Autoridades y personal. . (2024/170-9)
Resolución de 22 de agosto de 2024, de la Secretaría General de Fondos Agrarios y Desarrollo Rural, por la que se delegan funciones del Organismo Pagador en el Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2022, con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 170 - Lunes, 2 de septiembre de 2024
página 49931/2
una lista de control exhaustiva de las verificaciones que deba efectuar y certificará en los
justificantes de la solicitud que se han realizado esos controles y realizar el número de
controles suficiente para garantizar el cumplimiento de la normativa de la Unión, incluidas
las establecidas en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022.
De la misma manera, en el apartado D.1) del citado Anexo I del Reglamento Delegado
(UE) 2022/127 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2021, se contempla los requisitos
a cumplir para que en virtud del artículo 9, apartado 1, párrafo segundo, del Reglamento
(UE) 2021/2116, de 2 de diciembre de 2021, el Organismo Pagador puede delegar las
tareas de gestión y control con excepción de los pagos.
En el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, de 10 de agosto de 2015,
se incluyen diversas operaciones que la Autoridad de Gestión ha asignado al Instituto
Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción
Ecológica, la cual no forma parte del Organismo Pagador de Andalucía, por lo que es
necesario recurrir a la delegación de la función de la autorización del pago propia del
organismo pagador en virtud del párrafo segundo del artículo 9.1 del Reglamento (UE)
2021/2116, de 2 de diciembre de 2021, y del artículo 5 del Decreto 70/2016, de 1 de marzo.
Visto lo anterior y, en uso de las competencias que me vienen atribuidas por la
legislación vigente, y en particular por el artículo 7 del Decreto 157/2022, de 9 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural y el artículo 5 del Decreto 70/2016, de 1 de marzo, por el que se
establece la organización y el régimen de funcionamiento del organismo pagador de los
gastos financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía y por el Fondo Europeo
Agrícola de Desarrollo Rural, en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se designa al
organismo de certificación,
RESU ELVO
Primero. Delegar en la persona titular de la Presidencia del Instituto Andaluz de
Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica,
la autorización y control de los pagos que se correspondan con las actuaciones
contempladas en las operaciones 1.1.1 «Programas formativos para mejorar la
cualificación de los profesionales y el emprendimiento en el sector agroalimentario»,
1.2.2 «Actividades de demostración e información para la reutilización de subproductos
y la reducción de residuos y emisiones», 2.3.1 «Programa de formación de asesores»,
7.4.2 «Creación, mejora y ampliación de infraestructuras relacionadas con servicios
básicos locales para el desarrollo rural» y 10.2.1 «Conservación de recursos genéticos
en agricultura» del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022.
Tercero. A efectos de coordinar las actuaciones para una eficiente gestión y control de
la autorización y control de los pagos, articular el ejercicio de las funciones delegadas, así
como para especificar las exigencias procedimentales contempladas en el Reglamento
Delegado (UE) 2022/127 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2021, por la persona titular
de la Presidencia del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera,
Alimentaria y de la Producción Ecológica y la persona titular de la Secretaría General
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306881
Segundo. Con objeto de evitar cualquier conflicto de intereses en la autorización y
control de los pagos, por la persona titular de la Presidencia del Instituto Andaluz de
Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica
se garantizará la no participación de la unidad responsable del compromiso de gasto,
ejecución y materialización del pago de las operaciones con beneficiario Junta de
Andalucía en los sistemas de gestión y control implementados para la autorización y
control de los pagos que se delega.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 170 - Lunes, 2 de septiembre de 2024
página 49931/2
una lista de control exhaustiva de las verificaciones que deba efectuar y certificará en los
justificantes de la solicitud que se han realizado esos controles y realizar el número de
controles suficiente para garantizar el cumplimiento de la normativa de la Unión, incluidas
las establecidas en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022.
De la misma manera, en el apartado D.1) del citado Anexo I del Reglamento Delegado
(UE) 2022/127 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2021, se contempla los requisitos
a cumplir para que en virtud del artículo 9, apartado 1, párrafo segundo, del Reglamento
(UE) 2021/2116, de 2 de diciembre de 2021, el Organismo Pagador puede delegar las
tareas de gestión y control con excepción de los pagos.
En el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, de 10 de agosto de 2015,
se incluyen diversas operaciones que la Autoridad de Gestión ha asignado al Instituto
Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción
Ecológica, la cual no forma parte del Organismo Pagador de Andalucía, por lo que es
necesario recurrir a la delegación de la función de la autorización del pago propia del
organismo pagador en virtud del párrafo segundo del artículo 9.1 del Reglamento (UE)
2021/2116, de 2 de diciembre de 2021, y del artículo 5 del Decreto 70/2016, de 1 de marzo.
Visto lo anterior y, en uso de las competencias que me vienen atribuidas por la
legislación vigente, y en particular por el artículo 7 del Decreto 157/2022, de 9 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural y el artículo 5 del Decreto 70/2016, de 1 de marzo, por el que se
establece la organización y el régimen de funcionamiento del organismo pagador de los
gastos financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía y por el Fondo Europeo
Agrícola de Desarrollo Rural, en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se designa al
organismo de certificación,
RESU ELVO
Primero. Delegar en la persona titular de la Presidencia del Instituto Andaluz de
Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica,
la autorización y control de los pagos que se correspondan con las actuaciones
contempladas en las operaciones 1.1.1 «Programas formativos para mejorar la
cualificación de los profesionales y el emprendimiento en el sector agroalimentario»,
1.2.2 «Actividades de demostración e información para la reutilización de subproductos
y la reducción de residuos y emisiones», 2.3.1 «Programa de formación de asesores»,
7.4.2 «Creación, mejora y ampliación de infraestructuras relacionadas con servicios
básicos locales para el desarrollo rural» y 10.2.1 «Conservación de recursos genéticos
en agricultura» del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022.
Tercero. A efectos de coordinar las actuaciones para una eficiente gestión y control de
la autorización y control de los pagos, articular el ejercicio de las funciones delegadas, así
como para especificar las exigencias procedimentales contempladas en el Reglamento
Delegado (UE) 2022/127 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2021, por la persona titular
de la Presidencia del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera,
Alimentaria y de la Producción Ecológica y la persona titular de la Secretaría General
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306881
Segundo. Con objeto de evitar cualquier conflicto de intereses en la autorización y
control de los pagos, por la persona titular de la Presidencia del Instituto Andaluz de
Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica
se garantizará la no participación de la unidad responsable del compromiso de gasto,
ejecución y materialización del pago de las operaciones con beneficiario Junta de
Andalucía en los sistemas de gestión y control implementados para la autorización y
control de los pagos que se delega.