Disposiciones generales. . (2024/180-3)
Orden de 5 de septiembre de 2024, por la que se acuerda la ampliación del plazo de presentación de solicitudes establecido en la Orden de 5 de agosto de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a empresas turísticas de Andalucía, para paliar los efectos de la sequía en el sector turístico, así como para mitigar y adaptar al cambio climático los destinos turísticos andaluces, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, componente 14, Inversión 4, Submedida 2 (Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas), y se efectúa su convocatoria, y se corrigen errores advertidos en la misma.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 180 - Lunes, 16 de septiembre de 2024
página 50516/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO Y ANDALUCÍA EXTERIOR
Orden de 5 de septiembre de 2024, por la que se acuerda la ampliación del
plazo de presentación de solicitudes establecido en la Orden de 5 de agosto
de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a empresas turísticas
de Andalucía, para paliar los efectos de la sequía en el sector turístico, así como
para mitigar y adaptar al cambio climático los destinos turísticos andaluces, en
el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, componente
14, Inversión 4, Submedida 2 (Proyectos de Eficiencia Energética y Economía
Circular de Empresas Turísticas), y se efectúa su convocatoria, y se corrigen
errores advertidos en la misma.
La Orden de 5 de agosto de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a empresas
turísticas de Andalucía, para paliar los efectos de la sequía en el sector turístico, así como
para mitigar y adaptar al cambio climático los destinos turísticos andaluces, en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, componente 14, Inversión 4,
Submedida 2 (Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas
Turísticas), y se efectúa su convocatoria, establece en el artículo 2.3 que las solicitudes
se presentarán en el Formulario de Solicitud (Anexo II) en el plazo de 1 mes a contar
desde las 00:00 del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
El artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, dispone que la Administración, salvo precepto
en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados una ampliación de
los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo
aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero.
Teniendo en cuenta que la finalidad para la que están destinadas estas subvenciones
supone una gran oportunidad de transformación, modernización y competitividad del
sector turístico, propiciando la financiación de proyectos de eficiencia energética y
economía circular en empresas turísticas que coadyuven a paliar los efectos de la
sequía en el sector turístico, así como para mitigar y adaptar al cambio climático los
destinos turísticos andaluces, se considera oportuno ampliar el plazo de presentación de
solicitudes para facilitar la máxima participación de las entidades del sector del turismo,
al considera éste un sector estratégico en Andalucía, que impulsa el empleo y la riqueza
en la Comunidad Autónoma.
Por otro lado, se han advertido determinados errores en el Anexo I de la Orden de 5
de agosto de 2024 que requieren ser subsanados.
DISPONGO
Primero. Ampliar hasta el 1 de octubre de 2024, inclusive, el plazo de presentación de
solicitudes establecido en el artículo 2.3 de la Orden de 5 de agosto de 2024, por la que
se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307465
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Turismo, de conformidad con
el artículo 26.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, en relación con el Decreto 166/2024, de 26 de agosto, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior,
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 180 - Lunes, 16 de septiembre de 2024
página 50516/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO Y ANDALUCÍA EXTERIOR
Orden de 5 de septiembre de 2024, por la que se acuerda la ampliación del
plazo de presentación de solicitudes establecido en la Orden de 5 de agosto
de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a empresas turísticas
de Andalucía, para paliar los efectos de la sequía en el sector turístico, así como
para mitigar y adaptar al cambio climático los destinos turísticos andaluces, en
el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, componente
14, Inversión 4, Submedida 2 (Proyectos de Eficiencia Energética y Economía
Circular de Empresas Turísticas), y se efectúa su convocatoria, y se corrigen
errores advertidos en la misma.
La Orden de 5 de agosto de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a empresas
turísticas de Andalucía, para paliar los efectos de la sequía en el sector turístico, así como
para mitigar y adaptar al cambio climático los destinos turísticos andaluces, en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, componente 14, Inversión 4,
Submedida 2 (Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas
Turísticas), y se efectúa su convocatoria, establece en el artículo 2.3 que las solicitudes
se presentarán en el Formulario de Solicitud (Anexo II) en el plazo de 1 mes a contar
desde las 00:00 del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
El artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, dispone que la Administración, salvo precepto
en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados una ampliación de
los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo
aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero.
Teniendo en cuenta que la finalidad para la que están destinadas estas subvenciones
supone una gran oportunidad de transformación, modernización y competitividad del
sector turístico, propiciando la financiación de proyectos de eficiencia energética y
economía circular en empresas turísticas que coadyuven a paliar los efectos de la
sequía en el sector turístico, así como para mitigar y adaptar al cambio climático los
destinos turísticos andaluces, se considera oportuno ampliar el plazo de presentación de
solicitudes para facilitar la máxima participación de las entidades del sector del turismo,
al considera éste un sector estratégico en Andalucía, que impulsa el empleo y la riqueza
en la Comunidad Autónoma.
Por otro lado, se han advertido determinados errores en el Anexo I de la Orden de 5
de agosto de 2024 que requieren ser subsanados.
DISPONGO
Primero. Ampliar hasta el 1 de octubre de 2024, inclusive, el plazo de presentación de
solicitudes establecido en el artículo 2.3 de la Orden de 5 de agosto de 2024, por la que
se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307465
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Turismo, de conformidad con
el artículo 26.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, en relación con el Decreto 166/2024, de 26 de agosto, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior,