aspirantes que estén en posesión de los requisitos académicos establecidos, o en su caso, hayan
superado la prueba de madurez académica, podrán realizar la correspondiente prueba específica de acceso. Esta
prueba será diferente para cada una de las Enseñanzas Artísticas Superiores y, dentro de las mismas, para cada
especialidad y, en su caso, itinerario, estilo o instrumento principal, a excepción de las Enseñanzas Artísticas
Superiores de Diseño cuya prueba de acceso es común para las distintas especialidades. La prueba tendrá como
finalidad valorar la madurez, los conocimientos y las aptitudes para cursar con aprovechamiento estas enseñanzas.
2. La superación de la prueba específica de acceso permitirá acceder, únicamente en el año académico para el que
haya sido convocada, a cualquiera de los centros del Estado donde se cursen estas enseñanzas, sin perjuicio de la
disponibilidad de plazas en los mismos.
3. Las personas aspirantes que hayan participado en el procedimiento ordinario de admisión para el curso
académico 2024/2025 y no hayan sido adjudicatarias de plaza podrán optar por hacer uso de la nota ya obtenida o
por realizar de nuevo la prueba de acceso. En este último caso participarán en el procedimiento extraordinario de
admisión de plazas vacantes con la calificación mayor que hayan obtenido.
4. Las personas aspirantes que participen, únicamente, por la modalidad de acceso directo para las Enseñanzas
Artísticas Superiores de Diseño no podrán solicitar cambio de especialidad ni segunda especialidad.
5. Para solicitar una segunda especialidad será necesario haber superado la totalidad de los créditos del primer curso
de la especialidad en la que se encuentren matriculadas. Las personas aspirantes que opten por un cambio de
especialidad, itinerario/estilo o instrumento y estén cursando en el plazo de presentación de solicitudes una
especialidad, itinerario/estilo o instrumento deberán presentar escrito de renuncia a la misma en el citado plazo.
6. La adjudicación de plazas se ajustará a la prelación establecida en el artículo 35 de la mencionada Orden de 9 de
febrero de 2022.
7. Para todos los aspectos relativos a la convocatoria de la prueba específica de acceso, estructura y contenido de la
misma, tribunales de evaluación, calificación, así como a la publicación y reclamación de las calificaciones se estará
a lo dispuesto en los artículos 20 a 26 de la mencionada Orden de 9 de febrero de 2022.
8. El número de plazas convocadas para el acceso a las Enseñanzas Artísticas Superiores en la Comunidad Autónoma
de Andalucía para el curso 2024/2025, en este procedimiento extraordinario de admisión, son las que se indican a
continuación:
ARTE DRAMÁTICO
DISTRIBUCIÓN DE PLAZAS POR ESPECIALIDAD:
ESPECIALIDAD
TOTAL
PLAZAS
PLAZAS RESERVADAS PLAZAS RESERVADAS PLAZAS RESERVADAS
TURNO DISCAPACIDAD TURNO DEPORTISTA
TURNO LIBRE
19
1
1
17
Escenografía
16
1
1
14
Interpretación
26
2
1
23
00308042
Dirección Escénica y Dramaturgia
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
DIÁLOGO SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Secretaría General Técnica
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Número 189 - Viernes, 27 de septiembre de 2024
ANEXO II y III
página
51093/6
Hoja 6 de 18
ORGANISMO:
DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN Y EVALUACIÓN EDUCATIVA
específica ordinaria anual para el curso 2024/2025 realizada en cualquier comunidad autónoma del territorio
nacional, no abonarán la cantidad correspondiente a la inscripción en las pruebas indicada en el apartado 2.
V. Prueba específica de acceso a que se refieren los artículos 54, 55, 56 y 57 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación.
1. Las personas aspirantes que estén en posesión de los requisitos académicos establecidos, o en su caso, hayan
superado la prueba de madurez académica, podrán realizar la correspondiente prueba específica de acceso. Esta
prueba será diferente para cada una de las Enseñanzas Artísticas Superiores y, dentro de las mismas, para cada
especialidad y, en su caso, itinerario, estilo o instrumento principal, a excepción de las Enseñanzas Artísticas
Superiores de Diseño cuya prueba de acceso es común para las distintas especialidades. La prueba tendrá como
finalidad valorar la madurez, los conocimientos y las aptitudes para cursar con aprovechamiento estas enseñanzas.
2. La superación de la prueba específica de acceso permitirá acceder, únicamente en el año académico para el que
haya sido convocada, a cualquiera de los centros del Estado donde se cursen estas enseñanzas, sin perjuicio de la
disponibilidad de plazas en los mismos.
3. Las personas aspirantes que hayan participado en el procedimiento ordinario de admisión para el curso
académico 2024/2025 y no hayan sido adjudicatarias de plaza podrán optar por hacer uso de la nota ya obtenida o
por realizar de nuevo la prueba de acceso. En este último caso participarán en el procedimiento extraordinario de
admisión de plazas vacantes con la calificación mayor que hayan obtenido.
4. Las personas aspirantes que participen, únicamente, por la modalidad de acceso directo para las Enseñanzas
Artísticas Superiores de Diseño no podrán solicitar cambio de especialidad ni segunda especialidad.
5. Para solicitar una segunda especialidad será necesario haber superado la totalidad de los créditos del primer curso
de la especialidad en la que se encuentren matriculadas. Las personas aspirantes que opten por un cambio de
especialidad, itinerario/estilo o instrumento y estén cursando en el plazo de presentación de solicitudes una
especialidad, itinerario/estilo o instrumento deberán presentar escrito de renuncia a la misma en el citado plazo.
6. La adjudicación de plazas se ajustará a la prelación establecida en el artículo 35 de la mencionada Orden de 9 de
febrero de 2022.
7. Para todos los aspectos relativos a la convocatoria de la prueba específica de acceso, estructura y contenido de la
misma, tribunales de evaluación, calificación, así como a la publicación y reclamación de las calificaciones se estará
a lo dispuesto en los artículos 20 a 26 de la mencionada Orden de 9 de febrero de 2022.
8. El número de plazas convocadas para el acceso a las Enseñanzas Artísticas Superiores en la Comunidad Autónoma
de Andalucía para el curso 2024/2025, en este procedimiento extraordinario de admisión, son las que se indican a
continuación:
ARTE DRAMÁTICO
DISTRIBUCIÓN DE PLAZAS POR ESPECIALIDAD:
ESPECIALIDAD
TOTAL
PLAZAS
PLAZAS RESERVADAS PLAZAS RESERVADAS PLAZAS RESERVADAS
TURNO DISCAPACIDAD TURNO DEPORTISTA
TURNO LIBRE
19
1
1
17
Escenografía
16
1
1
14
Interpretación
26
2
1
23
00308042
Dirección Escénica y Dramaturgia
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja