Autoridades y personal. . (2024/177-23)
Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 177 - Miércoles, 11 de septiembre de 2024

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d) Certificado Médico Oficial de no padecer enfermedad ni discapacidad física
ni psíquica que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondiente a
profesor o profesora de universidad (a excepción de quienes posean ya la condición de
Funcionario de Carrera de la Universidad de Huelva).
A continuación, se ordenará la inscripción del nombramiento en el correspondiente
registro de personal y su publicación en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, así como su comunicación al Consejo de Universidades.
16.2. En un plazo máximo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la
publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial del Estado, la persona nombrada
deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de
funcionaria o funcionario del CDU de que se trate, con los derechos y deberes que le son
propios.
16.3. La plaza obtenida tras el concurso deberá desempeñarse durante dos años, al
menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una plaza en otra
Universidad.
16.4. Las resoluciones de la Rectora que realicen los nombramientos pondrán fin a la
vía administrativa, pudiendo interponerse contra ellas recurso potestativo de reposición,
o bien ser recurridas directamente ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha
jurisdicción.
17. Incompatibilidades.
El personal docente e investigador objeto de esta convocatoria estará sujeto a lo
previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas, y en sus normas de desarrollo, sin perjuicio
de lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario.
18. Norma final.
Durante el desarrollo de los concursos, las Comisiones resolverán las dudas que
pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda
en los casos no previstos en ellas. En todo momento, su actuación se ajustará a lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.

Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante este Rectorado, en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, o bien directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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19. Protección de datos.
19.1. Los datos personales recogidos en la solicitud de participación en los procesos
selectivos y para el nombramiento serán incorporados a la base de datos de la Universidad
de Huelva para la gestión interna de la relación de la Universidad con sus empleados y
cesión a otras administraciones públicas en cumplimiento de la normativa de Función
Pública, de Seguridad Social y tributaria y a cualquier entidad obligada por ley.
19.2. A tenor de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de derechos digitales y en el Reglamento 2016/679 de
la Unión Europea, las personas interesadas podrán ejercer los derechos de acceso,
rectificación, supresión, oposición, derecho a la limitación de tratamiento, derecho a la
portabilidad o cualesquiera otros derechos que pudieran corresponderle, dirigiendo un
escrito a la persona responsable de la protección de datos de la Universidad de Huelva.