3. Otras disposiciones. . (2024/173-18)
Resolución de 16 de agosto de 2024, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se aprueba el censo electoral definitivo al procedimiento de elección de las vocalías del Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres para el periodo 2024-2027, se determina el día de la votación y se regulan determinados aspectos de la misma.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 173 - Jueves, 5 de septiembre de 2024
página 50024/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Resolución de 16 de agosto de 2024, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la
que se aprueba el censo electoral definitivo al procedimiento de elección de las
vocalías del Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres para el periodo
2024-2027, se determina el día de la votación y se regulan determinados
aspectos de la misma.
Con fecha de 23 de mayo de 2011 se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía el Decreto 154/2011, de 10 de mayo, por el que se regula el Consejo Andaluz
de Participación de las Mujeres, como desarrollo a lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley
12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía,
modificado parcialmente por el Decreto 115/2015, de 24 de marzo.
El artículo 4 del citado decreto determina la composición del Consejo, estableciendo
veintiséis vocalías en representación de las organización es de mujeres, diez de ellas
de ámbito supraprovincial o regional y dieciséis cuyo ámbito de actuación no supere al
de una provincia. La elección de estas vocalías se llevará a cabo mediante convocatoria
pública, dirigida al as entidades que cumplan con los requisitos establecidos.
La Orden 12 de mayo de 2011, por la que se establece el procedimiento para
la elección de las vocalías que, en representación de las organizaciones de mujeres,
integran el Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres, y se efectúa la primera
convocatoria de participación, estableció las bases del procedimiento de elección de las
vocalías previsto en el artículo 5 del Decreto 154/2011, de 10 de mayo.
Mediante Resolución de la Directora del Instituto Andaluz de la Mujer, de 2 de julio de
2024 (BOJA núm. 135, de 12 de julio de 2024), se realizó convocatoria para la elección de
las vocalías que en representación de las organizaciones de mujeres, vendrían a integral
el Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres para el periodo 2024-2027.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación como entidad
elegible, con la presente resolución se da cumplimiento en lo previsto en los apartados
quinto y sexto de la resolución de 2 de julio de 2024, procediendo a la publicación del
censo electoral definitivo tanto de entidades electoras como elegibles, cuyos listados se
publicarán en los tablones de anuncios de los Centros de la Mujer Provinciales y de la
sede de los Servicios Centrales del Instituto Andaluz de la Mujer y en la página web del
Instituto Andaluz de la Mujer https://www.iam.junta-andalucia.es, determinando la fecha,
lugares y horario de votación y algunos aspectos de la misma.
En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 5, 6 y la disposición final
primera de la Orden de 12 de mayo de 2011, por la que se establece el procedimiento
para la elección de las vocalías que, en representación de la organización de mujeres,
integran el Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres, y en los apartados quinto y
sexto de la Resolución de 2 de julio de 2024, la Directora del Instituto Andaluz de la Mujer
Primero. Censo electoral definitivo de entidades elegibles.
A la vista de las solicitudes de participación como elegibles, y a propuesta de fecha
de 16 de agosto de 2024 de la Jefa de Servicio Coordinación del Instituto Andaluz de
la Mujer, de acuerdo con el artículo 5 de la Orden 12 de mayo de 2011, se establece
el censo electoral definitivo de entidades elegibles que cumplen con los requisitos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306974
RESU ELV E
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 173 - Jueves, 5 de septiembre de 2024
página 50024/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Resolución de 16 de agosto de 2024, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la
que se aprueba el censo electoral definitivo al procedimiento de elección de las
vocalías del Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres para el periodo
2024-2027, se determina el día de la votación y se regulan determinados
aspectos de la misma.
Con fecha de 23 de mayo de 2011 se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía el Decreto 154/2011, de 10 de mayo, por el que se regula el Consejo Andaluz
de Participación de las Mujeres, como desarrollo a lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley
12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía,
modificado parcialmente por el Decreto 115/2015, de 24 de marzo.
El artículo 4 del citado decreto determina la composición del Consejo, estableciendo
veintiséis vocalías en representación de las organización es de mujeres, diez de ellas
de ámbito supraprovincial o regional y dieciséis cuyo ámbito de actuación no supere al
de una provincia. La elección de estas vocalías se llevará a cabo mediante convocatoria
pública, dirigida al as entidades que cumplan con los requisitos establecidos.
La Orden 12 de mayo de 2011, por la que se establece el procedimiento para
la elección de las vocalías que, en representación de las organizaciones de mujeres,
integran el Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres, y se efectúa la primera
convocatoria de participación, estableció las bases del procedimiento de elección de las
vocalías previsto en el artículo 5 del Decreto 154/2011, de 10 de mayo.
Mediante Resolución de la Directora del Instituto Andaluz de la Mujer, de 2 de julio de
2024 (BOJA núm. 135, de 12 de julio de 2024), se realizó convocatoria para la elección de
las vocalías que en representación de las organizaciones de mujeres, vendrían a integral
el Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres para el periodo 2024-2027.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación como entidad
elegible, con la presente resolución se da cumplimiento en lo previsto en los apartados
quinto y sexto de la resolución de 2 de julio de 2024, procediendo a la publicación del
censo electoral definitivo tanto de entidades electoras como elegibles, cuyos listados se
publicarán en los tablones de anuncios de los Centros de la Mujer Provinciales y de la
sede de los Servicios Centrales del Instituto Andaluz de la Mujer y en la página web del
Instituto Andaluz de la Mujer https://www.iam.junta-andalucia.es, determinando la fecha,
lugares y horario de votación y algunos aspectos de la misma.
En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 5, 6 y la disposición final
primera de la Orden de 12 de mayo de 2011, por la que se establece el procedimiento
para la elección de las vocalías que, en representación de la organización de mujeres,
integran el Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres, y en los apartados quinto y
sexto de la Resolución de 2 de julio de 2024, la Directora del Instituto Andaluz de la Mujer
Primero. Censo electoral definitivo de entidades elegibles.
A la vista de las solicitudes de participación como elegibles, y a propuesta de fecha
de 16 de agosto de 2024 de la Jefa de Servicio Coordinación del Instituto Andaluz de
la Mujer, de acuerdo con el artículo 5 de la Orden 12 de mayo de 2011, se establece
el censo electoral definitivo de entidades elegibles que cumplen con los requisitos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306974
RESU ELV E