Disposiciones generales. . (2024/170-1)
Resolución de 22 de julio de 2024, de la Dirección General de Comunicación Social, por la que se convoca la XI Edición de los Premios Andalucía de Comunicación Audiovisual con cargo al ejercicio 2024.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 170 - Lunes, 2 de septiembre de 2024
página 49161/2
c) Programa o serie de programas de entretenimiento emitido en televisión local. Las
personas o entidades participantes deberán indicar dirección URL donde ver o descargar
el programa o serie de programas emitidos. Asimismo, deberán aportar certificación de
la persona titular de la Dirección del centro, con expresión de fecha, lugar y programa de
su emisión.
d) Programa o serie de programas de entretenimiento emitido en radio local. Las
personas o entidades participantes deberán indicar dirección URL donde oír o descargar
el programa o serie de programas emitidos. Asimismo, deberán aportar certificación de
la persona titular de la Dirección del centro, con expresión de fecha, lugar y programa de
su emisión.
e) Información local y de proximidad en formato web. Las personas o entidades
participantes deberán presentar indicar la dirección URL, y acompañar una breve
descripción del sitio. La Consejería competente en materia de comunicación social se
reserva el derecho de solicitar a los concursantes un certificado de alojamiento en la red.
f) Trayectoria informativa local y de proximidad. Las candidaturas para esta modalidad
se justificarán con una memoria de la trayectoria de la persona o entidad cuya candidatura
se presenta.
2. En cada modalidad se otorgará un premio, de acuerdo con los criterios recogidos
en el artículo 11 de la Orden de 14 de mayo de 2020.
3. Las personas o entidades participantes y los trabajos presentados deberán cumplir
los requisitos contemplados en los artículos 5 y 6 de la Orden de 14 de mayo de 2020.
4. Los trabajos que se presenten en las modalidades a), b), c), d) y e) deberán ser
originales, publicados en Internet o emitidos en radio o televisión local de Andalucía
dentro del año anterior a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía.
Tercero. Beneficiarias.
1. Podrán concurrir a la convocatoria de los premios, en las modalidades a), b), c),
d) y e) del dispongo segundo.1, las personas físicas o jurídicas prestadoras del servicio
de comunicación audiovisual público o privado, así como titulares de páginas web, que
deberán acreditar su personalidad y representación. En la modalidad f) las candidaturas
podrán ser presentadas por cualquier persona o entidad interesada, ya sea a iniciativa de
éstas o de terceras personas.
2. Asimismo, también podrán concurrir equipos de trabajo que agrupen a personas
físicas conformados para su realización.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
1. Las personas y entidades interesadas en participar en estos premios deberán dirigir
los trabajos, usando el formulario Anexo I, a la Consejería de la Presidencia, Interior,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306111
Cuarto. Partidas presupuestarias, control, cuantía y abono de los premios.
1. La dotación económica de los premios asciende para la presente convocatoria a
24.000 € a distribuir entre las seis modalidades, a razón de 4.000 € por cada modalidad.
Los premios se financiarán con cargo a las partidas presupuestarias 0100010000
G/52C/46002/00, 0100010000 G/52C/47000/00 y 0100010000 G/52C/48000/00 (Premios,
Concursos y Certámenes), por un importe total de 24.000 €, o a la que corresponda,
previa modificación presupuestaria, en función del tipo de persona beneficiaria.
2. En orden al cumplimiento de la normativa reguladora y de los objetivos de
estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, la persona titular de la Consejería
de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa podrá, en
cumplimiento de la normativa reguladora de las subvenciones, dejar sin efecto la
convocatoria siempre que no se haya dictado resolución de concesión al final del ejercicio.
3. El régimen de control de los premios se realizará mediante fiscalización previa.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 170 - Lunes, 2 de septiembre de 2024
página 49161/2
c) Programa o serie de programas de entretenimiento emitido en televisión local. Las
personas o entidades participantes deberán indicar dirección URL donde ver o descargar
el programa o serie de programas emitidos. Asimismo, deberán aportar certificación de
la persona titular de la Dirección del centro, con expresión de fecha, lugar y programa de
su emisión.
d) Programa o serie de programas de entretenimiento emitido en radio local. Las
personas o entidades participantes deberán indicar dirección URL donde oír o descargar
el programa o serie de programas emitidos. Asimismo, deberán aportar certificación de
la persona titular de la Dirección del centro, con expresión de fecha, lugar y programa de
su emisión.
e) Información local y de proximidad en formato web. Las personas o entidades
participantes deberán presentar indicar la dirección URL, y acompañar una breve
descripción del sitio. La Consejería competente en materia de comunicación social se
reserva el derecho de solicitar a los concursantes un certificado de alojamiento en la red.
f) Trayectoria informativa local y de proximidad. Las candidaturas para esta modalidad
se justificarán con una memoria de la trayectoria de la persona o entidad cuya candidatura
se presenta.
2. En cada modalidad se otorgará un premio, de acuerdo con los criterios recogidos
en el artículo 11 de la Orden de 14 de mayo de 2020.
3. Las personas o entidades participantes y los trabajos presentados deberán cumplir
los requisitos contemplados en los artículos 5 y 6 de la Orden de 14 de mayo de 2020.
4. Los trabajos que se presenten en las modalidades a), b), c), d) y e) deberán ser
originales, publicados en Internet o emitidos en radio o televisión local de Andalucía
dentro del año anterior a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía.
Tercero. Beneficiarias.
1. Podrán concurrir a la convocatoria de los premios, en las modalidades a), b), c),
d) y e) del dispongo segundo.1, las personas físicas o jurídicas prestadoras del servicio
de comunicación audiovisual público o privado, así como titulares de páginas web, que
deberán acreditar su personalidad y representación. En la modalidad f) las candidaturas
podrán ser presentadas por cualquier persona o entidad interesada, ya sea a iniciativa de
éstas o de terceras personas.
2. Asimismo, también podrán concurrir equipos de trabajo que agrupen a personas
físicas conformados para su realización.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
1. Las personas y entidades interesadas en participar en estos premios deberán dirigir
los trabajos, usando el formulario Anexo I, a la Consejería de la Presidencia, Interior,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306111
Cuarto. Partidas presupuestarias, control, cuantía y abono de los premios.
1. La dotación económica de los premios asciende para la presente convocatoria a
24.000 € a distribuir entre las seis modalidades, a razón de 4.000 € por cada modalidad.
Los premios se financiarán con cargo a las partidas presupuestarias 0100010000
G/52C/46002/00, 0100010000 G/52C/47000/00 y 0100010000 G/52C/48000/00 (Premios,
Concursos y Certámenes), por un importe total de 24.000 €, o a la que corresponda,
previa modificación presupuestaria, en función del tipo de persona beneficiaria.
2. En orden al cumplimiento de la normativa reguladora y de los objetivos de
estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, la persona titular de la Consejería
de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa podrá, en
cumplimiento de la normativa reguladora de las subvenciones, dejar sin efecto la
convocatoria siempre que no se haya dictado resolución de concesión al final del ejercicio.
3. El régimen de control de los premios se realizará mediante fiscalización previa.