Disposiciones generales. . (2024/515-9)
Decreto 170/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 15 - Martes, 27 de agosto de 2024
página 49836/10
de la Viceconsejería, de los centros directivos que correspondan de acuerdo con las
funciones atribuidas por el presente decreto.
Mientras se realiza la adecuación de la plantilla presupuestaria y la reorganización de
los créditos según lo dispuesto en la disposición adicional única, dichos puestos serán
retribuidos con cargo a los mismos créditos presupuestarios a que venían imputándose.
Disposición transitoria segunda. Subsistencia de delegaciones de competencias.
Mantendrán su vigencia, en tanto no sean sustituidas por otra nueva que se adapte
a lo dispuesto en este decreto, las delegaciones de competencias efectuadas por los
órganos administrativos de la anterior Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente
y Economía Azul, si bien, las referencias hechas a los órganos que, por este decreto,
se modifican se entenderán realizadas a los que, por esta misma norma, asumen sus
competencias.
Disposición transitoria tercera. Tramitación de los procedimientos.
Los procedimientos iniciados y no concluidos a la entrada en vigor del presente
decreto seguirán su tramitación en los distintos órganos directivos que, por razón de la
materia, asuman dichos procedimientos.
Disposición transitoria cuarta. Política de Seguridad TIC.
A los efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 1/2011,
de 11 de enero, por el que se establece la política de seguridad de las tecnologías de la
información y comunicaciones en la Administración de la Junta de Andalucía, y en tanto la
Consejería no disponga de una Política de Seguridad TIC propia, se regirá por la establecida
en la Orden de 30 de marzo de 2021, por la que se establece la política de seguridad de
la información de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible,
en lo que le resulte aplicable. Igualmente continuará en funciones el Comité de Seguridad
de la Información establecido en aquella y requerido por el citado artículo 10 del Decreto
1/2011, y por el artículo 9 del Decreto 171/2020, de 13 de octubre, por el que se establece la
Política de Seguridad Interior en la Administración de la Junta de Andalucía.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
dispuesto en el presente decreto y en particular el Decreto 162/2022, de 9 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul.
Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
Se habilita a la Consejera de Sostenibilidad y Medio Ambiente para dictar cuantas
disposiciones sean necesarias en desarrollo y ejecución de lo establecido en este decreto.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 26 de agosto de 2024
Presidente de la Junta de Andalucía
CATALINA MONTSERRAT GARCÍA CARRASCO
Consejera de Sostenibilidad y Medio Ambiente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306785
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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página 49836/10
de la Viceconsejería, de los centros directivos que correspondan de acuerdo con las
funciones atribuidas por el presente decreto.
Mientras se realiza la adecuación de la plantilla presupuestaria y la reorganización de
los créditos según lo dispuesto en la disposición adicional única, dichos puestos serán
retribuidos con cargo a los mismos créditos presupuestarios a que venían imputándose.
Disposición transitoria segunda. Subsistencia de delegaciones de competencias.
Mantendrán su vigencia, en tanto no sean sustituidas por otra nueva que se adapte
a lo dispuesto en este decreto, las delegaciones de competencias efectuadas por los
órganos administrativos de la anterior Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente
y Economía Azul, si bien, las referencias hechas a los órganos que, por este decreto,
se modifican se entenderán realizadas a los que, por esta misma norma, asumen sus
competencias.
Disposición transitoria tercera. Tramitación de los procedimientos.
Los procedimientos iniciados y no concluidos a la entrada en vigor del presente
decreto seguirán su tramitación en los distintos órganos directivos que, por razón de la
materia, asuman dichos procedimientos.
Disposición transitoria cuarta. Política de Seguridad TIC.
A los efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 1/2011,
de 11 de enero, por el que se establece la política de seguridad de las tecnologías de la
información y comunicaciones en la Administración de la Junta de Andalucía, y en tanto la
Consejería no disponga de una Política de Seguridad TIC propia, se regirá por la establecida
en la Orden de 30 de marzo de 2021, por la que se establece la política de seguridad de
la información de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible,
en lo que le resulte aplicable. Igualmente continuará en funciones el Comité de Seguridad
de la Información establecido en aquella y requerido por el citado artículo 10 del Decreto
1/2011, y por el artículo 9 del Decreto 171/2020, de 13 de octubre, por el que se establece la
Política de Seguridad Interior en la Administración de la Junta de Andalucía.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
dispuesto en el presente decreto y en particular el Decreto 162/2022, de 9 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul.
Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
Se habilita a la Consejera de Sostenibilidad y Medio Ambiente para dictar cuantas
disposiciones sean necesarias en desarrollo y ejecución de lo establecido en este decreto.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 26 de agosto de 2024
Presidente de la Junta de Andalucía
CATALINA MONTSERRAT GARCÍA CARRASCO
Consejera de Sostenibilidad y Medio Ambiente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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JUAN MANUEL MORENO BONILLA