3. Otras disposiciones. . (2024/180-33)
Resolución de 10 de septiembre de 2024, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Cádiz, de modificación del periodo de aplicación de lodos de depuradora en la provincia de Cádiz para las campañas 2024/2025 y 2025/2026, al amparo de la Orden de 6 de agosto de 2018, conjunta de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se regula la utilización de lodos tratados de depuradora en el sector agrario.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 180 - Lunes, 16 de septiembre de 2024

página 50430/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Resolución de 10 de septiembre de 2024, de la Delegación Territorial de
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Cádiz, de modificación del
periodo de aplicación de lodos de depuradora en la provincia de Cádiz para las
campañas 2024/2025 y 2025/2026, al amparo de la Orden de 6 de agosto de
2018, conjunta de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
y de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se
regula la utilización de lodos tratados de depuradora en el sector agrario.
Instruido el procedimiento administrativo relativo a la solicitud presentada por la empresa
Valora S.L., con NIF B11557584, sobre modificación del periodo de lluvia establecido
en la Orden de 6 de agosto de 2018, conjunta de la Consejería de Agricultura, Pesca y
Desarrollo Rural y de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por
la que se regula la utilización de lodos de depuración en el sector agrario, y habiéndose
realizado Propuesta de Resolución por el Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y
Calidad, en base a lo siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO

2.º En dicho informe justificativo se analizan ambos periodos de lluvias O/I e I/P, la
media de las precipitaciones caídas en los últimos 11 años (2013-2023), en la estación
meteorológica del aeropuerto de Jerez de la Fra. (AEMET), siendo este municipio donde
más aplicaciones se realizan actualmente, constatándose que la media de O/I es de 205,42
litros mientras que la media de I/P es de 164,11 litros. Si bien los datos de precipitación
global son algo superiores en O/I, pero no en cuantía importante, atendiendo a los datos
de la anterior campaña. 2023/2024, se pude observar lo siguiente: precipitaciones en O/I:
105,8 mm; precipitaciones en I/P: 306,0 mm, con lo que se triplica la cantidad de lluvia en
el segundo período. Estos episodios se repiten en varios de los años estudiados.
Además de lo anterior, hay que añadir otros argumentos:
- El porcentaje de superficie disponible susceptible de ser tratada con lodos, es
muy superior en otoño con respecto a la primavera, cuando los cultivos ya han sido
implantados, por lo que es más factible su aplicación en O/I.
- Se añade a lo anteriormente expuesto, puntualizar que el hecho derivado de
la obligatoriedad de trasladar prácticamente la totalidad de la producción de lodos
de Andalucía a plantas de tratamiento, tiene como resultado que dichas plantas se
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00307379

1.º El 5.7.2024, Valentín Jiménez López, con DNI 34009218S, como representante
de la empresa Valora S.L., con NIF B11557584, presenta solicitud a través del Registro
Telemático de la Junta de Andalucía, en la que se expone la necesidad de continuar con
el cambio efectuado por Resolución de 30 de mayo de 2022, de la Delegación Territorial
de Agricultura, Ganadería y Pesca en Cádiz, de modificación del periodo de aplicación
de lodos de depuradora en la provincia de Cádiz, para las campañas 2022/2023 y
2023/2024, al amparo de la orden conjunta que se cita (BOJA 104 de 2 de junio de 2022),
en la que se modifica el periodo de lluvias de la orden mencionada, que comprende del
1 de noviembre al 31 de enero (otoño-invierno, O/I en adelante), periodo en el que se
prohíbe la aplicación de lodos en parcelas agrícolas, a un nuevo periodo en primavera
(1 de febrero a 30 de abril, invierno-primavera, I/P en adelante), para la campaña
2024/2025 y 2025/2026, justificándolo a través de informe técnico.