3. Otras disposiciones. . (2024/186-22)
Resolución de 16 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul, por la que se emplaza a los propietarios y/o armadores de las embarcaciones marisqueras con arte de rastro o dragas mecanizadas, dedicadas a la captura de moluscos bivalvos en Andalucía con puerto base en el litoral del Mediterráneo registradas en la sección primera, a fin de que aporten sus datos de contacto.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 186 - Martes, 24 de septiembre de 2024
página 50834/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
En desarrollo del Decreto 387/2010, de 19 de octubre, y dando cumplimiento al Reglamento
(CE) núm. 1967/2006 del Consejo, de 21 de diciembre de 2006, se estableció mediante
la Orden de 24 de marzo de 2014, un Plan de Gestión para la pesquería de rastros o
dragas mecanizadas en el litoral Mediterráneo de Andalucía, con objeto de regular la
explotación sostenible de los moluscos bivalvos, concretamente de las especies chirla,
coquina, concha fina y corruco.
El artículo 16 de la Orden de 24 de marzo de 2014, establece que «anualmente, la
Consejería competente en materia de pesca y marisqueo, en función de los resultados
de los informes científicos de evaluación y seguimiento de la pesquería, decidirá,
mediante la modificación del presente Plan de Gestión, sobre la necesidad de adoptar
medidas adicionales de ajuste y control del esfuerzo pesquero, y en su caso, los valores
de capturas total anual, umbral mínimo medio anual de captura o los porcentajes de
reducción de esfuerzo necesarios, así como el periodo necesario para cumplir con estos
objetivos de reducción».
En este sentido, la citada Orden de 24 de marzo de 2014, ha sido modificada por
Orden de 29 de diciembre de 2014, por Orden de 1 de marzo de 2017 y por Orden de 29
de diciembre de 2019, con objeto de continuar la actividad marisquera y siempre con la
supervisión del Comité Científico Técnico de la Comisión Europea.
La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, en colaboración con
el Instituto Español de Oceanografía y el propio sector, ha mantenido un seguimiento
científico de forma continuada y constante para conocer la situación real del caladero del
mediterráneo en todo momento.
Con fecha 31 de julio de 2024, se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
la Orden de 24 de julio de 2024, por la que se modifica la Orden de 24 de marzo de
2014, por la que se establece un Plan de Gestión para la pesquería de rastros o dragas
mecanizadas en el litoral mediterráneo de Andalucía, cuya entrada en vigor comenzó el
día 1 de agosto de 2024, con objeto de mantener la actividad pesquera de este sector
marisquero en el litoral Mediterráneo Andaluz.
Considerando que en la citada orden se establece una modificación del artículo 6.4
de la Orden de 24 de marzo de 2014, con la obligatoriedad que tienen las embarcaciones
autorizadas para capturar moluscos bivalvos con rastros o dragas mecanizadas en el
litoral Mediterráneo Andaluz de llevar instalado y en funcionamiento un dispositivo de
localización vía satélite denominado «Caja Verde».
Y teniendo en cuenta que los datos de contacto de los propietarios y/o armadores,
pertenecientes al registro de embarcaciones con arte de rastro y/o draga mecanizada,
dedicadas a la captura de moluscos bivalvos en Andalucía con puerto base en el litoral
del Mediterráneo (sección primera), se encuentran en estos momentos desactualizados.
Considerando las competencias que esta Dirección General tiene atribuidas de acuerdo
con el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería, en uso de las facultades conferidas en la citada Orden de 24 de marzo
de 2014,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307782
Resolución de 16 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Pesca,
Acuicultura y Economía Azul, por la que se emplaza a los propietarios y/o
armadores de las embarcaciones marisqueras con arte de rastro o dragas
mecanizadas, dedicadas a la captura de moluscos bivalvos en Andalucía con
puerto base en el litoral del Mediterráneo registradas en la sección primera, a
fin de que aporten sus datos de contacto.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 186 - Martes, 24 de septiembre de 2024
página 50834/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
En desarrollo del Decreto 387/2010, de 19 de octubre, y dando cumplimiento al Reglamento
(CE) núm. 1967/2006 del Consejo, de 21 de diciembre de 2006, se estableció mediante
la Orden de 24 de marzo de 2014, un Plan de Gestión para la pesquería de rastros o
dragas mecanizadas en el litoral Mediterráneo de Andalucía, con objeto de regular la
explotación sostenible de los moluscos bivalvos, concretamente de las especies chirla,
coquina, concha fina y corruco.
El artículo 16 de la Orden de 24 de marzo de 2014, establece que «anualmente, la
Consejería competente en materia de pesca y marisqueo, en función de los resultados
de los informes científicos de evaluación y seguimiento de la pesquería, decidirá,
mediante la modificación del presente Plan de Gestión, sobre la necesidad de adoptar
medidas adicionales de ajuste y control del esfuerzo pesquero, y en su caso, los valores
de capturas total anual, umbral mínimo medio anual de captura o los porcentajes de
reducción de esfuerzo necesarios, así como el periodo necesario para cumplir con estos
objetivos de reducción».
En este sentido, la citada Orden de 24 de marzo de 2014, ha sido modificada por
Orden de 29 de diciembre de 2014, por Orden de 1 de marzo de 2017 y por Orden de 29
de diciembre de 2019, con objeto de continuar la actividad marisquera y siempre con la
supervisión del Comité Científico Técnico de la Comisión Europea.
La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, en colaboración con
el Instituto Español de Oceanografía y el propio sector, ha mantenido un seguimiento
científico de forma continuada y constante para conocer la situación real del caladero del
mediterráneo en todo momento.
Con fecha 31 de julio de 2024, se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
la Orden de 24 de julio de 2024, por la que se modifica la Orden de 24 de marzo de
2014, por la que se establece un Plan de Gestión para la pesquería de rastros o dragas
mecanizadas en el litoral mediterráneo de Andalucía, cuya entrada en vigor comenzó el
día 1 de agosto de 2024, con objeto de mantener la actividad pesquera de este sector
marisquero en el litoral Mediterráneo Andaluz.
Considerando que en la citada orden se establece una modificación del artículo 6.4
de la Orden de 24 de marzo de 2014, con la obligatoriedad que tienen las embarcaciones
autorizadas para capturar moluscos bivalvos con rastros o dragas mecanizadas en el
litoral Mediterráneo Andaluz de llevar instalado y en funcionamiento un dispositivo de
localización vía satélite denominado «Caja Verde».
Y teniendo en cuenta que los datos de contacto de los propietarios y/o armadores,
pertenecientes al registro de embarcaciones con arte de rastro y/o draga mecanizada,
dedicadas a la captura de moluscos bivalvos en Andalucía con puerto base en el litoral
del Mediterráneo (sección primera), se encuentran en estos momentos desactualizados.
Considerando las competencias que esta Dirección General tiene atribuidas de acuerdo
con el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería, en uso de las facultades conferidas en la citada Orden de 24 de marzo
de 2014,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307782
Resolución de 16 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Pesca,
Acuicultura y Economía Azul, por la que se emplaza a los propietarios y/o
armadores de las embarcaciones marisqueras con arte de rastro o dragas
mecanizadas, dedicadas a la captura de moluscos bivalvos en Andalucía con
puerto base en el litoral del Mediterráneo registradas en la sección primera, a
fin de que aporten sus datos de contacto.