3. Otras disposiciones. . (2024/184-30)
Resolución de 13 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Participación e Inclusión Educativa, por la que se establece el calendario para el desarrollo de las elecciones de representantes en los Consejos de Centro de los Institutos Provinciales de Educación Permanente de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el curso 2024/2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 184 - Viernes, 20 de septiembre de 2024
página 50685/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 13 de septiembre de 2024, de la Dirección General de
Participación e Inclusión Educativa, por la que se establece el calendario para
el desarrollo de las elecciones de representantes en los Consejos de Centro
de los Institutos Provinciales de Educación Permanente de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, para el curso 2024/2025.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 126.6 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación, corresponde a la Administración Educativa regular el proceso de
elección de los miembros de los Consejos Escolares de los Centros Públicos.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 135 de la Ley 17/2007, de 10 de
diciembre, de Educación de Andalucía, la Consejería competente en materia de
educación ha de arbitrar las medidas necesarias para impulsar la participación de los
distintos sectores de la comunidad educativa en estos órganos colegiados de gobierno.
Los Consejos Escolares reciben la denominación de Consejos de Centro en los
Centros Específicos de Educación Permanente de personas adultas en el artículo 109.3
de la citada de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre.
En aplicación del artículo 38 del Decreto de 159/2002, de 28 de mayo, por el que
se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos Provinciales de Formación para
Adultos, el procedimiento para la elección y renovación de los Consejos de Centro se
desarrollará cada dos años y en el primer trimestre del curso académico correspondiente.
En virtud de ello, con objeto de aplicar lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3
de mayo, en los procesos electorales para la renovación y constitución de los Consejos
de Centro que se celebrarán en el curso 2024/2025, así como para establecer el
correspondiente calendario, y de acuerdo con en artículo 12 del Decreto 164/2024, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional,
Primero. Establecer el siguiente calendario para los procesos electorales para
la renovación y constitución de los Consejos de Centro, que se llevarán a cabo en los
Institutos Provinciales de Educación Permanente:
1. Generación de los Censos Electorales para su correspondiente publicación: de los
distintos sectores, entre el 1 y 7 de octubre de 2024 (ambos inclusive).
2. Constitución de la Junta Electoral: Entre los días 30 de septiembre y 7 de octubre
de 2024 (ambos inclusive).
3. Publicación definitiva del Censo para Publicación, tras las reclamaciones: Antes
del 14 de octubre de 2024.
4. Admisión de candidaturas: Entre los días 14 y 25 de octubre de 2024 (ambos inclusive).
5. Publicación de la lista provisional de candidatos y candidatas: 28 de octubre de 2024.
6. Publicación de la lista definitiva de candidatos y candidatas: 31 de octubre de 2024.
7. Campaña electoral: Del 4 al 14 de noviembre de 2024 (ambos inclusive).
8. Confección de las papeletas de voto: Antes del día 7 de noviembre de 2024.
9. Generación de los Censos de Consulta Interna: 18 de noviembre de 2024.
10. Celebración de las elecciones. Tendrá lugar durante los siguientes días:
a) Elecciones del sector del alumnado: 20 de noviembre.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307633
RESU ELVO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 184 - Viernes, 20 de septiembre de 2024
página 50685/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 13 de septiembre de 2024, de la Dirección General de
Participación e Inclusión Educativa, por la que se establece el calendario para
el desarrollo de las elecciones de representantes en los Consejos de Centro
de los Institutos Provinciales de Educación Permanente de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, para el curso 2024/2025.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 126.6 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación, corresponde a la Administración Educativa regular el proceso de
elección de los miembros de los Consejos Escolares de los Centros Públicos.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 135 de la Ley 17/2007, de 10 de
diciembre, de Educación de Andalucía, la Consejería competente en materia de
educación ha de arbitrar las medidas necesarias para impulsar la participación de los
distintos sectores de la comunidad educativa en estos órganos colegiados de gobierno.
Los Consejos Escolares reciben la denominación de Consejos de Centro en los
Centros Específicos de Educación Permanente de personas adultas en el artículo 109.3
de la citada de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre.
En aplicación del artículo 38 del Decreto de 159/2002, de 28 de mayo, por el que
se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos Provinciales de Formación para
Adultos, el procedimiento para la elección y renovación de los Consejos de Centro se
desarrollará cada dos años y en el primer trimestre del curso académico correspondiente.
En virtud de ello, con objeto de aplicar lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3
de mayo, en los procesos electorales para la renovación y constitución de los Consejos
de Centro que se celebrarán en el curso 2024/2025, así como para establecer el
correspondiente calendario, y de acuerdo con en artículo 12 del Decreto 164/2024, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional,
Primero. Establecer el siguiente calendario para los procesos electorales para
la renovación y constitución de los Consejos de Centro, que se llevarán a cabo en los
Institutos Provinciales de Educación Permanente:
1. Generación de los Censos Electorales para su correspondiente publicación: de los
distintos sectores, entre el 1 y 7 de octubre de 2024 (ambos inclusive).
2. Constitución de la Junta Electoral: Entre los días 30 de septiembre y 7 de octubre
de 2024 (ambos inclusive).
3. Publicación definitiva del Censo para Publicación, tras las reclamaciones: Antes
del 14 de octubre de 2024.
4. Admisión de candidaturas: Entre los días 14 y 25 de octubre de 2024 (ambos inclusive).
5. Publicación de la lista provisional de candidatos y candidatas: 28 de octubre de 2024.
6. Publicación de la lista definitiva de candidatos y candidatas: 31 de octubre de 2024.
7. Campaña electoral: Del 4 al 14 de noviembre de 2024 (ambos inclusive).
8. Confección de las papeletas de voto: Antes del día 7 de noviembre de 2024.
9. Generación de los Censos de Consulta Interna: 18 de noviembre de 2024.
10. Celebración de las elecciones. Tendrá lugar durante los siguientes días:
a) Elecciones del sector del alumnado: 20 de noviembre.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307633
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