Disposiciones generales. . (2024/170-3)
Resolución de 30 de julio de 2024, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se convocan para 2024 las subvenciones previstas en la Orden de 19 de abril de 2021, de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la adquisición de equipamiento y a la realización de actuaciones en edificios, edificaciones e instalaciones de titularidad pública, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 170 - Lunes, 2 de septiembre de 2024

página 49241/2

En este sentido, para 2024, el programa presupuestario 81A gestionado por la
Secretaría General de Administración Local, denominado «Cooperación y Coordinación
con las Corporaciones Locales», contiene, entre otras, las partidas presupuestarias que
permiten la concesión de estas ayudas a las entidades locales de nuestro territorio.
Asimismo, por estar relacionados directamente con la finalidad de estas subvenciones
y debido a la gran aceptación que en los últimos años han tenido las mismas en el
mundo local, habiéndose solicitado por más del 80% de la totalidad de entidades de
nuestro territorio, se ha previsto que se destinen a estas ayudas fondos derivados de la
transferencia de financiación de la Administración del Estado que se ha realizado con
cargo al Fondo de Cohesión y Transformación Territorial, correspondiente a 2024. Todo
ello con el objetivo de poder atender un mayor número de solicitudes.
La presente convocatoria tendrá una tramitación exclusivamente telemática, así
como la práctica de las notificaciones que, en su caso, se realizará utilizando medios
electrónicos. Por tanto, a efectos informativos se adjuntan a la presente convocatoria
el formulario de solicitud (Anexo I) y el formulario de alegaciones y presentación de
documentos (Anexo II), que están incorporados a la oficina Virtual de la Consejería de
Justicia, Administración Local y Función Pública, todo ello para su cumplimentación y
presentación por vía telemática.
Teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 17.3.e) y 22.1 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el artículo 60 del Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
los criterios de valoración objetivos y, en su caso, ponderados, deben fijarlos tanto las
bases reguladoras de las subvenciones como las convocatorias de las mismas. Por tanto,
la presente convocatoria no se limita a reproducir los criterios de valoración establecidos
en las bases reguladoras sino que concreta y completa algunos de los que allí se recogen.
Por todo ello, considerando oportuno proceder a la convocatoria de estas subvenciones,
de conformidad con las competencias atribuidas y en virtud de lo dispuesto en la disposición
adicional primera de la Orden de 19 de abril de 2021 mencionada anteriormente,
RESU ELVO

Segundo. Objeto.
Con esta línea de ayudas se podrán financiar todas aquellas actuaciones de inversión
que, con el fin último de mejorar los servicios públicos que se prestan a la ciudadanía,
tengan por objeto:
1. La adquisición de cualquier equipamiento o maquinaria necesaria para la correcta
prestación de los servicios públicos de su competencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00306191

Primero. Convocatoria y entidades locales destinatarias de las ayudas.
1. Se convoca para el ejercicio 2024, en régimen de concurrencia competitiva, la
concesión de subvenciones a que se refiere la Orden de 19 de abril de 2021, por la que se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales,
en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la adquisición de equipamiento y a la
realización de actuaciones en edificios, edificaciones e instalaciones de titularidad pública,
dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal (BOJA núm. 78, de 27 de abril).
2. Se incorporan a esta convocatoria los Anexos I (solicitud), y Anexo II (aceptación,
presentación de alegaciones y documentos), que se utilizarán en la tramitación telemática
de esta subvención, una vez normalizados e inscritos en el Registro de Formularios de la
Junta de Andalucía.
3. Podrán solicitar estas ayudas todos los municipios y entidades locales autónomas
de la Comunidad Autónoma de Andalucía con población inferior a 20.000 habitantes.