3. Otras disposiciones. . (2024/169-31)
Resolución de 23 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Transparencia y Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Deportes de Invierno (FADI).
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Número 169 - Viernes, 30 de agosto de 2024
página 49864/3
las medidas exigidas por la legislación vigente para salvaguardar los datos personales de
todos sus miembros y cuantas cautelas sean necesarias para el buen uso de todos los
medios informáticos empleados por las personas trabajadoras y resto de miembros de la
Federación (FADI), y para que no se produzcan irregularidades a través del uso de los
mismos, cuyo límite será regulado en el correspondiente protocolo de conducta, y todo
ello con respeto a la normativa aplicable y al presente Código de Transparencia y Buen
Gobierno.
Todo el personal vinculado directamente con la Federación (FADI) se abstendrá de
utilizar en beneficio propio cualquier tipo de información o documentos obtenidos en el
ejercicio de sus tareas o funciones, manteniendo una absoluta confidencialidad sobre
los mismos. En caso de filtraciones se aplicarán las sanciones y medidas correctivas
necesarias según la gravedad. La información sólo podrá ser utilizada para la finalidad
de la actividad por la que fue obtenida. Es por tanto una obligación de cualquier miembro
de la Federación (FADI) comunicar al área correspondiente cualquier tipo de incidencia
referente al tratamiento de datos y confidencialidad de la información.
Una vez finalizada la relación que vincula al personal (directo o indirecto) con la
Federación (FADI), tiene la obligación de devolver cualquier material, independientemente
del soporte, que tenga relación con la Federación (FADI) o cuyos datos se hayan obtenido
al amparo de esta. Los empleados deberán cumplir las normas establecidas para velar
por el buen tratamiento de los datos y de la información según marca la Ley y el Código.
C) Deber de secreto:
Deberá guardar secreto de la información a la que se acceda, cualquier persona
vinculada a la Federación (FADI), por cualquier título o contrato.
En especial, se les exigirá una mayor diligencia del deber de secreto a los miembros
de la Asamblea, Junta Directiva y Comités en relación con las deliberaciones en las
que participen de formar parte de algún órgano colegiado de la Federación (FADI), aún
después de cesar en sus funciones, absteniéndose de realizar cualquier comunicación
pública o privada de los datos, informes o antecedentes que conozca o haya conocido
como consecuencia del ejercicio de su cargo.
D) Integridad, y buen gobierno:
Todas aquellas personas que tengan relación con la Federación (FADI), sea esta
laboral o no, sean deportistas profesionales o no, técnicos, jueces directivos, etc.,
están obligados a desarrollar sus actividades siguiendo los más elevados estándares
éticos, siendo honestos e inspirando confianza, con un comportamiento coherente
e inquebrantable, velando en todo momento por la buena reputación de la Federación
(FADI). Esto quiere decir que actuarán con el máximo respeto a todas las normas, políticas
y procedimientos, buscando siempre su cumplimiento. Igualmente tienen el deber de
actuar con lealtad en el desempeño de sus cometidos, buscando dar cumplimiento a los
fines estatuarios y evitar situaciones de conflicto de intereses.
Los miembros de la Asamblea y Junta Directiva o componentes de cualquiera de los
comités existentes no pueden servirse de su condición para la consecución de beneficios
personales de cualquier índole, económicos o no.
De igual forma, la integridad relacional de todos los integrantes de la Federación
(FADI) (deportistas, técnicos, jueces, etc.) se deberá hacer bajo el prisma de la
profesionalidad, honestidad, transparencia, consideración y respeto, con el objetivo de
aportar valor y confianza mutua. La Federación (FADI) se compromete a una revisión
continua de sus protocolos y procesos para ofrecer el mejor servicio y atención posible a
todos sus miembros.
La integridad con los empleados: la Federación (FADI) promueve y aplica los
estándares universales de los derechos humanos y laborales. Garantiza la seguridad y
salud en el trabajo. El objetivo es fomentar las mejores prácticas tanto en el estilo de
gestión y cultura organizativa, como en el desarrollo personal y profesional.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306814
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 49864/3
las medidas exigidas por la legislación vigente para salvaguardar los datos personales de
todos sus miembros y cuantas cautelas sean necesarias para el buen uso de todos los
medios informáticos empleados por las personas trabajadoras y resto de miembros de la
Federación (FADI), y para que no se produzcan irregularidades a través del uso de los
mismos, cuyo límite será regulado en el correspondiente protocolo de conducta, y todo
ello con respeto a la normativa aplicable y al presente Código de Transparencia y Buen
Gobierno.
Todo el personal vinculado directamente con la Federación (FADI) se abstendrá de
utilizar en beneficio propio cualquier tipo de información o documentos obtenidos en el
ejercicio de sus tareas o funciones, manteniendo una absoluta confidencialidad sobre
los mismos. En caso de filtraciones se aplicarán las sanciones y medidas correctivas
necesarias según la gravedad. La información sólo podrá ser utilizada para la finalidad
de la actividad por la que fue obtenida. Es por tanto una obligación de cualquier miembro
de la Federación (FADI) comunicar al área correspondiente cualquier tipo de incidencia
referente al tratamiento de datos y confidencialidad de la información.
Una vez finalizada la relación que vincula al personal (directo o indirecto) con la
Federación (FADI), tiene la obligación de devolver cualquier material, independientemente
del soporte, que tenga relación con la Federación (FADI) o cuyos datos se hayan obtenido
al amparo de esta. Los empleados deberán cumplir las normas establecidas para velar
por el buen tratamiento de los datos y de la información según marca la Ley y el Código.
C) Deber de secreto:
Deberá guardar secreto de la información a la que se acceda, cualquier persona
vinculada a la Federación (FADI), por cualquier título o contrato.
En especial, se les exigirá una mayor diligencia del deber de secreto a los miembros
de la Asamblea, Junta Directiva y Comités en relación con las deliberaciones en las
que participen de formar parte de algún órgano colegiado de la Federación (FADI), aún
después de cesar en sus funciones, absteniéndose de realizar cualquier comunicación
pública o privada de los datos, informes o antecedentes que conozca o haya conocido
como consecuencia del ejercicio de su cargo.
D) Integridad, y buen gobierno:
Todas aquellas personas que tengan relación con la Federación (FADI), sea esta
laboral o no, sean deportistas profesionales o no, técnicos, jueces directivos, etc.,
están obligados a desarrollar sus actividades siguiendo los más elevados estándares
éticos, siendo honestos e inspirando confianza, con un comportamiento coherente
e inquebrantable, velando en todo momento por la buena reputación de la Federación
(FADI). Esto quiere decir que actuarán con el máximo respeto a todas las normas, políticas
y procedimientos, buscando siempre su cumplimiento. Igualmente tienen el deber de
actuar con lealtad en el desempeño de sus cometidos, buscando dar cumplimiento a los
fines estatuarios y evitar situaciones de conflicto de intereses.
Los miembros de la Asamblea y Junta Directiva o componentes de cualquiera de los
comités existentes no pueden servirse de su condición para la consecución de beneficios
personales de cualquier índole, económicos o no.
De igual forma, la integridad relacional de todos los integrantes de la Federación
(FADI) (deportistas, técnicos, jueces, etc.) se deberá hacer bajo el prisma de la
profesionalidad, honestidad, transparencia, consideración y respeto, con el objetivo de
aportar valor y confianza mutua. La Federación (FADI) se compromete a una revisión
continua de sus protocolos y procesos para ofrecer el mejor servicio y atención posible a
todos sus miembros.
La integridad con los empleados: la Federación (FADI) promueve y aplica los
estándares universales de los derechos humanos y laborales. Garantiza la seguridad y
salud en el trabajo. El objetivo es fomentar las mejores prácticas tanto en el estilo de
gestión y cultura organizativa, como en el desarrollo personal y profesional.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306814
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