Autoridades y personal. . (2024/182-25)
Resolución de 11 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo para la cobertura de vacantes correspondientes al Grupo V del personal laboral incluido en el Convenio Colectivo de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante concurso de promoción derivado de las Ofertas de Empleo Público para los años 2022 y 2023.
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Número 182 - Miércoles, 18 de septiembre de 2024

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Dichas listas se harán públicas y se expondrán en la web de Emplead@, otorgándose
un plazo de diez días hábiles para la presentación por vía telemática de alegaciones,
a través de esa web. Durante este mismo plazo y por esa misma vía, las personas
aspirantes podrán presentar su desistimiento.
2. Finalizado el plazo mencionado en el apartado anterior, por acuerdo de la
comisión de selección se harán públicos los listados definitivos de personas aspirantes
seleccionadas. Contra dicho acuerdo se podrá presentar demanda ante el Juzgado de lo
Social, en el plazo de veinte días, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 del
Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en relación con lo previsto en
los artículos 69 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre.
3. Al objeto de garantizar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 10
del Decreto 93/2006, de 22 de mayo, las personas con discapacidad que resulten
seleccionadas que necesiten adaptaciones que hayan de ser tenidas en cuenta por la
Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública para realizar la oferta de
vacantes, deberán comunicarlo en el plazo de diez días hábiles contados a partir del
día siguiente al de la publicación de la relación definitiva de personas seleccionadas,
mediante escrito dirigido a ésta.
A tales efectos, la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública les
podrá requerir la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada,
así como el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y
de la compatibilidad con el desempeño de las funciones y tareas del puesto concreto a
ocupar. El dictamen será expedido por los órganos técnicos de la administración laboral,
sanitaria o asistencial correspondiente de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La Consejería, el organismo o entidad a la que esté adscrito el puesto de trabajo
será la encargada de la valoración, la realización y la financiación de las adaptaciones
necesarias para la incorporación de la persona con discapacidad.
4. La Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública podrá realizar una
oferta de vacantes diferenciada para el turno de personas con discapacidad. En este
supuesto, las personas con discapacidad seleccionadas podrán optar por elegir destino,
según el orden establecido en el proceso selectivo, bien de entre las plazas ofertadas
en el turno libre, o de entre las vacantes ofertadas para el turno de personas con
discapacidad.
5. Por resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública,
que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se ofertará relación
de plazas para que las personas seleccionadas y aquellas que integran la relación
complementaria confeccionada conforme al apartado 7 de la presente base, de forma
telemática y a través de la web de Emplead@, realicen petición de destinos en un plazo
de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación, que serán
adjudicados por orden de puntuación.
Será en este momento cuando las personas aspirantes seleccionadas y aquellas
que integran la relación complementaria deberán acreditar la capacidad funcional para
el desempeño de las tareas habituales de la categoría a la que se aspira. En el caso
de participar por el turno libre, la acreditación de la capacidad funcional por parte de
quienes se encuentren en situación de servicio activo se realizará mediante la aportación
de declaración responsable. En el caso de aspirantes con discapacidad deberán aportar
certificado expedido por la Consejería de la Junta de Andalucía competente en la
materia, o en su caso, por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, en el que conste
su capacidad para el desempeño de las funciones correspondientes a la categoría a que
se aspira.
Asimismo, en el caso de optar por puesto que en la relación de puestos de trabajo
tengan asignada la característica singular «Contacto Habitual con Menores», habrá de
aportarse certificación negativa emitida por el Registro Central de Delincuentes Sexuales
de inexistencia de antecedentes por delitos sexuales. Si no lo aportara, la persona
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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