Autoridades y personal. . (2024/177-22)
Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.
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Número 177 - Miércoles, 11 de septiembre de 2024

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1.2. 
Resultados y difusión de la actividad investigadora y de transferencia e
intercambio del conocimiento.
1.3. Estancias en universidades y centros de investigación.
2. Actividad docente.
2.1. Experiencia docente.
2.2. Calidad de la actividad docente.
2.3. Proyectos y actividades de innovación docente.
2.4. Tutorización docente.
3. Méritos y competencias de liderazgo.
3.1. Dirección de equipos de investigación.
3.2. Dirección de tesis doctorales.
3.3. Liderazgo en el ámbito de la dirección y gestión universitaria.
3.4. R
 econocimientos y responsabilidad en organizaciones científicas y comités
científicos y técnicos.
4. Méritos y competencias relacionadas con la actividad profesional.
4.1. Experiencia profesional.
c) El acto de presentación pública y la prueba, que deberá permitir la comprobación
de las capacidades de las personas candidatas para la exposición y el debate en la
correspondiente especialidad: 15%.
La segunda parte de la prueba supondrá un 50% de la calificación global, siendo
necesario alcanzar al menos el 25% para superarla, y se evaluarán las siguientes
cuestiones:
a) El proyecto docente e investigador, debiendo valorarse la calidad y adecuación del
mismo al perfil de la plaza: 40%.
b) El acto de presentación pública y la prueba, que deberá permitir la comprobación
de las capacidades de las personas candidatas para la exposición y el debate en la
correspondiente especialidad: 10%.
9.1.2. En relación con la convocatoria de plazas del Cuerpo de Profesoras y Profesores
de Titulares de Universidad previstas en el Anexo I, se realizarán dos pruebas.
La primera prueba se estructurará en dos partes, de acuerdo con lo dispuesto en
el apartado 9.1.1 de esta convocatoria y constituirá el 60% de la calificación final y se
estructurará en dos partes, con una duración máxima de 90 minutos:
En la primera parte, que supondrá el 50% de la primera prueba, deberán evaluarse
los siguientes aspectos:
a) El historial académico: 5%.
b) La experiencia docente (15%) y la experiencia investigadora, incluyendo la
transferencia e intercambio del conocimiento (15%).
Para los apartados a) y b) se estará a lo establecido en el Real Decreto 678/2023,
de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos
docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos
cuerpos. Serán méritos y competencias evaluables:
1. Actividad investigadora, incluyendo la de transferencia e intercambio del
conocimiento:
1.1. 
Proyectos y contratos de investigación y de transferencia e intercambio del
conocimiento.
1.2. 
Resultados y difusión de la actividad investigadora y de transferencia e
intercambio del conocimiento.
1.3. Estancias en universidades y centros de investigación.
2. Actividad docente.
2.1. Experiencia docente.
2.2. Calidad de la actividad docente.
2.3. Proyectos y actividades de innovación docente.
2.4. Tutorización docente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00307203

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