3. Otras disposiciones. . (2024/166-9)
Orden de 19 de agosto de 2024, por la que se regula el procedimiento para la obtención y mantenimiento de la condición de Entidad Reconocida para la presentación y tramitación electrónica de la Solicitud Única, solicitudes relativas a los derechos de pago básico, derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad y la asignación por la reserva nacional de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad y solicitudes de modificación al SIGPAC, y se modifica la Orden de 27 de octubre de 2019, por la que se desarrollan los procedimientos de inscripción en el Registro de Explotaciones Agrarias y Forestales de Andalucía y de la declaración anual gráfica de producciones agrícolas, por el que crea y regula el Registro de Explotaciones Agrarias y Forestales de Andalucía y el Documento de Acompañamiento al Transporte de productos agrarios y forestales.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 166 - Martes, 27 de agosto de 2024

página 49740/14

2. La actuación administrativa automatizada para habilitación para los procedimientos
de inscripción en REAFA, de declaración anual gráfica de producciones agrícolas y de
comunicaciones del Cuaderno Digital de Explotación Agrícola se realizará conforme a lo
establecido en el artículo 14 de la presente orden.
2 bis. La habilitación para la presentación de comunicaciones del Cuaderno Digital
de Explotación Agrícola supone una autorización expresa por parte del titular de la
explotación a la persona habilitada para que cumplimente en su nombre cuantos datos
figuren como contenido mínimo establecido en el Anexo II del Real Decreto 1054/2022,
de 27 de diciembre, en el sistema informático establecido en el artículo 10.1 del Real
Decreto 1054/2022 y para que acceda a los datos inscritos en el REAFA necesarios para
la cumplimentación del mencionado cuaderno en el sistema informático de su elección.
2 ter. Aquellas entidades reconocidas para la presentación y tramitación electrónica
tendrán acceso en modo consulta a la información almacenada en el Registro
Autonómico de Explotaciones y en el Cuaderno Digital de Explotación en Andalucía
correspondiente a todos los agricultores que les hayan otorgado su representación para
las presentación y tramitación electrónica de la Solicitud Única, solicitudes relativas a la
gestión de los derechos de pago básico y de los derechos de ayuda básica a la renta
para la sostenibilidad así como de las solicitudes de modificación al SIGPAC.
Nueve. Se suprime el Anexo I.
Diez. Disposición transitoria única bis.
Extensión de la habilitación para la inscripción en REAFA a las comunicaciones del
Cuaderno Digital de Explotación.
Las habilitaciones en vigor para los procedimientos de inscripción en el REAFA
permitirán realizar a los habilitados en nombre del otorgante las comunicaciones descritas
en el apartado 2 bis del artículo 20 de la presente orden.
Once. Disposición transitoria única ter.
Puesta en funcionamiento de las herramientas informáticas para la inscripción en
REAFA y las comunicaciones del Cuaderno Digital de Explotación Agrícola.
Las nuevas aplicaciones informáticas previstas en la presente orden para la gestión
de las inscripciones en el REAFA y del Cuaderno Digital de Explotación Agrícola estarán
operativas a la entrada en vigor del Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre.
Sevilla, 19 de agosto de 2024
RAMÓN FERNÁNDEZ-PACHECO MONTERREAL

00306690

Consejero de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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