3. Otras disposiciones. . (2024/187-49)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Dirección del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se publica Adenda al Convenio de Colaboración entre el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía y la Diputación Provincial de Jaén sobre el mantenimiento del sistema Callejero Digital de Andalucía Unificado y sobre acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos, infraestructuras de información y servicios cartográficos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 187 - Miércoles, 25 de septiembre de 2024
página 50931/3
• Se modifica el expositivo cuarto sustituyendo «infraestructuras básicas» por
«actividades».
• Se modifica el expositivo quinto sustituyendo «artículo 24 del Plan Estadístico y
Cartográfico de Andalucía 2013-2020 sobre dato único oficial» por «artículo 11 del Plan
Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2023-2029 sobre dato y metadato único».
• Se modifica el expositivo octavo sustituyendo «art. 17.1.a) de la Ley 3/2013, de 24 de
julio» por «art. 20.3 y 20.4 de la Ley 9/2023, de 25 de septiembre».
• Se modifica el expositivo décimo sustituyendo «Que la IDEAndalucía tiene, como
otras infraestructuras de difusión, la consideración de infraestructuras básicas del
Sistema Estadístico y Cartográfico de Andalucía y será objeto de actividades de soporte,
conforme al art. 27.4 de la Ley 3/2013, de 24 de julio» por «Que la IDEAndalucía es
otra de las actividades incluidas en el Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía 20232029».
• Se modifica el expositivo duodécimo sustituyendo «2013-2020» por «2023-2029».
• Se modifica el expositivo decimoquinto quedando como sigue: «Que el Servicio
o Departamento que tenga atribuidas las funciones de coordinación del Sistema de
Información Geográfica y de la Estadística en la Diputación Provincial de Jaén es el
competente en las materias objeto de este Convenio y, en consecuencia, le corresponderán
la coordinación de los compromisos y tareas derivados de este Convenio».
• Se introduce una nueva cláusula (novena) denominada «Tratamiento de datos de
carácter personal», con el texto siguiente:
«El IECA y la Diputación Provincial de Jaén cumplirán respectivamente, como
responsable y encargado de tratamiento, las obligaciones establecidas por el Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo
a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y, específicamente, lo que se establece para cada caso en los artículos 24 y
28, respectivamente.»
• Se introduce una nueva cláusula (décima) denominada «Seguridad», con el texto
siguiente:
«El IECA y la Diputación Provincial de Jaén cumplirán respectivamente, como
responsable y encargado de tratamiento, las medidas de seguridad previstas en el
Esquema Nacional de Seguridad para sistemas de información de nivel básico.»
Y en prueba de conformidad, se formaliza y se firma la presente Adenda,
EL DIRECTOR DEL INSTITUTO DE ESTADÍSTICA
Y CARTOGRAFÍA DE ANDALUCÍA
Fdo.: Francisco Reyes Martínez
00307879
Fdo.: Manuel Ignacio Castaño Sousa
EL PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN
PROVINCIAL DE JAÉN
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 187 - Miércoles, 25 de septiembre de 2024
página 50931/3
• Se modifica el expositivo cuarto sustituyendo «infraestructuras básicas» por
«actividades».
• Se modifica el expositivo quinto sustituyendo «artículo 24 del Plan Estadístico y
Cartográfico de Andalucía 2013-2020 sobre dato único oficial» por «artículo 11 del Plan
Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2023-2029 sobre dato y metadato único».
• Se modifica el expositivo octavo sustituyendo «art. 17.1.a) de la Ley 3/2013, de 24 de
julio» por «art. 20.3 y 20.4 de la Ley 9/2023, de 25 de septiembre».
• Se modifica el expositivo décimo sustituyendo «Que la IDEAndalucía tiene, como
otras infraestructuras de difusión, la consideración de infraestructuras básicas del
Sistema Estadístico y Cartográfico de Andalucía y será objeto de actividades de soporte,
conforme al art. 27.4 de la Ley 3/2013, de 24 de julio» por «Que la IDEAndalucía es
otra de las actividades incluidas en el Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía 20232029».
• Se modifica el expositivo duodécimo sustituyendo «2013-2020» por «2023-2029».
• Se modifica el expositivo decimoquinto quedando como sigue: «Que el Servicio
o Departamento que tenga atribuidas las funciones de coordinación del Sistema de
Información Geográfica y de la Estadística en la Diputación Provincial de Jaén es el
competente en las materias objeto de este Convenio y, en consecuencia, le corresponderán
la coordinación de los compromisos y tareas derivados de este Convenio».
• Se introduce una nueva cláusula (novena) denominada «Tratamiento de datos de
carácter personal», con el texto siguiente:
«El IECA y la Diputación Provincial de Jaén cumplirán respectivamente, como
responsable y encargado de tratamiento, las obligaciones establecidas por el Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo
a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y, específicamente, lo que se establece para cada caso en los artículos 24 y
28, respectivamente.»
• Se introduce una nueva cláusula (décima) denominada «Seguridad», con el texto
siguiente:
«El IECA y la Diputación Provincial de Jaén cumplirán respectivamente, como
responsable y encargado de tratamiento, las medidas de seguridad previstas en el
Esquema Nacional de Seguridad para sistemas de información de nivel básico.»
Y en prueba de conformidad, se formaliza y se firma la presente Adenda,
EL DIRECTOR DEL INSTITUTO DE ESTADÍSTICA
Y CARTOGRAFÍA DE ANDALUCÍA
Fdo.: Francisco Reyes Martínez
00307879
Fdo.: Manuel Ignacio Castaño Sousa
EL PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN
PROVINCIAL DE JAÉN
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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