Disposiciones generales. . (2024/177-2)
Orden de 5 de septiembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 8 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras aplicables a las Intervenciones de Desarrollo Rural no SIGC de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 (Intervenciones 7202.02, 7202.05, 7202.06 y 7202.07) y se modifica la Orden de 21 de octubre de 2019, relativa al procedimiento para la habilitación de entidades para la presentación y tramitación electrónica de las solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas, en relación a la inclusión de las Intervenciones 6961.1, 7132, 7161.
85 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 177 - Miércoles, 11 de septiembre de 2024

página 50241/3

Así, el referido Reglamento (UE) 2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo,
establece que los grupos operativos de la AEI-Agri serán subvencionados para la
ejecución de proyectos innovadores que responderán a un modelo de innovación
interactiva cuyos principios clave son los siguientes:
a) Desarrollar soluciones innovadoras que se centren en las necesidades de quienes
se dedican a la agricultura o la silvicultura y, al mismo tiempo, abordar las interacciones
en el conjunto de la cadena de suministro, cuando proceda;
b) Agrupación de los socios y socias con conocimientos complementarios, como
agricultores, personal asesor, personal investigador, empresas u organizaciones no
gubernamentales, en la combinación específica que resulte más adecuada para alcanzar
los objetivos del proyecto, y
c) Toma de decisiones y creación de forma conjunta durante todo el proyecto.
A ello, ha de añadirse la importancia de la divulgación de los resultados de los
proyectos a través de las redes nacional y europea de la PAC. Su desarrollo se encuentra
en la «Intervención 7161 relativa a la Cooperación de grupos operativos de la asociación
europea para la innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas».

A nivel estatal, con el fin de realizar una correcta implantación y gestión de las
intervenciones incluidas en el PEPAC de España para el periodo 2023-2027 se ha
publicado una serie de normas destacando la Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que
se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas,
que incluye las penalizaciones y sanciones a las personas beneficiarias.
También cabe citar el Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre, por el que se
regula el sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico y otras
ayudas de la Política Agrícola Común, en el que se establecen disposiciones sobre los
controles que se deben de llevar a cabo para el conjunto de intervenciones respecto de
las solicitudes de ayuda y las solicitudes de pago.
El Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero, por el que se establecen las normas
para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el Plan
Estratégico de la Política Agrícola Común, y se modifican varios reales decretos por los
que se regulan distintos aspectos relacionados con la aplicación en España de la Política
Agrícola Común para el período 2023-2027, en el que se establecen los supuestos de
aplicación de penalizaciones.
El Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización
administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y
resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dispone en su artículo 5.1
que el procedimiento de elaboración de las normas que se adopten en el marco de la
gestión de proyectos financiables con fondos europeos, así como por cualquier actividad
de la Administración de la Junta de Andalucía relacionada con aquellos proyectos, tendrá
el carácter de urgente.
Por otra parte, el Decreto legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
establece en su artículo 113 apartado segundo, que de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, las subvenciones financiadas con cargo
a los fondos de la Unión Europea se regirán por las normas comunitarias aplicables y por
las normas nacionales de desarrollo o transposición de aquellas, siendo de aplicación
supletoria las disposiciones que sobre procedimientos de concesión y control rijan para la
Administración de la Junta de Andalucía.
Por ello, las ayudas reguladas en la presente orden, además de regirse por la
normativa comunitaria y nacional expuesta, se ajustarán a lo dispuesto en los preceptos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00307190

III