Disposiciones generales. . (2024/180-1)
Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las ayudas dirigidas al apoyo a la prestación de servicios de asesoramiento (Intervención 7202.05. Asesoramiento básico PEPAC), previstas en la Orden de 8 de abril de 2024 por la que se aprueban las bases reguladoras aplicables a las Intervenciones de Desarrollo Rural no SIGC de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 (Intervenciones 7202.02, 7202.05, 7202.06 y 7202.07) y se modifica la Orden de 21 de octubre de 2019, relativa al procedimiento para la habilitación de entidades para la presentación y tramitación electrónica de las solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 180 - Lunes, 16 de septiembre de 2024

página 50473/2

Estas subvenciones están cofinanciadas por la Unión Europea que participa en
un 85% a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y en un
15% por la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía,
estando la concesión de estas subvenciones condicionada a las disponibilidades
presupuestarias existentes.
Por lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a la convocatoria
de estas ayudas para la año 2024, y en su virtud y en ejercicio de la competencia que
me confiere el articulo 11 Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, el
artículo 115 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y de acuerdo con
el artículo 26.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, y la disposición adicional primera de la Orden de 8 de abril de 2024,
RESU ELVO
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan para el ejercicio 2024 las ayudas correspondientes a la Intervención
7202.05 – Asesoramiento Básico PEPAC previstas en la Orden de 8 de abril de 2024, por
el que se aprueban las bases reguladoras aplicables a las Intervenciones de Desarrollo
Rural no SIGC de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural para la
concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Plan Estratégico
de la Política Agraria Común 2023-2027 (Intervenciones 7202.02, 7202.05, 7202.06 y
7202.07) y se modifica la Orden de 21 de octubre de 2019, relativa al procedimiento
para la habilitación de entidades para la presentación y tramitación electrónica de las
solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas.
2. Estas subvenciones tendrán por objeto el apoyo a la prestación de servicios
de asesoramiento a las personas agricultoras y ganaderas andaluzas, en materias
relacionadas con la Intervención 7202.05 – Asesoramiento básico PEPAC, del Plan
Estratégico de la PAC de España 2023-2027, durante la presentación de la solicitud única
de la PAC de la campaña 2024.
3. La información asociada al procedimiento de ayudas dirigidas a la prestación
de servicios de asesoramiento a las personas agricultoras y ganaderas andaluzas, en
materias relacionadas con la Intervención 7202.05 – Asesoramiento básico PEPAC, está
disponible en el código de procedimiento 25549 a través del siguiente enlace del Catálogo
de Procedimientos y servicios de la Sede electrónica general de la Administración de la
Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/25549.html

Tercero. Solicitudes.
1. La presentación de solicitudes se realizará mediante modelo normalizado que
figura como Anexo I adjunto a esta convocatoria, y que está disponible en el enlace
indicado en el resuelvo primero de esta resolución.
2. Las solicitudes se presentarán de forma exclusiva electrónica, de conformidad con
lo previsto en la Orden de 8 de abril de 2024.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00307422

Segundo. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las organizaciones profesionales agrarias de
ámbito andaluz y carácter general constituidas y reconocidas al amparo de la Ley 19/1977,
de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical, que tengan entre sus
fines estatutarios la defensa de los intereses generales de la agricultura, así como las
organizaciones de cooperativas agrarias de ámbito andaluz y carácter general.