3. Otras disposiciones. . (2024/166-10)
Orden de 19 de agosto de 2024, por la que se emite decisión favorable en relación a la solicitud de inscripción de la Indicación Geográfica Protegida «Aceituna Manzanilla de Sevilla»/«Aceituna Manzanilla Sevillana».
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 166 - Martes, 27 de agosto de 2024

página 49746/7

de Andalucía en materia de agricultura, ganadería, pesca y agroalimentación, de agua y
de desarrollo rural.
De acuerdo con las disposiciones citadas, y las demás normas de general y pertinente
aplicación,
RESU ELVO
Primero. Emitir decisión favorable a tramitar la solicitud de registro de la Indicación
Geográfica Protegida «Aceituna Manzanilla de Sevilla»/«Aceituna Manzanilla Sevillana»
y que la misma sea remitida a la Comisión Europea.
Segundo. Dar publicidad a la referencia electrónica de la versión del pliego de
condiciones en que se ha basado esta decisión, que puede consultarse en la página
web de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, bajo el nombre
de la Indicación Geográfica Protegida «Aceituna Manzanilla de Sevilla»/«Aceituna
Manzanilla Sevillana» en el siguiente enlace: https://lajunta.es/4t6h6 o bien, accediendo
directamente a la página de inicio de la web de la Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural (https://lajunta.es/4a9oh), siguiendo la siguiente ruta de acceso:
«Temas» / «Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria» / «Calidad Agroalimentaria»
/ «Denominaciones de Calidad» / «Otros Productos».
Tercero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.2 del Real Decreto
1335/2011, de 3 de octubre, esta orden será comunicada al Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación, a los efectos de la transmisión de la solicitud de registro a la
Comisión Europea. Igualmente, y de conformidad con lo establecido en el artículo 40 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 13.2 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de
octubre, se notificará al solicitante y a cuantos se han opuesto a ella.
Cuarto. Efectos
La presente Orden surtirá efecto al día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía.
Contra la presente orden de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de
reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de
la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o interponer
directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los órganos judiciales de este
orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación
de esta orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, todo ello de conformidad
con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el
artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosaAdministrativa.
Sevilla, 19 de agosto de 2024
RAMÓN FERNÁNDEZ-PACHECO MONTERREAL

00306696

Consejero de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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