3. Otras disposiciones. . (2024/169-31)
Resolución de 23 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Transparencia y Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Deportes de Invierno (FADI).
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Número 169 - Viernes, 30 de agosto de 2024
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la forma de operar, velando por su buena imagen, preservando los valores que el deporte
representa y procurando en todo momento unas prácticas de buen gobierno, inspiradas
en los principios de democracia y participación, en el desarrollo de las actividades de
todos y cada uno de los miembros de la entidad (presidente, empleados, miembros de
la junta directiva, deportistas, técnicos, proveedores, etc.) y especialmente, el control
de todas las transacciones económicas relativas a gastos, ingresos, inversiones u otras
operaciones que efectúen, independientemente de que estas estén financiadas o no con
subvención pública.
Estarán obligados a leer, conocer, respetar y suscribir el presente Código de Buen
Gobierno todos los integrantes de la Federación (FADI). Todas las actividades que
realicen deben de hacerlo con respeto al presente Código, renunciando a llevar a cabo
actuaciones que pudieran ser contrarias a los principios en él recogidos, así como evitar
métodos y prácticas ilegales, inmorales o que incumplan a los principios éticos o puedan
empañar o perjudicar la imagen de la Federación (FADI).
1.2. Ámbito subjetivo.
El Código adoptado será de obligado cumplimiento para la persona titular de la
Presidencia, para el resto de los miembros de la Junta Directiva de la Federación
(FADI), secretario general, gerente o director general, personal administrativo, delegados
provinciales, clubes, deportistas, árbitros, personas trabajadoras y cualquier persona
física o jurídica que tenga alguna vinculación con la Federación (FADI).
1.3. Principios generales.
Nuestro compromiso y cultura deportiva se basa en los siguientes principios rectores:
A) Protección de la reputación de la Federación (FADI):
Es de interés general preservar el buen nombre de la institución, prevaleciendo sobre
los intereses particulares de sus miembros, cuando pudiera presentarse un conflicto.
B) Transparencia, protección de datos y uso de medios informáticos:
B.1. Transparencia:
La Federación (FADI), en el ejercicio de las funciones sujetas a derecho administrativo,
cumplirá con las obligaciones de información y publicidad de conformidad con lo dispuesto
en la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
A través de la página web de la Federación (FADI), www.fadi.es, se suministrará la
información que por ley o sus estatutos esté obligada a informar sobre, entre otras:
a) Miembros de la Asamblea.
b) Integrantes de la Junta Directiva.
c) Calendarios Deportivos.
d) Celebración de sus reuniones ordinarias y extraordinarias de sus órganos de
Gobierno.
e) Extracto de los aspectos fundamentales de su última memoria económica,
actividades aprobadas.
f) Extracto de contratos suscritos con terceros y patrocinadores.
g) información sobre licencias.
h) Convocatorias de ayudas, becas o subvenciones, con pleno respeto a la normativa
vigente y beneficiarios de estos.
i) Publicar su normativa interna.
B.2. Protección de datos y uso de medios informáticos:
Se adoptará una política de transparencia informativa con pleno respeto de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, transmitiendo información veraz, completa y en tiempo útil a todos
los miembros de la Federación (FADI), a los miembros de la Asamblea General, a las
Administraciones Públicas y a la sociedad en general, recayendo ésta última obligación
en el Presidente.
La Federación (FADI) tiene la obligación de proteger los datos, la información y el
conocimiento generado por todas las personas de la Federación (FADI), adoptando todas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306814
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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la forma de operar, velando por su buena imagen, preservando los valores que el deporte
representa y procurando en todo momento unas prácticas de buen gobierno, inspiradas
en los principios de democracia y participación, en el desarrollo de las actividades de
todos y cada uno de los miembros de la entidad (presidente, empleados, miembros de
la junta directiva, deportistas, técnicos, proveedores, etc.) y especialmente, el control
de todas las transacciones económicas relativas a gastos, ingresos, inversiones u otras
operaciones que efectúen, independientemente de que estas estén financiadas o no con
subvención pública.
Estarán obligados a leer, conocer, respetar y suscribir el presente Código de Buen
Gobierno todos los integrantes de la Federación (FADI). Todas las actividades que
realicen deben de hacerlo con respeto al presente Código, renunciando a llevar a cabo
actuaciones que pudieran ser contrarias a los principios en él recogidos, así como evitar
métodos y prácticas ilegales, inmorales o que incumplan a los principios éticos o puedan
empañar o perjudicar la imagen de la Federación (FADI).
1.2. Ámbito subjetivo.
El Código adoptado será de obligado cumplimiento para la persona titular de la
Presidencia, para el resto de los miembros de la Junta Directiva de la Federación
(FADI), secretario general, gerente o director general, personal administrativo, delegados
provinciales, clubes, deportistas, árbitros, personas trabajadoras y cualquier persona
física o jurídica que tenga alguna vinculación con la Federación (FADI).
1.3. Principios generales.
Nuestro compromiso y cultura deportiva se basa en los siguientes principios rectores:
A) Protección de la reputación de la Federación (FADI):
Es de interés general preservar el buen nombre de la institución, prevaleciendo sobre
los intereses particulares de sus miembros, cuando pudiera presentarse un conflicto.
B) Transparencia, protección de datos y uso de medios informáticos:
B.1. Transparencia:
La Federación (FADI), en el ejercicio de las funciones sujetas a derecho administrativo,
cumplirá con las obligaciones de información y publicidad de conformidad con lo dispuesto
en la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
A través de la página web de la Federación (FADI), www.fadi.es, se suministrará la
información que por ley o sus estatutos esté obligada a informar sobre, entre otras:
a) Miembros de la Asamblea.
b) Integrantes de la Junta Directiva.
c) Calendarios Deportivos.
d) Celebración de sus reuniones ordinarias y extraordinarias de sus órganos de
Gobierno.
e) Extracto de los aspectos fundamentales de su última memoria económica,
actividades aprobadas.
f) Extracto de contratos suscritos con terceros y patrocinadores.
g) información sobre licencias.
h) Convocatorias de ayudas, becas o subvenciones, con pleno respeto a la normativa
vigente y beneficiarios de estos.
i) Publicar su normativa interna.
B.2. Protección de datos y uso de medios informáticos:
Se adoptará una política de transparencia informativa con pleno respeto de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, transmitiendo información veraz, completa y en tiempo útil a todos
los miembros de la Federación (FADI), a los miembros de la Asamblea General, a las
Administraciones Públicas y a la sociedad en general, recayendo ésta última obligación
en el Presidente.
La Federación (FADI) tiene la obligación de proteger los datos, la información y el
conocimiento generado por todas las personas de la Federación (FADI), adoptando todas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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