3. Otras disposiciones. . (2024/167-19)
Resolución de 22 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Tiro Olímpico.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 167 - Miércoles, 28 de agosto de 2024
página 49775/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 22 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sistemas y
Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen
Gobierno de la Federación Andaluza de Tiro Olímpico.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto 41/2022, de 8 de marzo,
por el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía, y se establece la estructura
y régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas, por
Resolución de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte de 30 de julio de
2024, se ratificó el Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Tiro Olímpico
y se acordó su inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas, así como su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En su virtud, se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación
Andaluza de Tiro Olímpico, que figura como anexo a la presente resolución.
Sevilla, 22 de agosto de 2024.- La Directora General, María Auxiliadora de Nova Pozuelo.
CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO
Introducción
I. Justificación normativa de la adopción del Código de Buen Gobierno.
El Consejo de Ministros del Consejo de Europa, en fecha 24 de septiembre de 1992,
aprobó un Código de Ética Deportiva, para que los Estados miembros y las federaciones
deportivas de los mismos lo tuvieran en consideración.
Posteriormente, en el mes de octubre de 2004, los ministros de Deporte de los
Estados miembros del Consejo de Europa aprobaron unos principios de buen gobierno,
habida cuenta del importante papel del deporte dentro de la sociedad moderna y en el
deseo de ser el espejo de pulcritud en que puedan mirarse los millones de jóvenes que
practican deporte.
En el ámbito del deporte español, el Consejo Superior de Deportes, en fecha
18 de octubre de 2004, aprobó una Resolución que lleva como anexo un «Código de
Buen Gobierno de las Federaciones Deportivas Españolas», siguiendo las normas
anteriormente citadas.
La Ley 15/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, en su artículo 64 establece
que las federaciones deportivas andaluzas deberán adoptar un código en el que se
recojan las prácticas de buen gobierno inspiradas en los principios de democracia y
participación, y preferentemente aquellas que afectan a la gestión y control de todas
las transacciones económicas que efectúen, independientemente de que estas estén
financiadas o no con ayudas públicas.
II. Justificación a nivel de la Federación Andaluza de Tiro Olímpico.
La Federación Andaluza de Tiro Olímpico ha adaptado sus Estatutos, en 2016
y posteriormente en la modificación aprobada el 14 de mayo de 2024, para recoger
expresamente el Buen Gobierno como un conjunto de prácticas inspiradas en los
principios de democracia y participación y para establecer un control de la gestión
económica de la propia Federación, respondiendo a la necesidad establecida por la Ley
del Deporte.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306724
FEDERACIÓN ANDALUZA DE TIRO OLÍMPICO
BOJA
Número 167 - Miércoles, 28 de agosto de 2024
página 49775/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 22 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sistemas y
Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen
Gobierno de la Federación Andaluza de Tiro Olímpico.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto 41/2022, de 8 de marzo,
por el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía, y se establece la estructura
y régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas, por
Resolución de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte de 30 de julio de
2024, se ratificó el Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Tiro Olímpico
y se acordó su inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas, así como su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En su virtud, se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación
Andaluza de Tiro Olímpico, que figura como anexo a la presente resolución.
Sevilla, 22 de agosto de 2024.- La Directora General, María Auxiliadora de Nova Pozuelo.
CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO
Introducción
I. Justificación normativa de la adopción del Código de Buen Gobierno.
El Consejo de Ministros del Consejo de Europa, en fecha 24 de septiembre de 1992,
aprobó un Código de Ética Deportiva, para que los Estados miembros y las federaciones
deportivas de los mismos lo tuvieran en consideración.
Posteriormente, en el mes de octubre de 2004, los ministros de Deporte de los
Estados miembros del Consejo de Europa aprobaron unos principios de buen gobierno,
habida cuenta del importante papel del deporte dentro de la sociedad moderna y en el
deseo de ser el espejo de pulcritud en que puedan mirarse los millones de jóvenes que
practican deporte.
En el ámbito del deporte español, el Consejo Superior de Deportes, en fecha
18 de octubre de 2004, aprobó una Resolución que lleva como anexo un «Código de
Buen Gobierno de las Federaciones Deportivas Españolas», siguiendo las normas
anteriormente citadas.
La Ley 15/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, en su artículo 64 establece
que las federaciones deportivas andaluzas deberán adoptar un código en el que se
recojan las prácticas de buen gobierno inspiradas en los principios de democracia y
participación, y preferentemente aquellas que afectan a la gestión y control de todas
las transacciones económicas que efectúen, independientemente de que estas estén
financiadas o no con ayudas públicas.
II. Justificación a nivel de la Federación Andaluza de Tiro Olímpico.
La Federación Andaluza de Tiro Olímpico ha adaptado sus Estatutos, en 2016
y posteriormente en la modificación aprobada el 14 de mayo de 2024, para recoger
expresamente el Buen Gobierno como un conjunto de prácticas inspiradas en los
principios de democracia y participación y para establecer un control de la gestión
económica de la propia Federación, respondiendo a la necesidad establecida por la Ley
del Deporte.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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FEDERACIÓN ANDALUZA DE TIRO OLÍMPICO