3. Otras disposiciones. . (2024/187-49)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Dirección del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se publica Adenda al Convenio de Colaboración entre el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía y la Diputación Provincial de Jaén sobre el mantenimiento del sistema Callejero Digital de Andalucía Unificado y sobre acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos, infraestructuras de información y servicios cartográficos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 187 - Miércoles, 25 de septiembre de 2024
página 50931/2
E XPONEN
Primero. Que con fecha 11 de septiembre de 2020 se suscribió el Convenio de
Colaboración entre el IECA y la Diputación Provincial de Jaén, sobre el mantenimiento
del sistema Callejero Digital de Andalucía Unificado (en adelante, CDAU) y sobre
acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos, infraestructuras de
información y servicios cartográficos.
Segundo. Que la cláusula séptima del mencionado Convenio, relativa a la vigencia
del mismo, estipula que la misma será por un periodo de cuatro años (a contar desde la
fecha de su firma, el 11 de septiembre de 2020) y prorrogable por acuerdo expreso de las
Partes por otro período de igual duración, de acuerdo con el apartado h) del artículo 49
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercero. Que la Comisión de Seguimiento se reunió el día 22 de mayo de 2024 y, entre
los puntos del orden del día, analizó los efectos derivados del Real Decreto 141/2024, de 6
de febrero, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial
de las Entidades Locales, que contempla un padrón basado en un nuevo modelo de
datos y en nuevos sistemas de intercambio de la información padronal y, seguidamente,
trató la propuesta de modificación y prórroga del Convenio, indicando que la misma se
efectuará mediante la suscripción de una Adenda, incorporando dos cláusulas relativas al
tratamiento de datos de carácter personal y la seguridad.
Cuarto. Que siendo el próximo 10 de septiembre de 2024 el vencimiento de la vigencia
del Convenio, ambas partes están interesadas en prorrogarlo y modificarlo, de acuerdo
con las siguientes
CL ÁUSUL AS
Primera. Objeto de la Adenda.
Constituye el objeto de la presente Adenda prorrogar y modificar el Convenio de
Colaboración suscrito el 11 de septiembre de 2020 sobre el mantenimiento del sistema
CDAU y sobre acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos,
infraestructuras de información y servicios cartográficos, adaptando la parte expositiva
a lo establecido en la Ley 9/2023, de 25 de septiembre, por la que se aprueba el Plan
Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2023-2029, manteniendo el clausulado actual e
incorporando dos cláusulas nuevas relativas al tratamiento de datos de carácter personal
y la seguridad.
Tercera. Modificación del Convenio.
Se modifica el Convenio al que se refiere la presente Adenda conforme a lo
establecido a continuación:
• Se modifica el expositivo primero sustituyendo «Consejería de Economía,
Conocimiento, Empresas y Universidad» por «Consejería de Economía, Hacienda y
Fondos Europeos».
• Se modifica el expositivo tercero quedando como sigue: «Que en el ejercicio de
estas competencias el IECA está desarrollando bajo su responsabilidad y coordinación un
conjunto de actividades que se encuentran incluidas en el Plan Estadístico y Cartográfico
de Andalucía 2023-2029».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307879
Segunda. Prórroga.
Se prorroga el Convenio al que se refiere la presente Adenda hasta el 9 de septiembre
de 2028.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 187 - Miércoles, 25 de septiembre de 2024
página 50931/2
E XPONEN
Primero. Que con fecha 11 de septiembre de 2020 se suscribió el Convenio de
Colaboración entre el IECA y la Diputación Provincial de Jaén, sobre el mantenimiento
del sistema Callejero Digital de Andalucía Unificado (en adelante, CDAU) y sobre
acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos, infraestructuras de
información y servicios cartográficos.
Segundo. Que la cláusula séptima del mencionado Convenio, relativa a la vigencia
del mismo, estipula que la misma será por un periodo de cuatro años (a contar desde la
fecha de su firma, el 11 de septiembre de 2020) y prorrogable por acuerdo expreso de las
Partes por otro período de igual duración, de acuerdo con el apartado h) del artículo 49
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercero. Que la Comisión de Seguimiento se reunió el día 22 de mayo de 2024 y, entre
los puntos del orden del día, analizó los efectos derivados del Real Decreto 141/2024, de 6
de febrero, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial
de las Entidades Locales, que contempla un padrón basado en un nuevo modelo de
datos y en nuevos sistemas de intercambio de la información padronal y, seguidamente,
trató la propuesta de modificación y prórroga del Convenio, indicando que la misma se
efectuará mediante la suscripción de una Adenda, incorporando dos cláusulas relativas al
tratamiento de datos de carácter personal y la seguridad.
Cuarto. Que siendo el próximo 10 de septiembre de 2024 el vencimiento de la vigencia
del Convenio, ambas partes están interesadas en prorrogarlo y modificarlo, de acuerdo
con las siguientes
CL ÁUSUL AS
Primera. Objeto de la Adenda.
Constituye el objeto de la presente Adenda prorrogar y modificar el Convenio de
Colaboración suscrito el 11 de septiembre de 2020 sobre el mantenimiento del sistema
CDAU y sobre acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos,
infraestructuras de información y servicios cartográficos, adaptando la parte expositiva
a lo establecido en la Ley 9/2023, de 25 de septiembre, por la que se aprueba el Plan
Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2023-2029, manteniendo el clausulado actual e
incorporando dos cláusulas nuevas relativas al tratamiento de datos de carácter personal
y la seguridad.
Tercera. Modificación del Convenio.
Se modifica el Convenio al que se refiere la presente Adenda conforme a lo
establecido a continuación:
• Se modifica el expositivo primero sustituyendo «Consejería de Economía,
Conocimiento, Empresas y Universidad» por «Consejería de Economía, Hacienda y
Fondos Europeos».
• Se modifica el expositivo tercero quedando como sigue: «Que en el ejercicio de
estas competencias el IECA está desarrollando bajo su responsabilidad y coordinación un
conjunto de actividades que se encuentran incluidas en el Plan Estadístico y Cartográfico
de Andalucía 2023-2029».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307879
Segunda. Prórroga.
Se prorroga el Convenio al que se refiere la presente Adenda hasta el 9 de septiembre
de 2028.