3. Otras disposiciones. . (2024/179-33)
Orden de 10 de septiembre de 2024, por la que se convoca el procedimiento de evaluación de méritos del personal docente e investigador de las Universidades públicas de Andalucía, para la obtención de los tramos retributivos de carácter progresivo regulados en el Decreto 134/2024, de 30 de julio, por el que se regulan los complementos retributivos autonómicos del personal docente e investigador de las Universidades públicas del sistema universitario de Andalucía.
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 179 - Viernes, 13 de septiembre de 2024

página 50415/16

representación del personal, en la que conste la identificación del órgano, su carácter
colegiado, la fecha de elección, designación o toma de posesión y la fecha de cese.
b) Si se opone a la cesión de los datos de su Universidad de pertenencia a la Agencia
para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía, estará obligado a presentar la
siguiente documentación acreditativa para la evaluación de méritos vinculados con el
componente docente y de gestión y su evaluación se desarrollará con la documentación
que presente con su solicitud:
- Hoja de servicios de su Universidad pública andaluza de pertenencia en la que
conste la situación laboral a fecha de publicación de la presente orden de convocatoria, y
la actividad docente en número de horas de docencia impartidas y la actividad de gestión.
- En caso de actividad docente no acreditada en su hoja de servicios de su Universidad
pública andaluza de pertenencia, certificación emitida por el órgano competente de
una Universidad pública del sistema universitario español de las horas de docencia
impartidas por cada curso académico en la que conste la Universidad pública del sistema
universitario español de impartición.
- En caso de actividad de gestión no acreditada en su hoja de servicios de su
Universidad pública andaluza de pertenencia, certificación emitida por el órgano
competente de una Universidad pública del sistema universitario español de los cargos
académicos desempeñados en la que conste el cargo académico desempeñado, la fecha
de nombramiento o toma de posesión y la fecha de cese. Certificación emitida por el
órgano competente de una Universidad pública del sistema universitario español de
participación en órganos colegiados de representación del personal, en la que conste la
identificación del órgano, su carácter colegiado, la fecha de elección, designación o toma
de posesión y la fecha de cese.
- Para la evaluación de méritos vinculada con los componentes de investigación y
transferencia del conocimiento, deberá identificar en su solicitud cinco aportaciones
por cada periodo de seis años sometido a evaluación y presentar obligatoriamente
documentación acreditativa de la actividad de investigación o transferencia del
conocimiento desarrollada que incluya el periodo de tiempo y el régimen de dedicación,
mediante hojas de servicio, contratos, nombramientos, credenciales de becaria o becario,
o cualquier otro documento acreditativo similar.
4. El profesorado asociado y el profesorado sustituto:
a) Si autoriza a la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía para
la obtención de sus datos de su Universidad de pertenencia conforme a lo dispuesto en
el apartado quinto de la presente orden de convocatoria, no estará obligado a presentar
documentación y su evaluación se desarrollará con toda la información que conste en
su hoja de servicios de la Universidad pública andaluza de pertenencia, respecto de su
actividad docente en número de horas de docencia impartida.
No obstante, el citado personal podrá aportar documentación adicional acreditativa
de aquellos méritos individuales vinculados con su actividad docente que no consten en
su hoja de servicios de su Universidad de pertenencia, mediante certificación emitida por
el órgano competente de una Universidad pública del sistema universitario español de las
horas de docencia impartidas por cada curso académico en la que conste la Universidad
pública del sistema universitario español de impartición.
b) Si se opone a la cesión de los datos de su Universidad de pertenencia a la Agencia
para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía, estará obligado a presentar la
documentación que a continuación se detalla y su evaluación se desarrollará con la
documentación que presente con su solicitud.
- Hoja de servicios de su Universidad pública andaluza de pertenencia en la que conste
la situación laboral a fecha de publicación de la presente orden de convocatoria, y la
actividad docente en número de horas de docencia impartidas por cada curso académico.
- En caso de actividad docente no acreditada en su hoja de servicios de su Universidad
pública andaluza de pertenencia, certificación emitida por el órgano competente de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00307364

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía