3. Otras disposiciones. . (2024/172-13)
Resolución de 28 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Atletismo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 172 - Miércoles, 4 de septiembre de 2024
página 49978/9
5. El Instructor tramitará el procedimiento, en el plazo de tres meses, prorrogable por
otros tres.
6. Cuando el Instructor considere que el resultado de la instrucción es suficientemente
concluyente, comunicará a las partes la terminación de la misma y elevará, propuesta de
resolución, concediendo a los interesados el plazo de diez días hábiles para formular
alegaciones a la propuesta de resolución. Se podrá presentar cualquier medio de prueba
admitido en derecho.
7. Si el instructor estima que no existen motivos para considerar que se ha incumplido
el presente Código hará un informe motivado que deberá ser trasladado a los miembros
del Comité a fin de que por este se resuelva en consecuencia, notificándosele a los
interesados la resolución que proceda.
8. Si el instructor estima que existen motivos para considerar que se ha incumplido
el presente Código, el informe final incluirá los hechos que hayan podido probarse, y se
especificará, en su caso, las normas concretas que han sido infringidas. Dicho informe
deberá ser trasladado a los miembros del Comité a fin de que por este se resuelva en
consecuencia, notificándosele a los interesados la resolución que proceda.
9. Toda notificación que deba efectuar el Comité de Transparencia y Buen Gobierno
a los interesados deberá ser cursada dentro del plazo de diez días a partir de la fecha en
que el acto haya sido dictado, y deberá contener el texto íntegro de la resolución.
10. De cuantas decisiones adopte, se dará cuenta en el plazo máximo de tres días a
la Junta Directiva y órganos disciplinarios de la FAA, para su conocimiento y a los efectos
procedentes.
5. Aspectos técnico-deportivos.
La Federación Andaluza de Atletismo elabora anualmente una planificación técnicodeportiva en la que se incluyen, entre otros, los siguientes contenidos:
- Establecimiento de los criterios de selección de deportistas de los equipos
andaluces.
- Fijación de los criterios de distribución becas y ayudas por resultados deportivos.
Igualmente, la Federación Andaluza de Atletismo cumple y se compromete al
cumplimiento de las normativas de participación nacional e internacional y al de petición
y autorización previa para la organización de competiciones nacionales e internacionales
en Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306928
4. Relaciones con terceros.
La Federación Andaluza de Atletismo se compromete a requerimiento de la Junta de
Andalucía a:
- Suministrar información relativa a la existencia de relaciones de índoles contractual,
comercial o familiar de los directivos o altos cargos federativos, con proveedores o
entidades que tengan vínculos comerciales o profesionales con la Federación de la
que forman parte. Los miembros de Junta Directiva se comprometen a suministrar
con carácter periódico esta información a la Dirección de la FAA, y estar ésta a
disposición de la Junta de Andalucía. A tal fin los miembros de la Junta Directiva remitirán, al
menos, una vez al año la información solicitada en el documento remitido por el Secretario
General de la Federación informar periódicamente sobre el volumen de transacciones
económicas que la Federación mantenga con sus miembros o terceros vinculados a ellos.
- Ofrecer información pública sobre los cargos directivos que los responsables
federativos desempeñen, en su actividad privada, en otras sociedades o empresas.
La Federación Andaluza de Atletismo establece como criterio de actuación la solicitud
de un mínimo de tres ofertas en la adquisición de inversiones que superen los 30.000
euros o en los 12.000 euros en el supuesto de suministro de bienes o prestación de
servicios por empresas de consultoría.
La Federación Andaluza de Atletismo se compromete a explicar y razonar, ante sus
órganos de gobierno o ante la Junta de Andalucía de cualquier alteración sobre el criterio
establecido.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 172 - Miércoles, 4 de septiembre de 2024
página 49978/9
5. El Instructor tramitará el procedimiento, en el plazo de tres meses, prorrogable por
otros tres.
6. Cuando el Instructor considere que el resultado de la instrucción es suficientemente
concluyente, comunicará a las partes la terminación de la misma y elevará, propuesta de
resolución, concediendo a los interesados el plazo de diez días hábiles para formular
alegaciones a la propuesta de resolución. Se podrá presentar cualquier medio de prueba
admitido en derecho.
7. Si el instructor estima que no existen motivos para considerar que se ha incumplido
el presente Código hará un informe motivado que deberá ser trasladado a los miembros
del Comité a fin de que por este se resuelva en consecuencia, notificándosele a los
interesados la resolución que proceda.
8. Si el instructor estima que existen motivos para considerar que se ha incumplido
el presente Código, el informe final incluirá los hechos que hayan podido probarse, y se
especificará, en su caso, las normas concretas que han sido infringidas. Dicho informe
deberá ser trasladado a los miembros del Comité a fin de que por este se resuelva en
consecuencia, notificándosele a los interesados la resolución que proceda.
9. Toda notificación que deba efectuar el Comité de Transparencia y Buen Gobierno
a los interesados deberá ser cursada dentro del plazo de diez días a partir de la fecha en
que el acto haya sido dictado, y deberá contener el texto íntegro de la resolución.
10. De cuantas decisiones adopte, se dará cuenta en el plazo máximo de tres días a
la Junta Directiva y órganos disciplinarios de la FAA, para su conocimiento y a los efectos
procedentes.
5. Aspectos técnico-deportivos.
La Federación Andaluza de Atletismo elabora anualmente una planificación técnicodeportiva en la que se incluyen, entre otros, los siguientes contenidos:
- Establecimiento de los criterios de selección de deportistas de los equipos
andaluces.
- Fijación de los criterios de distribución becas y ayudas por resultados deportivos.
Igualmente, la Federación Andaluza de Atletismo cumple y se compromete al
cumplimiento de las normativas de participación nacional e internacional y al de petición
y autorización previa para la organización de competiciones nacionales e internacionales
en Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306928
4. Relaciones con terceros.
La Federación Andaluza de Atletismo se compromete a requerimiento de la Junta de
Andalucía a:
- Suministrar información relativa a la existencia de relaciones de índoles contractual,
comercial o familiar de los directivos o altos cargos federativos, con proveedores o
entidades que tengan vínculos comerciales o profesionales con la Federación de la
que forman parte. Los miembros de Junta Directiva se comprometen a suministrar
con carácter periódico esta información a la Dirección de la FAA, y estar ésta a
disposición de la Junta de Andalucía. A tal fin los miembros de la Junta Directiva remitirán, al
menos, una vez al año la información solicitada en el documento remitido por el Secretario
General de la Federación informar periódicamente sobre el volumen de transacciones
económicas que la Federación mantenga con sus miembros o terceros vinculados a ellos.
- Ofrecer información pública sobre los cargos directivos que los responsables
federativos desempeñen, en su actividad privada, en otras sociedades o empresas.
La Federación Andaluza de Atletismo establece como criterio de actuación la solicitud
de un mínimo de tres ofertas en la adquisición de inversiones que superen los 30.000
euros o en los 12.000 euros en el supuesto de suministro de bienes o prestación de
servicios por empresas de consultoría.
La Federación Andaluza de Atletismo se compromete a explicar y razonar, ante sus
órganos de gobierno o ante la Junta de Andalucía de cualquier alteración sobre el criterio
establecido.