Autoridades y personal. . (2024/169-27)
Resolución de 28 de agosto de 2024, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se regula la organización de la fase de prácticas del personal seleccionado en el procedimiento selectivo para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Maestros y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, convocado por Orden de 12 de diciembre de 2022.
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Número 169 - Viernes, 30 de agosto de 2024

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uso de su autonomía organizativa y pedagógica medidas para su efectiva aplicación, en
virtud de lo regulado tanto en el artículo 120 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, como en el artículo 125 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación
de Andalucía.
Entre los objetivos del Programa de Cooperación Territorial para la Mejora de la
Competencia Digital Educativa #CompDigEdu suscrito entre el Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes y las Comunidades Autónomas cabe destacar los
dirigidos al profesorado, entre los que se encuentran, facilitar que el profesorado acredite
el desarrollo de su competencia digital a través de actividades formativas certificadas y
acreditar el grado de competencia digital del profesorado. Por todo ello y como medida
de apoyo a dicha actuación se incluye como novedad, la incorporación de una formación
voluntaria con una duración de 40 horas para certificar un nivel A1 de competencia digital
en esta fase de prácticas.
El Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los
cuerpos de funcionarios docentes a los que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación, aprobado por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, regula
en los artículos 30 y 31 la fase de prácticas del personal que resulte seleccionado en los
diferentes procedimientos selectivos.
Por su parte, el artículo 15 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de
Andalucía, establece los principios rectores que han de regir el desarrollo de la fase de
prácticas.
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 8 del del Decreto-ley 12/2022, de 29 de
noviembre, por el que se regulan los procesos selectivos derivados de la Ley 20/2021, de
28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público, se establecen medidas de utilización de dichos procedimientos y se adoptan,
con carácter temporal, medidas en materia de selección de personal funcionario interino
en la Administración General de la Junta de Andalucía, al estar el presente procedimiento
selectivo de estabilización, afectado por las previsiones de la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre, la fase de prácticas se realizará entre el 1 de septiembre y el 20 de diciembre
del año 2024, año en el que se ha celebrado el procedimiento selectivo, excepto en
los casos en los que el funcionario o funcionaria en prácticas disfrute de los permisos
correspondientes a la maternidad, paternidad, adopción o guarda con fines de adopción
o acogimiento entre dichas fechas, en los que, en aplicación de lo establecido en los
artículos 4 y 29 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad
de género en Andalucía, se podrá realizar durante el curso 2025/2026 y siempre a la
finalización del disfrute de dichos permisos.
El Decreto 302/2010, de 1 de junio, por el que se ordena la función pública docente y
se regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes,
establece en su artículo 8 que la fase de prácticas tendrá como objetivo proporcionar al
profesorado de nuevo ingreso las herramientas necesarias para el desarrollo de la función
docente, así como las capacidades personales y la competencia profesional precisas
para liderar la dinámica del aula que requiere el proceso de enseñanza y aprendizaje del
alumnado.
Asimismo, la Orden de 12 de diciembre de 2022, por la que se efectúa convocatoria
de procedimiento selectivo para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza
Secundaria, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas
y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Maestros y Profesores
Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, regula en su base
decimocuarta la fase de prácticas.
Por Orden de 29 de julio de 2024, se hacen públicas las listas del personal
seleccionado en el procedimiento selectivo para el ingreso en los Cuerpos de Profesores
de Enseñanza Secundaria, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes
Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Maestros y Profesores
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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