Disposiciones generales. . (2024/184-2)
Orden de 16 de septiembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 22 de mayo de 2024, por la que se efectúa la convocatoria del procedimiento para la concesión de las ayudas para inversiones en comercialización y transformación de los productos pesqueros y acuícolas, al amparo de la Orden de 26 de octubre de 2023, y de su Extracto, y se da publicidad al incremento del crédito disponible en la referida convocatoria.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 184 - Viernes, 20 de septiembre de 2024
página 50697/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 16 de septiembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 22 de
mayo de 2024, por la que se efectúa la convocatoria del procedimiento para la
concesión de las ayudas para inversiones en comercialización y transformación
de los productos pesqueros y acuícolas, al amparo de la Orden de 26 de
octubre de 2023, y de su Extracto, y se da publicidad al incremento del crédito
disponible en la referida convocatoria.
Línea de ayuda
Ayudas para inversiones
en comercialización y
transformación de los
productos pesqueros y
acuícolas
Entidades
beneficiarias
Partida presupuestaria
Personas y
entidades
privadas
1400120000/G/71P/77300/00/
G4220402A6
2024
Cuantía máxima
2025
2026
1.000.000,00 €
2.000.000,00 €
2.000.000,00 €
Una vez recibidas las solicitudes de ayudas, para poder atender el importe total de
ayuda solicitada y teniendo en cuenta que existe disponibilidad de crédito, se considera
conveniente incrementar el crédito en la cuantía de 7.467.437,22 euros para las ayudas a
inversiones en comercialización y transformación de los productos pesqueros y acuícolas.
En el punto 4 del resuelvo tercero de la citada orden de convocatoria, así como
en el punto 3 del apartado segundo del Extracto de la citada convocatoria, publicado
en el mismo BOJA, se recoge que, además del crédito máximo disponible para esta
convocatoria, excepcionalmente se podrá contar con una cuantía adicional máxima
de hasta 1.000.000,00 euros, cuya aplicación a la concesión no requerirá una nueva
convocatoria, cuantía que podría incorporarse a la cuantía máxima indicada con
anterioridad a que se dicte la resolución de concesión, como consecuencia de un aumento
de crédito disponible derivado de una generación, una ampliación o una incorporación
de crédito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.d) del Reglamento de los
Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de
Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo. La declaración del aumento
de crédito se publicará por quien lleva a cabo la presente convocatoria y por el mismo
medio de esta, sin que tal publicidad lleve aparejada la apertura de un nuevo plazo de
presentación de solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar y
publicar la resolución correspondiente.
Al ser la cuantía adicional máxima indicada en la orden de convocatoria insuficiente
para poder atender el importe total de ayuda solicitada, se considera necesario modificar
la citada orden para incrementar la cuantía adicional máxima hasta 10.000.000,00 euros.
Por todo lo expuesto, de conformidad con la normativa citada así como la de general
aplicación,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307680
Mediante la Orden de 22 de mayo de 2024 (BOJA núm. 108, de 5 de junio de 2024) se
efectúa la convocatoria del procedimiento para la concesión de las ayudas para inversiones
en comercialización y transformación de los productos pesqueros y acuícolas, al amparo
de la Orden de 26 de octubre de 2023 (disponibles en el código de procedimiento 25187,
a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica general de la
Administración de la Junta de Andalucía, a través del siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25187.html)
por un importe de 5.000.000,00 euros, con la siguiente distribución presupuestaria:
BOJA
Número 184 - Viernes, 20 de septiembre de 2024
página 50697/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 16 de septiembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 22 de
mayo de 2024, por la que se efectúa la convocatoria del procedimiento para la
concesión de las ayudas para inversiones en comercialización y transformación
de los productos pesqueros y acuícolas, al amparo de la Orden de 26 de
octubre de 2023, y de su Extracto, y se da publicidad al incremento del crédito
disponible en la referida convocatoria.
Línea de ayuda
Ayudas para inversiones
en comercialización y
transformación de los
productos pesqueros y
acuícolas
Entidades
beneficiarias
Partida presupuestaria
Personas y
entidades
privadas
1400120000/G/71P/77300/00/
G4220402A6
2024
Cuantía máxima
2025
2026
1.000.000,00 €
2.000.000,00 €
2.000.000,00 €
Una vez recibidas las solicitudes de ayudas, para poder atender el importe total de
ayuda solicitada y teniendo en cuenta que existe disponibilidad de crédito, se considera
conveniente incrementar el crédito en la cuantía de 7.467.437,22 euros para las ayudas a
inversiones en comercialización y transformación de los productos pesqueros y acuícolas.
En el punto 4 del resuelvo tercero de la citada orden de convocatoria, así como
en el punto 3 del apartado segundo del Extracto de la citada convocatoria, publicado
en el mismo BOJA, se recoge que, además del crédito máximo disponible para esta
convocatoria, excepcionalmente se podrá contar con una cuantía adicional máxima
de hasta 1.000.000,00 euros, cuya aplicación a la concesión no requerirá una nueva
convocatoria, cuantía que podría incorporarse a la cuantía máxima indicada con
anterioridad a que se dicte la resolución de concesión, como consecuencia de un aumento
de crédito disponible derivado de una generación, una ampliación o una incorporación
de crédito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.d) del Reglamento de los
Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de
Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo. La declaración del aumento
de crédito se publicará por quien lleva a cabo la presente convocatoria y por el mismo
medio de esta, sin que tal publicidad lleve aparejada la apertura de un nuevo plazo de
presentación de solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar y
publicar la resolución correspondiente.
Al ser la cuantía adicional máxima indicada en la orden de convocatoria insuficiente
para poder atender el importe total de ayuda solicitada, se considera necesario modificar
la citada orden para incrementar la cuantía adicional máxima hasta 10.000.000,00 euros.
Por todo lo expuesto, de conformidad con la normativa citada así como la de general
aplicación,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307680
Mediante la Orden de 22 de mayo de 2024 (BOJA núm. 108, de 5 de junio de 2024) se
efectúa la convocatoria del procedimiento para la concesión de las ayudas para inversiones
en comercialización y transformación de los productos pesqueros y acuícolas, al amparo
de la Orden de 26 de octubre de 2023 (disponibles en el código de procedimiento 25187,
a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica general de la
Administración de la Junta de Andalucía, a través del siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25187.html)
por un importe de 5.000.000,00 euros, con la siguiente distribución presupuestaria: