3. Otras disposiciones. . (2024/167-19)
Resolución de 22 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Tiro Olímpico.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 167 - Miércoles, 28 de agosto de 2024

página 49775/8

anterior. Deberá estar a disposición de los miembros de la Asamblea general, los
apuntes contables correspondiente que soportan dichas transacciones, siempre que sea
requerido por el conducto reglamentario establecido.
b) Memoria de actividades y competiciones del ejercicio anterior.
c) Proyecto de presupuesto anual del siguiente ejercicio.
d) Se deberá remitir obligatoriamente a los miembros de la Asamblea General
copia completa del dictamen de auditoría, cuentas anuales, memoria y carta de
recomendaciones. Asimismo, deberá estar a disposición de los miembros de la misma
los apuntes contables correspondientes que soportan dichas transacciones, siempre que
sea requerido por el conducto reglamentario establecido.
3. La Federación Andaluza de Tiro Olímpico mantendrá una página web actualizada,
en la que se dé información diferenciada acerca, al menos, de su estructura y organización,
su normativa, sus competiciones, sus procesos electorales, y procedimientos y trámites
de ingreso.
4. Asimismo, se establecerá un sistema de acceso para terceres interesados
(federados, Administración Deportiva) de acceso a Información práctica que pudiera
resultar de interés y en concreto:
a) Identidad, desde la identidad de sus órganos de gobierno y representación (presidente,
asambleístas, miembros de la junta directiva, componentes de los distintos comités, etc.).
b) Proceso electoral federativo.
c) Normativa propia de la Federación (Estatutos, Reglamentos, Normativas)
d) Balances económicos.
e) Memorias deportivas.
f) Calendario Deportivo: actividades y campeonatos de cada modalidad.
5. El acceso a esta documentación, con pleno respeto a la protección de los datos de
carácter personal que pudiera contenerse en la misma, deberá estar disponible a través
de medios que hagan posible su acceso de una manera fácil y rápida a las personas que
quieran obtener información y tengan interés legítimo en dicha información.
Artículo 23. Democracia y participación.
1. La Federación Andaluza de Tiro Olímpico deberá de realizar sus procesos electorales
de acuerdo con sus Estatutos, la normativa vigente y de acuerdo con los principios de
democracia, control, participación, representación, publicidad y transparencia.
2. Todas las actuaciones de los procesos electorales deben de asegurar los anteriores
principios.
3. Los órganos de gobierno y representación deberán, durante el período de su
mandato, de garantizar que su actuación se rige por los principios anteriores permitiendo
que su gestión y toma de decisiones sea fruto de una actividad consensuada y colaborativa.
DISPOSICIONES FINALES

Segunda. Entrada en vigor.
Sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el
presente Código de Buen Gobierno surtirá efectos frente a terceros una vez ratificados
por la Dirección General de Deportes e inscritos en el Registro Andaluz de Entidades
Deportivas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00306724

Primera. Autorización.
Se autoriza a la Junta Directiva a subsanar, suprimir o introducir en el presente Código,
aquellas modificaciones de estricta legalidad para las que fuera requerida por la Consejería
de la Junta de Andalucía competente en materia de deporte, sin perjuicio de su inmediata
ejecutividad y posterior ratificación de la Asamblea General, bien a través de consulta a
todos y cada uno de los miembros o celebración de la correspondiente Asamblea.