3. Otras disposiciones. . (2024/188-43)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Dirección del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se publica Adenda al Convenio de Colaboración entre el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía y la Diputación Provincial de Granada sobre el mantenimiento del sistema Callejero Digital de Andalucía Unificado y sobre acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos, infraestructuras de información y servicios cartográficos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 188 - Jueves, 26 de septiembre de 2024
página 51062/2
E XPONEN
Primero. Que con fecha 21 de junio de 2021 se suscribió el Convenio de Colaboración
entre el IECA y la Diputación Provincial de Granada, sobre el mantenimiento del sistema
Callejero Digital de Andalucía Unificado (en adelante, CDAU) y sobre acceso, intercambio
de información y reutilización de otros productos, infraestructuras de información y
servicios cartográficos.
Segundo. Que la cláusula octava del mencionado Convenio, relativa a la duración y
modificación del mismo, se establece que «El presente convenio podrá ser modificado
por acuerdo unánime de las partes, a propuesta de cualquiera de éstas, mediante la
suscripción de la oportuna adenda de modificación, formalizada durante el periodo de
vigencia».
Tercero. Que la Comisión de Seguimiento se reunió el día 25 de abril de 2024 y, entre
los puntos del orden del día, trató la propuesta de modificación del Convenio, indicando
que la misma se efectuará mediante la suscripción de una Adenda de modificación, en
los términos que establece el Convenio.
Cuarto. Que ambas partes están interesadas en modificarlo, de acuerdo con las
siguientes
CL ÁUSUL AS
Segunda. Modificación del Convenio.
Se modifica el Convenio al que se refiere la presente Adenda conforme a lo
establecido a continuación:
- Se modifica el expositivo primero sustituyendo «Consejería de Transformación
Económica, Industria, Conocimiento y Universidades» por «Consejería de Economía,
Hacienda y Fondos Europeos».
- Se modifica el expositivo tercero quedando como sigue: «Que en el ejercicio de
estas competencias el IECA está desarrollando bajo su responsabilidad y coordinación un
conjunto de actividades que se encuentran incluidas en el Plan Estadístico y Cartográfico
de Andalucía 2023-2029».
- Se modifica el expositivo cuarto sustituyendo «infraestructuras básicas» por
«actividades».
- Se modifica el expositivo quinto sustituyendo «artículo 24 del Plan Estadístico y
Cartográfico de Andalucía 2013-2020 sobre dato único oficial» por «artículo 11 del Plan
Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2023-2029 sobre dato y metadato único».
- Se modifica el expositivo octavo sustituyendo «art. 17.1.a) de la Ley 3/2013, de 24 de
julio» por «art. 20.3 y 20.4 de la Ley 9/2023, de 25 de septiembre».
- Se modifica el expositivo décimo sustituyendo «Que la IDEAndalucía tiene, como
otras infraestructuras de difusión, la consideración de infraestructuras básicas del
Sistema Estadístico y Cartográfico de Andalucía y será objeto de actividades de soporte,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308011
Primera. Objeto.
Constituye el objeto de la presente Adenda modificar el Convenio de Colaboración
suscrito el 21 de junio de 2021 sobre el mantenimiento del sistema CDAU y sobre
acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos, infraestructuras de
información y servicios cartográficos, modificando la cláusula cuarta, letra a), en el punto
referido a la composición de la Comisión de Seguimiento y adaptando la parte expositiva
a lo establecido en la Ley 9/2023, de 25 de septiembre, por la que se aprueba el Plan
Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2023-2029.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 188 - Jueves, 26 de septiembre de 2024
página 51062/2
E XPONEN
Primero. Que con fecha 21 de junio de 2021 se suscribió el Convenio de Colaboración
entre el IECA y la Diputación Provincial de Granada, sobre el mantenimiento del sistema
Callejero Digital de Andalucía Unificado (en adelante, CDAU) y sobre acceso, intercambio
de información y reutilización de otros productos, infraestructuras de información y
servicios cartográficos.
Segundo. Que la cláusula octava del mencionado Convenio, relativa a la duración y
modificación del mismo, se establece que «El presente convenio podrá ser modificado
por acuerdo unánime de las partes, a propuesta de cualquiera de éstas, mediante la
suscripción de la oportuna adenda de modificación, formalizada durante el periodo de
vigencia».
Tercero. Que la Comisión de Seguimiento se reunió el día 25 de abril de 2024 y, entre
los puntos del orden del día, trató la propuesta de modificación del Convenio, indicando
que la misma se efectuará mediante la suscripción de una Adenda de modificación, en
los términos que establece el Convenio.
Cuarto. Que ambas partes están interesadas en modificarlo, de acuerdo con las
siguientes
CL ÁUSUL AS
Segunda. Modificación del Convenio.
Se modifica el Convenio al que se refiere la presente Adenda conforme a lo
establecido a continuación:
- Se modifica el expositivo primero sustituyendo «Consejería de Transformación
Económica, Industria, Conocimiento y Universidades» por «Consejería de Economía,
Hacienda y Fondos Europeos».
- Se modifica el expositivo tercero quedando como sigue: «Que en el ejercicio de
estas competencias el IECA está desarrollando bajo su responsabilidad y coordinación un
conjunto de actividades que se encuentran incluidas en el Plan Estadístico y Cartográfico
de Andalucía 2023-2029».
- Se modifica el expositivo cuarto sustituyendo «infraestructuras básicas» por
«actividades».
- Se modifica el expositivo quinto sustituyendo «artículo 24 del Plan Estadístico y
Cartográfico de Andalucía 2013-2020 sobre dato único oficial» por «artículo 11 del Plan
Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2023-2029 sobre dato y metadato único».
- Se modifica el expositivo octavo sustituyendo «art. 17.1.a) de la Ley 3/2013, de 24 de
julio» por «art. 20.3 y 20.4 de la Ley 9/2023, de 25 de septiembre».
- Se modifica el expositivo décimo sustituyendo «Que la IDEAndalucía tiene, como
otras infraestructuras de difusión, la consideración de infraestructuras básicas del
Sistema Estadístico y Cartográfico de Andalucía y será objeto de actividades de soporte,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308011
Primera. Objeto.
Constituye el objeto de la presente Adenda modificar el Convenio de Colaboración
suscrito el 21 de junio de 2021 sobre el mantenimiento del sistema CDAU y sobre
acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos, infraestructuras de
información y servicios cartográficos, modificando la cláusula cuarta, letra a), en el punto
referido a la composición de la Comisión de Seguimiento y adaptando la parte expositiva
a lo establecido en la Ley 9/2023, de 25 de septiembre, por la que se aprueba el Plan
Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2023-2029.