3. Otras disposiciones. . (2024/188-43)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Dirección del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se publica Adenda al Convenio de Colaboración entre el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía y la Diputación Provincial de Granada sobre el mantenimiento del sistema Callejero Digital de Andalucía Unificado y sobre acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos, infraestructuras de información y servicios cartográficos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 188 - Jueves, 26 de septiembre de 2024
página 51062/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Dirección del Instituto de
Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se publica Adenda al
Convenio de Colaboración entre el Instituto de Estadística y Cartografía de
Andalucía y la Diputación Provincial de Granada sobre el mantenimiento del
sistema Callejero Digital de Andalucía Unificado y sobre acceso, intercambio de
información y reutilización de otros productos, infraestructuras de información y
servicios cartográficos.
Con fecha 5 de agosto de 2024 se ha suscrito Adenda al Convenio de Colaboración entre
el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía y la Diputación Provincial de Granada
sobre el mantenimiento del sistema Callejero Digital de Andalucía Unificado y sobre
acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos, infraestructuras de
información y servicios cartográficos.
Para general conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de dicha Adenda, como anexo
a la presente resolución.
Sevilla, 19 de septiembre de 2024.- El Director, Manuel Ignacio Castaño Sousa.
ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO DE
ESTADÍSTICA Y CARTOGRAFÍA DE ANDALUCÍA Y LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL
DE GRANADA SOBRE EL MANTENIMIENTO DEL SISTEMA CALLEJERO DIGITAL
DE ANDALUCÍA UNIFICADO Y SOBRE ACCESO, INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN
Y REUTILIZACIÓN DE OTROS PRODUCTOS, INFRAESTRUCTURAS DE
INFORMACIÓN Y SERVICIOS CARTOGRÁFICOS
De una parte, don Manuel Ignacio Castaño Sousa, Director del Instituto de Estadística
y Cartografía de Andalucía (en adelante IECA), en virtud de nombramiento efectuado
por el Decreto 318/2022, de 30 de agosto (BOJA núm. 170, de 5 de septiembre), y con
capacidad suficiente para formalizar convenios, en nombre y representación del IECA,
a tenor de lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de
Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 13.c) del Decreto
372/2009, de 17 de noviembre, por el que se regula la organización y funcionamiento del
Sistema Estadístico de Andalucía.
Y de otra parte, don Francisco Pedro Rodríguez Guerrero, Presidente de la Diputación
Provincial de Granada, en virtud del nombramiento efectuado en la Sesión Constitutiva
de dicha Corporación de fecha 13 de julio de 2023, en ejercicio de las atribuciones que
les están legalmente conferidas en virtud de lo dispuesto en el artículo 34.1.b) y n) de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local.
Cada uno en nombre y representación de las entidades a las que pertenecen, en virtud
de las facultades conferidas por sus respectivos cargos, y reconociéndose mutuamente
capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda, y a tal efecto,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308011
REUNIDOS
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 188 - Jueves, 26 de septiembre de 2024
página 51062/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Dirección del Instituto de
Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se publica Adenda al
Convenio de Colaboración entre el Instituto de Estadística y Cartografía de
Andalucía y la Diputación Provincial de Granada sobre el mantenimiento del
sistema Callejero Digital de Andalucía Unificado y sobre acceso, intercambio de
información y reutilización de otros productos, infraestructuras de información y
servicios cartográficos.
Con fecha 5 de agosto de 2024 se ha suscrito Adenda al Convenio de Colaboración entre
el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía y la Diputación Provincial de Granada
sobre el mantenimiento del sistema Callejero Digital de Andalucía Unificado y sobre
acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos, infraestructuras de
información y servicios cartográficos.
Para general conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de dicha Adenda, como anexo
a la presente resolución.
Sevilla, 19 de septiembre de 2024.- El Director, Manuel Ignacio Castaño Sousa.
ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO DE
ESTADÍSTICA Y CARTOGRAFÍA DE ANDALUCÍA Y LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL
DE GRANADA SOBRE EL MANTENIMIENTO DEL SISTEMA CALLEJERO DIGITAL
DE ANDALUCÍA UNIFICADO Y SOBRE ACCESO, INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN
Y REUTILIZACIÓN DE OTROS PRODUCTOS, INFRAESTRUCTURAS DE
INFORMACIÓN Y SERVICIOS CARTOGRÁFICOS
De una parte, don Manuel Ignacio Castaño Sousa, Director del Instituto de Estadística
y Cartografía de Andalucía (en adelante IECA), en virtud de nombramiento efectuado
por el Decreto 318/2022, de 30 de agosto (BOJA núm. 170, de 5 de septiembre), y con
capacidad suficiente para formalizar convenios, en nombre y representación del IECA,
a tenor de lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de
Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 13.c) del Decreto
372/2009, de 17 de noviembre, por el que se regula la organización y funcionamiento del
Sistema Estadístico de Andalucía.
Y de otra parte, don Francisco Pedro Rodríguez Guerrero, Presidente de la Diputación
Provincial de Granada, en virtud del nombramiento efectuado en la Sesión Constitutiva
de dicha Corporación de fecha 13 de julio de 2023, en ejercicio de las atribuciones que
les están legalmente conferidas en virtud de lo dispuesto en el artículo 34.1.b) y n) de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local.
Cada uno en nombre y representación de las entidades a las que pertenecen, en virtud
de las facultades conferidas por sus respectivos cargos, y reconociéndose mutuamente
capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda, y a tal efecto,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308011
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