Autoridades y personal. . (2024/180-25)
Resolución de 9 de septiembre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en la escala Técnica de Gestión, especialidad Informática, de la Universidad de Cádiz, mediante turno libre.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 180 - Lunes, 16 de septiembre de 2024
página 50413/7
8. Presentación de documentos y nombramiento de personal funcionario.
8.1. En el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación
de la relación definitiva única de aspirantes que han superado el proceso selectivo, las
personas opositoras deberán presentar en el área de Personal de la Universidad, sita en
el Edificio Hospital Real, en Plaza de Falla, núm. 8, Cádiz, los siguientes documentos:
a) Copia del DNI, Pasaporte, TIE o documento equivalente para la ciudadanía de la
Unión Europea en vigor.
b) Copia compulsada del título exigido en la base 2.1.5., o certificación académica
que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo.
c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que
imposibiliten para el servicio, expedido por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales
de la Universidad de Cádiz, entidad en la que delegue o, en su caso, certificado expedido
por la persona facultativa de medicina general de la Seguridad Social que corresponda a
la persona interesada, y en el caso de que ésta no esté acogida a ningún régimen de la
Seguridad Social, se expedirán por las Delegaciones de Salud de la Junta de Andalucía.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separada mediante expediente
disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio
de funciones públicas, según el modelo disponible en la página web:
https://personal.uca.es/convocatoria-pas/
e) Quienes hayan hecho valer su condición de personas con discapacidad, deberán
presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social que acredite tal condición, e igualmente deberán presentar certificado de los
citados órganos o de la Administración sanitaria acreditativo de la compatibilidad con el
desempeño de las tareas y funciones correspondientes.
8.2. Las personas que tuvieren la condición de personal funcionario público de la
Universidad de Cádiz estarán exentas de justificar documentalmente las condiciones y
demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento.
8.3. Las personas que, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor,
no presentasen la documentación, o del examen de la misma, se dedujera que carecen
de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombradas personal
funcionario de la escala Técnica de Gestión, especialidad Informática, de la Universidad
de Cádiz y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.4. Por resolución de la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador,
se procederá al nombramiento de personal funcionario de carrera de la escala Técnica
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307361
7.2. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público el acuerdo con
el listado provisional de valoración de la fase de concurso de las personas aspirantes
que hayan superado aquélla, pudiendo publicarse simultáneamente a la del resultado
del último ejercicio de la fase de oposición. Contra este acuerdo se podrá presentar
reclamación en el plazo de cinco días hábiles que serán resueltas por el Tribunal mediante
acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo provisional
devendrá automáticamente en definitivo.
7.3. Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público
el acuerdo por el que se publica el listado de aspirantes que han superado el mismo, sin
que su número pueda superar el de plazas convocadas.
7.4. Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los acuerdos
definitivos del Tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá interponer
recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7.5. La Presidencia del Tribunal elevará al Rector de la Universidad la propuesta de
nombramiento de personal funcionario de carrera, sin que su número pueda superar el
de plazas convocadas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 180 - Lunes, 16 de septiembre de 2024
página 50413/7
8. Presentación de documentos y nombramiento de personal funcionario.
8.1. En el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación
de la relación definitiva única de aspirantes que han superado el proceso selectivo, las
personas opositoras deberán presentar en el área de Personal de la Universidad, sita en
el Edificio Hospital Real, en Plaza de Falla, núm. 8, Cádiz, los siguientes documentos:
a) Copia del DNI, Pasaporte, TIE o documento equivalente para la ciudadanía de la
Unión Europea en vigor.
b) Copia compulsada del título exigido en la base 2.1.5., o certificación académica
que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo.
c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que
imposibiliten para el servicio, expedido por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales
de la Universidad de Cádiz, entidad en la que delegue o, en su caso, certificado expedido
por la persona facultativa de medicina general de la Seguridad Social que corresponda a
la persona interesada, y en el caso de que ésta no esté acogida a ningún régimen de la
Seguridad Social, se expedirán por las Delegaciones de Salud de la Junta de Andalucía.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separada mediante expediente
disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio
de funciones públicas, según el modelo disponible en la página web:
https://personal.uca.es/convocatoria-pas/
e) Quienes hayan hecho valer su condición de personas con discapacidad, deberán
presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social que acredite tal condición, e igualmente deberán presentar certificado de los
citados órganos o de la Administración sanitaria acreditativo de la compatibilidad con el
desempeño de las tareas y funciones correspondientes.
8.2. Las personas que tuvieren la condición de personal funcionario público de la
Universidad de Cádiz estarán exentas de justificar documentalmente las condiciones y
demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento.
8.3. Las personas que, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor,
no presentasen la documentación, o del examen de la misma, se dedujera que carecen
de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombradas personal
funcionario de la escala Técnica de Gestión, especialidad Informática, de la Universidad
de Cádiz y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.4. Por resolución de la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador,
se procederá al nombramiento de personal funcionario de carrera de la escala Técnica
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307361
7.2. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público el acuerdo con
el listado provisional de valoración de la fase de concurso de las personas aspirantes
que hayan superado aquélla, pudiendo publicarse simultáneamente a la del resultado
del último ejercicio de la fase de oposición. Contra este acuerdo se podrá presentar
reclamación en el plazo de cinco días hábiles que serán resueltas por el Tribunal mediante
acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo provisional
devendrá automáticamente en definitivo.
7.3. Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público
el acuerdo por el que se publica el listado de aspirantes que han superado el mismo, sin
que su número pueda superar el de plazas convocadas.
7.4. Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los acuerdos
definitivos del Tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá interponer
recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7.5. La Presidencia del Tribunal elevará al Rector de la Universidad la propuesta de
nombramiento de personal funcionario de carrera, sin que su número pueda superar el
de plazas convocadas.