3. Otras disposiciones. . (2024/183-25)
Orden de 11 de septiembre de 2024, por la que se aprueba el convenio tipo de colaboración entre el centro docente público y la empresa o institución para la realización de las prácticas externas en las enseñanzas artísticas superiores de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 183 - Jueves, 19 de septiembre de 2024

página 50633/2

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Ordenación y Evaluación
Educativa, y en ejercicio de la potestad que me confiere el artículo 44.2 de la Ley 6/2006,
de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
DISPONGO
Primero. Aprobación del convenio tipo.
Se aprueba el convenio tipo de colaboración entre el centro docente público y la
empresa o institución para la realización de las prácticas externas en las enseñanzas
artísticas superiores de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se recoge como
anexo a la presente orden.
Segundo. Suscripción del convenio tipo.
El modelo de convenio tipo aprobado por la presente orden deberá suscribirse
obligatoriamente para la realización de prácticas externas por todos los centros docentes
públicos de enseñanzas artísticas superiores de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
A tal efecto, se facilitará a los centros docentes el acceso y cumplimentación de dicho
modelo a través del sistema de información Séneca.
Tercero. Delegación de firma.
Se delega en las personas titulares de la dirección de los centros docentes de
enseñanzas artísticas superiores la firma de los convenios que, siguiendo este modelo,
suscriban dichos centros con las empresas o instituciones colaboradoras, cuando
se trate de centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional, sin perjuicio de lo dispuesto para las Escuelas de
Arte y Superiores de Diseño, de acuerdo con el apartado 3.c) del artículo 50 del Decreto
91/2023, de 18 de abril, por el que se crean las Escuelas de Arte Superiores de Diseño
dependientes de la Consejería competente en materia de educación en la Comunidad
Autónoma de Andalucía y se aprueba el Reglamento Orgánico de las mismas.
Cuarto. Habilitación para aprobar la modificación del modelo de convenio tipo.
Se habilita a la persona titular de la Dirección General competente en materia de
ordenación de enseñanzas artísticas superiores para aprobar, mediante resolución y tras
su correspondiente tramitación, las posibles modificaciones del modelo de convenio tipo
de colaboración, la cual habrá de publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Quinto. Vigencia.
La vigencia del modelo de convenio tipo será, de conformidad con el artículo 49,
apartado h), de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
de cuatro años, pudiendo prorrogarse antes de la finalización de este plazo, por un
periodo de hasta cuatro años adicionales.
Sexto. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 11 de septiembre de 2024
Consejera de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA