Disposiciones generales. . (2024/184-1)
Orden de 16 de septiembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 10 de abril de 2024, por la que se convocan las ayudas previstas en la Orden de 13 de marzo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, de los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola Andaluz, durante el periodo de ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, así como su extracto, y se da publicidad al incremento del crédito disponible de la referida convocatoria.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 184 - Viernes, 20 de septiembre de 2024

página 50695/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 16 de septiembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 10
de abril de 2024, por la que se convocan las ayudas previstas en la Orden de
13 de marzo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de las ayudas a proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo
Local Participativo, de los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero y
Acuícola Andaluz, durante el periodo de ejecución del marco del Fondo Europeo
Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, así como su extracto, y se da
publicidad al incremento del crédito disponible de la referida convocatoria.
Mediante Orden de 10 de abril de 2024 se convocan las ayudas previstas en la Orden de
13 de marzo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión
de las ayudas a proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo,
de los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola Andaluz, durante el
periodo de ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura
2021-2027 (disponibles en el código de procedimiento 25430, a través del Catálogo de
Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica General de la Administración de la
Junta de Andalucía, a través del siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25430.html) y
que cuenta con el siguiente crédito máximo disponible:

Cofradías de pescadores, sus
federaciones y otras entidades públicas
Municipios
Personas y entidades privadas
Entidades sin ánimo de lucro

Cuantía máxima (€)
2024
2025

Partida presupuestaria
140012000 G/71P/74200/00 G4310214A6 2023000227

223.740,00

123.160,00

140012000 G/71P/76300/00G4310214A6 2023000226
140012000 G/71P/77300/00 G4310214A6 2023000224
140012000 G/71P/78300/00 G4310214A6 2023000223
TOTAL

223.740,00
447.480,00
223.740,00
1.118.700,00

123.160,00
246.320,00
123.160,00
615.800,00

Una vez recibidas las solicitudes de ayudas, para poder atender el importe total de
ayuda solicitada y teniendo en cuenta que existe disponibilidad de crédito, se considera
conveniente incrementar el crédito en la cuantía de 2.204.156,41 € para las ayudas a
proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, de los Grupos de
Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola Andaluz.
En el punto siete del resuelvo tercero de la citada orden de convocatoria, así como
en el punto siete del apartado cuarto de su extracto, ambos publicados en BOJA núm.
78, de 23 de abril de 2024, se recoge que, además del crédito máximo disponible
para esta convocatoria, excepcionalmente se podrá contar con una cuantía adicional
máxima de hasta 500.000,00 euros, cuya aplicación a la concesión no requerirá una
nueva convocatoria, cuantía que podría incorporarse a la cuantía máxima indicada con
anterioridad a que se dicte la resolución de concesión, como consecuencia de un aumento
de crédito disponible derivado de una generación, una ampliación o una incorporación
de crédito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.d) del Reglamento de los
Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de
Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo. La declaración del aumento
de crédito se publicará por quien lleva a cabo la presente convocatoria y por el mismo
medio de esta, sin que tal publicidad lleve aparejada la apertura de un nuevo plazo de
presentación de solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar y
publicar la resolución correspondiente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00307643

Tipo de entidad beneficiaria