Autoridades y personal. . (2024/182-25)
Resolución de 11 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo para la cobertura de vacantes correspondientes al Grupo V del personal laboral incluido en el Convenio Colectivo de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante concurso de promoción derivado de las Ofertas de Empleo Público para los años 2022 y 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 182 - Miércoles, 18 de septiembre de 2024

página 50558/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 11 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo para
la cobertura de vacantes correspondientes al Grupo V del personal laboral
incluido en el Convenio Colectivo de la Administración de la Junta de Andalucía,
mediante concurso de promoción derivado de las Ofertas de Empleo Público
para los años 2022 y 2023.

En su virtud, esta Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, en
cumplimiento de dichas previsiones, y conforme al modelo de bases negociado en las
sesiones de la Comisión del VI Convenio Colectivo de 7 de mayo de 2020 y de 25 de
julio de 2022, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 12.1.c) del
Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de la Justicia, Administración Local y Función Pública, resuelve convocar
concurso de promoción para la cobertura de vacantes correspondientes al grupo
profesional V, con sujeción a las siguientes
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00307507

El artículo 17 del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de
la Junta de Andalucía establece que el concurso de promoción constituye el sistema
por el cual el personal laboral fijo o fijo discontinuo accede a una categoría profesional
diferente, dentro del mismo grupo o de uno superior, en función de la experiencia y del
mérito profesional, siempre que se cumplan los requisitos exigidos para acceder a la
categoría profesional de que se trate.
El Decreto 566/2022, de 20 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo
Público correspondiente al año 2022 (BOJA núm. 245, de 23 de diciembre), incluye el
número determinado de plazas, distribuidas por grupos y categorías profesionales, que
se establecen para la promoción del personal laboral. Así mismo, en el Decreto 288/2023,
de 27 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente
al año 2023 (BOJA extraordinario núm. 27, de 27 de diciembre), también se incluyen
plazas para la promoción del personal laboral.
En este último decreto se recoge que las plazas que contempla la Oferta de Empleo
Público de 2023 se podrán convocar conjuntamente con las plazas correspondientes a
las ofertas de empleo público de años anteriores que no hayan sido convocadas a la
fecha de publicación del referido decreto.
La Comisión del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la
Junta de Andalucía, en su reunión de fecha 8 de febrero de 2024, acordó la acumulación
de los procesos derivados de las Ofertas de Empleo Público correspondientes a los años
2022 y 2023, determinándose que sus convocatorias se realizarían de forma conjunta.
La Comisión Negociadora del VII Convenio Colectivo del Personal Laboral de la
Administración de la Junta de Andalucía, en su reunión de fecha 26 de abril de 2024,
acordó la modificación de los artículos 17 y 19 del actual Convenio Colectivo en el sentido
de eliminar para todas las categorías profesionales la exigencia de superación de un
curso de habilitación y del periodo de prueba.
Por su parte, en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2023, de 7 de junio,
de la Función Pública de Andalucía se establece la relación electrónica obligatoria
para todas las personas interesadas en los procedimientos derivados de la regulación
contenida en la misma, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 14
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.