Disposiciones generales. . (2024/517-1)
Resolución de 26 de agosto de 2024, de la Secretaría General de Interior, por la que se acuerda la ampliación del plazo de resolución y publicación de la resolución de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía adheridos a la Red de Municipios Taurinos de Andalucía para actuaciones de promoción y fomento de la tauromaquia.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 17 - Jueves, 5 de septiembre de 2024
página 50202/2
Segundo. A la vista de la fase en que se encuentra el procedimiento de concesión,
como consecuencia del número de solicitudes formuladas, de la necesidad de solicitar
aclaraciones e información complementaria a las mismas y efectuar requerimientos de
subsanación, así como de la proximidad del vencimiento del plazo máximo de resolución
teniendo en cuenta el período estival, habiéndose habilitado todos los medios materiales y
personales disponibles al efecto con el objeto de cumplir el plazo de tres meses recogido
en el apartado 15 del cuadro resumen, se hace necesaria la ampliación del plazo de
resolución y publicación.
En virtud de lo anterior, atendiendo a la propuesta del órgano instructor, en aplicación
del artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en ejercicio de las atribuciones
conferidas por Disposición Adicional Primera de la Orden de 26 de febrero de 2024,
RESU ELVO
Primero. Acordar la ampliación del plazo para resolver y publicar la resolución de
concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a municipios
de la Comunidad Autónoma de Andalucía adheridos a la Red de Municipios Taurinos de
Andalucía para actuaciones de promoción y fomento de la tauromaquia, correspondiente
al año 2024, por un plazo de dos meses, a contar desde la finalización del plazo
establecido en el apartado 15 del cuadro resumen de las bases reguladoras, finalizando
el 5 de noviembre 2024.
Segundo. Notificar el presente acuerdo a las personas interesadas mediante su
publicación en la página web de la Consejería de la Presidencia, Interior, sustituyendo
dicha publicación a la notificación personal y surtiendo sus mismos efectos.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 23.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
00307149
Sevilla, 26 de agosto de 2024.- El Secretario General, David Gil Sánchez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 17 - Jueves, 5 de septiembre de 2024
página 50202/2
Segundo. A la vista de la fase en que se encuentra el procedimiento de concesión,
como consecuencia del número de solicitudes formuladas, de la necesidad de solicitar
aclaraciones e información complementaria a las mismas y efectuar requerimientos de
subsanación, así como de la proximidad del vencimiento del plazo máximo de resolución
teniendo en cuenta el período estival, habiéndose habilitado todos los medios materiales y
personales disponibles al efecto con el objeto de cumplir el plazo de tres meses recogido
en el apartado 15 del cuadro resumen, se hace necesaria la ampliación del plazo de
resolución y publicación.
En virtud de lo anterior, atendiendo a la propuesta del órgano instructor, en aplicación
del artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en ejercicio de las atribuciones
conferidas por Disposición Adicional Primera de la Orden de 26 de febrero de 2024,
RESU ELVO
Primero. Acordar la ampliación del plazo para resolver y publicar la resolución de
concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a municipios
de la Comunidad Autónoma de Andalucía adheridos a la Red de Municipios Taurinos de
Andalucía para actuaciones de promoción y fomento de la tauromaquia, correspondiente
al año 2024, por un plazo de dos meses, a contar desde la finalización del plazo
establecido en el apartado 15 del cuadro resumen de las bases reguladoras, finalizando
el 5 de noviembre 2024.
Segundo. Notificar el presente acuerdo a las personas interesadas mediante su
publicación en la página web de la Consejería de la Presidencia, Interior, sustituyendo
dicha publicación a la notificación personal y surtiendo sus mismos efectos.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 23.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
00307149
Sevilla, 26 de agosto de 2024.- El Secretario General, David Gil Sánchez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja