3. Otras disposiciones. . (2024/189-35)
Decreto 213/2024, de 24 de septiembre, por el que se autoriza el inicio de la actividad de la Universidad privada CEU Fernando III, se aprueban sus Normas de Organización y Funcionamiento, y se autoriza la implantación de enseñanzas universitarias y la creación de los centros que se encargarán de la gestión administrativa y organización de las mismas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 189 - Viernes, 27 de septiembre de 2024

página 51170/4

Cuarto. Enseñanzas objeto de autorización.
1. Se autoriza, a solicitud de la Universidad CEU Fernando III, a partir del curso
2024/2025, la implantación de las nuevas enseñanzas conducentes a la obtención
de los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional,
correspondientes a los ciclos de Grado, Máster y Doctorado, que se relacionan a
continuación:
a) Grado en Administración y Dirección de Empresas.
b) Grado en Marketing y Gestión Comercial.
c) Grado en Relaciones Internacionales.
d) Grado en Derecho.
e) Grado en Inteligencia de los Negocios.
f) Grado en Ingeniería Informática.
g) Grado en Ingeniería de Sistemas de Telecomunicación.
h) Grado en Educación Infantil.
i) Grado en Educación Primaria.
j) Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.
k) Máster en Relaciones Internacionales y Diplomacia.
l) Máster en Dirección de Empresas (MBA).
m) Máster en Business Analytics & Big Data.
n) Máster en Derecho Tecnológico y Digital.
ñ) Máster en Auditoría de Cuentas.
o) Máster en Profesorado de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Bachillerato,
Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas.
p) Programa de Doctorado en Humanidades para el Mundo Contemporáneo.
q) Programa de Doctorado en Derecho y Economía.
2. El Máster en Profesorado de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Bachillerato,
Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas será implantado en el curso académico
2025/26, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 8.3 del Decreto
154/2023, de 27 de junio, de ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
En el caso del Programa de Doctorado en Derecho y Economía, que cuenta con
Informe de verificación favorable y vinculante de la Agència Valenciana d’Avaluació i
Prospectiva, su implantación tendrá lugar a partir de la recepción de la resolución de
verificación del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
3. Las enseñanzas habrán de ser impartidas en los centros que se crean mediante el
presente decreto.

Sexto. Seguimiento y control de la universidad.
1. La Universidad CEU Fernando III iniciará la actividad universitaria con los recursos
humanos y materiales necesarios para la impartición de las enseñanzas universitarias,
estando la oferta de plazas condicionada por estos recursos, de conformidad con lo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00308118

Quinto. Sede de la Universidad.
1. La Universidad CEU Fernando III tendrá su sede en la Comunidad Autónoma de
Andalucía en la Glorieta Ángel Herrera Oria, s/n, en el Campus Universitario de Bormujos
(Sevilla).
2. En todo caso, la Universidad deberá garantizar que las instalaciones y dotaciones
destinadas a la impartición de docencia y al desarrollo de actividades de investigación
sean adecuadas para el uso universitario, y suficientes para el número de estudiantes
matriculados o que previsiblemente se matriculen.
3. Cualquier cambio en la sede o en las instalaciones que conforman la Universidad,
deberá comunicarse con carácter previo a la Consejería competente en materia de
universidades, con el fin de que se proceda a su autorización.