3. Otras disposiciones. . (2024/186-36)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la Fundación Emilio Garrido Pérez.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 186 - Martes, 24 de septiembre de 2024

página 50880/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de
Andalucía la Fundación Emilio Garrido Pérez.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción de procedimiento de constitución
en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Emilio Garrido Pérez, sobre
la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación Emilio Garrido Pérez fue constituida en escritura pública otorgada
el 27.6.2024, ante doña María Elena Ramos González, Notaria del Ilustre Colegio de
Andalucía, registrada con el número 763 de su protocolo, y rectificada por escritura de
fecha 12.9.2024, autorizada por la misma Notaria, con el número 984 de su protocolo.
Segundo. Fines.
Los fines de interés general de la fundación, de acuerdo con lo dispuesto en sus
estatutos, son los siguientes:
La dotación de becas de estudio para enseñanza superior o mejora de su currículum
académico personal a favor de jóvenes naturales de Baeza con dificultades económicas
para llevarlas a cabo y siempre y cuando continúen sus estudios con aprovechamiento.
Tercero. Domicilio y ámbito de actuación.
El domicilio de la Fundación ha quedado establecido en c/ Sacramento, núm. 24,
23440 Baeza (Jaén), y el ámbito de actuación, conforme dispone la norma estatutaria, se
extiende al municipio de Baeza.
Cuarto. Dotación.
La dotación inicial de la Fundación está constituida por una aportación no dineraria
valorada en la suma de ciento ochenta y cuatro mil trescientos noventa euros con
veintinueve céntimos (184.390,29 euros).
Quinto. Patronato.
Presidente: Antonio Garrido Almonacid.
Secretario: Francisco Manuel Pérez Arco.
Vocal: Pedro Javier Cabrera Rentero.

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: El artículo 34 de
la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general;
el artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto
de Autonomía para Andalucía; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la
Comunidad Autónoma de Andalucía; el Reglamento de organización y funcionamiento
del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de
octubre; y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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