Disposiciones generales. . (2024/516-1)
Decreto 198/2024, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 16 - Miércoles, 4 de septiembre de 2024

página 50106/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO

La Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, regula
en el Título II la organización de la Administración de la Junta de Andalucía, así como
el régimen general de los órganos y unidades administrativas, definiendo su estructura
central y territorial.
El Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías, dispone, en su artículo 11, que la Consejería de Salud y Consumo mantiene
sus competencias actuales.
No obstante, mediante el presente decreto se quiere dar respuesta a la creciente
complejidad del sistema sanitario, el envejecimiento de la población y la demanda de
una atención más personalizada y centrada en el paciente. En virtud de ello, la anterior
Dirección General de Atención Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones se reconfigura
en la nueva Dirección General de Cuidados y Atención Sociosanitaria, dando con ello
respuesta a la necesidad imperante de garantizar la excelencia en la atención sanitaria,
mejorar los resultados en salud de la población y la mejora continua de la calidad de los
cuidados ofrecidos a la población en todas las fases del ciclo vital, desde la infancia hasta
el final de la vida. Entendiendo por cuidados todas aquellas actuaciones que contribuyan
a promover, mantener y restaurar la salud, la autonomía y el bienestar en una concepción
integral y holística, atendiendo el aspecto psicológico, físico, social y emocional de la
persona en todas las etapas de la vida.
Este órgano directivo tiene como objetivo fundamental coordinar y supervisar las
políticas de cuidados, asegurando que se implementen de manera efectiva y eficiente en
todos los niveles del sistema de salud.
Por otra parte, las necesidades expuestas exigen una reorientación de los sistemas
de salud hacia modelos que prioricen como objetivos la calidad, la seguridad de los
cuidados, la continuidad asistencial y la sostenibilidad de los servicios.
En un contexto de digitalización acelerada y creciente dependencia de las tecnologías
de la información y las comunicaciones, en el que el sistema de salud no es la excepción,
es de vital importancia el refuerzo y la apuesta decidida por la definición y puesta en
marcha de estrategias de transformación digital como elemento de tracción que
garanticen dichos objetivos.
Así mismo, la pandemia de COVID-19 ha demostrado la importancia crítica de tener
sistemas robustos y eficientes que puedan manejar datos de salud a gran escala, facilitar
la comunicación entre diversas entidades sanitarias, y soportar la telemedicina y otros
servicios digitales, todo ello en un entorno de creciente complejidad en el que el foco en
la ciberseguridad y la resiliencia se convierte en primordial.
Así pues, la creación de una Dirección General de Sistemas de Información y
Comunicaciones en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud se erige como una necesidad
imperante para garantizar la puesta en marcha de las políticas y planes de acción
estratégicos necesarios para garantizar que las capacidades que aportan las tecnologías
de la información sean un factor determinante en la reorientación de los sistemas de
salud y la transformación de la organización.
Este órgano directivo tiene como objetivo fundamental liderar la puesta en marcha de
las políticas y planes estratégicos necesarios para la transformación digital efectiva en
todos los ámbitos de la organización.
Del mismo modo, por razones de eficacia y racionalización en el reparto de
competencias, se suprime en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud la anterior Dirección
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Decreto 198/2024, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Salud y Consumo.