Autoridades y personal. . (2024/178-32)
Resolución de 6 de septiembre de 2024, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en las Oficinas Judiciales de Vera y Sanlúcar de Barrameda.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 178 - Jueves, 12 de septiembre de 2024
página 50305/11
(Página 2 de 2)
ANEXO III
NOTAS
00307254
002591/2/A01
(1) La persona interesada deberá rellenar un impreso, por cada puesto solicitado.
(2) El orden de preferencia que figura en este Anexo debe ser el mismo que el expresado en el Anexo II.
(3) En esta columna se recogerán los méritos adecuados a las características del puesto que figuran en el Anexo I (transcripción literal), de forma
que para que exista correspondencia plena con los que sean alegados, la primera línea del siguiente mérito esté un renglón más baja que la
última línea de la columna de los méritos alegados.
(4) En esta columna se expondrán los méritos personales y profesionales que considere oportunos referidos ordenadamente a los méritos que se
citan en el Anexo I.
(5) Esta descripción no exime de la pertinente documentación que pruebe lo alegado. En caso contrario no se otorgarán puntos por estos méritos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 178 - Jueves, 12 de septiembre de 2024
página 50305/11
(Página 2 de 2)
ANEXO III
NOTAS
00307254
002591/2/A01
(1) La persona interesada deberá rellenar un impreso, por cada puesto solicitado.
(2) El orden de preferencia que figura en este Anexo debe ser el mismo que el expresado en el Anexo II.
(3) En esta columna se recogerán los méritos adecuados a las características del puesto que figuran en el Anexo I (transcripción literal), de forma
que para que exista correspondencia plena con los que sean alegados, la primera línea del siguiente mérito esté un renglón más baja que la
última línea de la columna de los méritos alegados.
(4) En esta columna se expondrán los méritos personales y profesionales que considere oportunos referidos ordenadamente a los méritos que se
citan en el Anexo I.
(5) Esta descripción no exime de la pertinente documentación que pruebe lo alegado. En caso contrario no se otorgarán puntos por estos méritos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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