3. Otras disposiciones. . (2024/166-16)
Resolución de 20 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Reglamento Electoral de la Federación Andaluza de Pesca Deportiva.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 166 - Martes, 27 de agosto de 2024

página 49739/3

3. El censo provisional deberá publicarse en la página web oficial de la Federación
Andaluza de Pesca Deportiva antes de la convocatoria del proceso electoral para que
los interesados planteen las objeciones que crean oportunas. Tales objeciones no tienen
carácter de reclamación, pero, en caso de no ser atendidas, pueden formularse como
impugnaciones frente al censo incluido en la convocatoria del proceso electoral.

Fase primera: Convocatoria y proclamación del censo electoral definitivo.
Día 1: Convocatoria del proceso electoral federativo.
Día 2: Inicio del plazo para solicitar a la Comisión Electoral la inscripción en el Censo
especial de voto por correo.
Día 3: Fin del plazo para remitir anuncio de la convocatoria por vía electrónica a la
Dirección General competente en materia de deporte.
Día 5: Publicación de la convocatoria en las sedes de la Federación, en las de sus
delegaciones territoriales y en su página web oficial, así como en la página web de la
Consejería competente en materia de deporte.
Día 6: Comienzo del plazo para la presentación de impugnaciones contra la propia
convocatoria, el censo, la distribución de personas miembros de la Asamblea General y el
calendario del proceso electoral, ante la Comisión Electoral.
Día 10: Remisión por la Dirección General competente en materia de Deporte de
certificación de exposición del anuncio de convocatoria en la web de la Consejería
competente en materia de deporte.
Día 11: Remisión por la Comisión Gestora a la Comisión Electoral de las certificaciones
de publicación de la convocatoria, conforme al artículo 6.1 de la Orden de 11 de marzo de
2016.
Día 11: Fin del plazo para remitir a la Dirección General competente en materia de
Deporte la convocatoria completa y la certificación de los días de publicación en la sede y
web federativas.
Día 20: Fin del plazo de presentación de impugnaciones señaladas en el apartado
anterior correspondiente al día 6.
Día 23: Fin del plazo para resolver las impugnaciones presentadas y proclamación del
censo electoral definitivo, por parte de la Comisión electoral y notificación personal a los
interesados e interesadas de conformidad con lo previsto en la Orden de 11 de marzo de
2016.
Día 24: Publicación en el tablón de anuncios de la sede de la Comisión Electoral
y en la página web oficial de la Federación de las resoluciones recaídas respecto de
las impugnaciones presentadas y de la proclamación del censo electoral definitivo de
conformidad con lo previsto en la Orden de 11 de marzo de 2016.
Día 24: Remisión del censo electoral definitivo a la Dirección General competente en
materia de Deporte, en soporte informático apto para el tratamiento de textos y datos.
Día 25: Fin del plazo para solicitar a la Comisión Electoral la inscripción en el Censo
especial de voto por correo.
Día 27: Fin del plazo para que la Comisión Electoral remita el Censo especial de voto por
correo a la Comisión Gestora y a la Dirección General competente en materia de Deporte.
Día 30: Fin del plazo para que la Comisión Gestora publique en la web oficial de la
federación el Censo especial de voto por correo y para enviar los certificados acreditativos
de inclusión en el Censo especial de voto por correo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00306689

Artículo 5. Calendario.
El proceso electoral federativo estará constituido por dos períodos temporales
diferenciados: una primera fase relativa a la convocatoria y a la proclamación del censo
electoral definitivo y una segunda fase relativa a las elecciones de las personas miembros
de la Asamblea General y de la Presidencia Federativa.
El calendario de las elecciones de la Federación Andaluza de Pesca Deportiva se
ajustará al calendario marco que sigue: