Disposiciones generales. . (2024/177-2)
Orden de 5 de septiembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 8 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras aplicables a las Intervenciones de Desarrollo Rural no SIGC de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 (Intervenciones 7202.02, 7202.05, 7202.06 y 7202.07) y se modifica la Orden de 21 de octubre de 2019, relativa al procedimiento para la habilitación de entidades para la presentación y tramitación electrónica de las solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas, en relación a la inclusión de las Intervenciones 6961.1, 7132, 7161.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 177 - Miércoles, 11 de septiembre de 2024
página 50241/4
básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, del Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
General de Subvenciones, y de las demás normas de desarrollo; en el Título VII del
Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía;
en el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los
Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de
Andalucía y en la presente orden.
IV
Teniendo en cuenta los antecedentes reflejados, resulta necesario modificar la Orden
de 8 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras aplicables a las
Intervenciones de Desarrollo Rural no SIGC de la Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 (Intervenciones
7202.02, 7202.05, 7202.06 y 7202.07) y se modifica la Orden de 21 de octubre de
2019, relativa al procedimiento para la habilitación de entidades para la presentación
y tramitación electrónica de las solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas, al
objeto de incorporar tres nuevos cuadros resumen, que recojan las particularidades,
especificaciones y concreciones que presentan la actuación 6961.1 relativa al
Establecimiento de jóvenes agricultores; la Intervención 7132 relativa a la Cooperación
para la promoción de los productos agrícolas y alimenticios en regímenes de calidad y la
Intervención 7161 sobre la Cooperación de grupos operativos de la asociación europea
para la innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas, recogidas en los
artículos 75 y 77 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 2 de diciembre de 2021, relativo a la ayuda a los planes estratégico nacionales en el
marco de la PAC, financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA)
y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los
Reglamentos (UE) núm. 1305/2013 y (UE) núm. 1307/2013.
Por lo tanto, el presente proyecto de orden tiene por objeto incorporar estas nuevas
intervenciones previstas en el PEPAC, así como adecuar el texto articulado y cuadros
resúmenes recogidas en la orden primitiva, a los requerimientos de la Autoridad de
Gestión tras su evaluación ex post, así como mejorar la regulación normativa establecida
para aportar mayor seguridad jurídica.
El Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece en su artículo 48, que corresponde
a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de agricultura, ganadería
y desarrollo rural, y la competencia exclusiva, de acuerdo con las bases y la ordenación
de la actuación económica general, y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38,
131, y 149.1 11.ª, 13.ª, 16.ª, 20.ª y 23.ª de la Constitución Española.
Estas competencias se encuentran asignadas a la Consejería Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural en virtud de lo dispuesto en el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por
el que establece la estructura orgánica de esta Consejería, cuyo artículo 1 determina que
corresponde a la Consejería el ejercicio de las competencias atribuidas a la Comunidad
Autónoma de Andalucía en materia de agricultura, ganadería, pesca y agroalimentación, de
agua y desarrollo rural, en relación con el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio,
sobre reestructuración de Consejerías modificado por Decreto del Presidente 13/2022, de
8 de agosto y por Decreto del Presidente 4/2023, de 11 de abril.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307190
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Número 177 - Miércoles, 11 de septiembre de 2024
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básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, del Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
General de Subvenciones, y de las demás normas de desarrollo; en el Título VII del
Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía;
en el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los
Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de
Andalucía y en la presente orden.
IV
Teniendo en cuenta los antecedentes reflejados, resulta necesario modificar la Orden
de 8 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras aplicables a las
Intervenciones de Desarrollo Rural no SIGC de la Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 (Intervenciones
7202.02, 7202.05, 7202.06 y 7202.07) y se modifica la Orden de 21 de octubre de
2019, relativa al procedimiento para la habilitación de entidades para la presentación
y tramitación electrónica de las solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas, al
objeto de incorporar tres nuevos cuadros resumen, que recojan las particularidades,
especificaciones y concreciones que presentan la actuación 6961.1 relativa al
Establecimiento de jóvenes agricultores; la Intervención 7132 relativa a la Cooperación
para la promoción de los productos agrícolas y alimenticios en regímenes de calidad y la
Intervención 7161 sobre la Cooperación de grupos operativos de la asociación europea
para la innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas, recogidas en los
artículos 75 y 77 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 2 de diciembre de 2021, relativo a la ayuda a los planes estratégico nacionales en el
marco de la PAC, financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA)
y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los
Reglamentos (UE) núm. 1305/2013 y (UE) núm. 1307/2013.
Por lo tanto, el presente proyecto de orden tiene por objeto incorporar estas nuevas
intervenciones previstas en el PEPAC, así como adecuar el texto articulado y cuadros
resúmenes recogidas en la orden primitiva, a los requerimientos de la Autoridad de
Gestión tras su evaluación ex post, así como mejorar la regulación normativa establecida
para aportar mayor seguridad jurídica.
El Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece en su artículo 48, que corresponde
a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de agricultura, ganadería
y desarrollo rural, y la competencia exclusiva, de acuerdo con las bases y la ordenación
de la actuación económica general, y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38,
131, y 149.1 11.ª, 13.ª, 16.ª, 20.ª y 23.ª de la Constitución Española.
Estas competencias se encuentran asignadas a la Consejería Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural en virtud de lo dispuesto en el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por
el que establece la estructura orgánica de esta Consejería, cuyo artículo 1 determina que
corresponde a la Consejería el ejercicio de las competencias atribuidas a la Comunidad
Autónoma de Andalucía en materia de agricultura, ganadería, pesca y agroalimentación, de
agua y desarrollo rural, en relación con el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio,
sobre reestructuración de Consejerías modificado por Decreto del Presidente 13/2022, de
8 de agosto y por Decreto del Presidente 4/2023, de 11 de abril.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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